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Una sentencia desprotege el paraje de Les Moles tras el recurso del alcalde socialista de Paterna

Una zona del paraje de Les Moles.

Carlos Navarro Castelló

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“Estimar parcialmente el recurso planteado por Ayuntamiento de Paterna contra el decreto 112/2021, de 6 de agosto, del Consell, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Turia. Se anula toda la ampliación del decreto referida al Ayuntamiento de Paterna (Les Moles, Hondo, Rabosar, Pisadors y Cova de la Mel) cuyos suelos quedarán excluidos del PORN”. La sección primera de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) se ha pronunciado de esta forma en respuesta al recurso planteado por el Ayuntamiento de Paterna, que preside el alcalde socialista Juan Antonio Sagredo, reelegido con mayoría absoluta en las pasadas elecciones del 28 de mayo, contra la revisión del PORN.

Según el fallo, al que ha tenido acceso elDiario.es, la sala da la razón al Consistorio en uno de los cinco motivos alegados para dejar sin efecto la ampliación del PORN en el término municipal de Paterna en un fallo contra el que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo o, en su caso, ante la sala de lo contencioso administrativo del TSJCV.

La sentencia deja desprotegido el paraje de Las Moles sobre el que se pretendía levantar el macrocentro comercial Puerto Mediterráneo, cuya promotora, Intu Found Valencia, probablemente tratará de impulsar de nuevo, máxime teniendo en cuenta el cambio de color político en el Gobierno valenciano.

La Consellería de Emergencia Climática y Transición Ecológica continúa considerando que los valores ambientales de Les Moles están avalados por técnicos, biólogos y doctores, por lo tanto es un entorno que hay que proteger. Frente a esta situación, la consellera Isaura Navarro ha anunciado: “El procedimiento está más que justificado y estudiaremos con los servicios jurídicos y la abogacía de la Generalitat presentar un recurso para que el PORN del Turia proteja Les Moles de Paterna”.

Navarro ha comentado que “el crecimiento desmesurado que pretende el equipo de Sagredo es un ataque al patrimonio natural, a la biodiversidad y a la salud ambiental de la ciudad de Paterna en plena emergencia climática. No es el modelo de protección ambiental, paisajística y de cuidado de los valores naturales que necesita el ecosistema de la zona, que representa un pulmón verde para València”.

“No entendemos los intereses del Ayuntamiento de Paterna al recurrir la protección ambiental de las Moles y dejar el paraje natural sin un escudo legal frente a la destrucción del territorio”, ha insistido Navarro.

No acredita la continuidad de la infraestructura verde

Según la sentencia, los motivos del Ayuntamiento de Paterna para impugnar la resolución objeto de debate son los siguientes: vulneración del procedimiento legalmente establecido para la aprobación del PORN y, en particular, omisión de la memoria de sostenibilidad económica y del informe de impacto de género; falta de justificación ambiental de la inclusión del ámbito de ampliación del PORN del Turia que afecta al término municipal de Paterna; infracción de los principios inspiradores de la modificación y ampliación del PORN, en concreto, falta de conectividad; vulneración de la autonomía local, utilizando un instrumento inadecuado para proteger Les Moles de Paterna; y desviación de poder.

La sala desestima todos los motivos alegados por la corporación municipal, salvo el referido a la falta de justificación de la inclusión del ámbito de ampliación del PORN del Turia que afecta al término municipal de Paterna, que finalmente es el que admite.

“Estimamos que no se ha acreditado ni el valor ecológico de los suelos ni la continuidad de la infraestructura verde dado que se ve totalmente interrumpida por las áreas urbanas o las infraestructuras existentes. Tampoco la capacidad del ámbito de conectarse o servir de conexión entre otros ámbitos o espacios naturales es limitada y se ve totalmente interrumpida por las áreas urbanas o las infraestructuras existentes y futuras como son el by-pass y su futura ampliación, baste examinar la fotografía de la autopista en el folio 14 del informe de los técnicos municipales o los visores de cartografía que acompañan al informe donde se ve el suelo rodeado de las urbanizaciones y desconectado con el Rio Turia”, reza la sentencia.

El tribunal afirma también que, analizadas “las alegaciones de las partes y sus respectivos informes, la conclusión primera que obtenemos es que la única partida con valor ecológico notable es Les Moles, así se desprende del informe técnico acompañado al escrito de demanda realizado por los técnicos municipales”. Esa es la razón por la que “resalta el Municipio que de los valores de Les Moles ya se percató el Ayuntamiento y lo propuso como Parque Natural Municipal, tal como se aprobó en el Pleno Municipal de 18 de abril de 2017; el resto, Cova de la Mel, Partidas del Rabosar, el Ciscar y Pixadors de Paterna carecen de ese valor ecológico notable para ser incorporados al PORN-Turia”.

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