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Los sindicatos recuerdan a los trabajadores que podrán tener la baja por coronavirus como accidente laboral

Los trabajadores podrán tener la baja por coronavirus como accidente laboral

Toni Cuquerella

Valencia —

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Desde el pasado jueves 12 de marzo la Seguridad Social ofrece prestaciones para trabajadores afectados por coronavirus o en régimen de aislamiento, unas prestaciones que divulgan los sindicatos UGT-PV y CCOO-PV por las redes sociales. En esta norma excepcional se establece como situación asimilada a accidente de trabajo de los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19.

Entre los requisitos no se exige periodo de cotización previo, aunque es imprescindible encontrarse en situación de alta en el momento del hecho causante, es decir, la infección o el aislamiento.

La fecha del hecho causante será la fecha en la que se acuerde el aislamiento o enfermedad del trabajador o de la trabajadora, sin perjuicio de que el parte de baja se expida con posterioridad a esa fecha. El responsable de emitir baja es la Agència Valenciana se Salut.

La cuantía de la prestación a cargo de la Seguridad Social será del 100% el día del hecho causante, y a partir del día siguiente se reconoce una prestación por el 75% de la base reguladora. En los casos en los que esté regulado en Convenio Colectivo, cabría el reconocimiento de complementos a cargo de la empresa en la cuantía y los términos establecidos.

Durante el tiempo de la baja la cotización estará a cargo de la empresa y trabajador en los mismos términos en los que se produce en cualquier situación de incapacidad temporal.

Además UGT se reclama al Gobierno la aprobación de una prestación económica que contribuya a facilitar la obligación de las personas trabajadoras de cuidar de sus hijos durante el cierre temporal de los centros educativos.

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