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El TSJCV ordena cautelarmente que un colegio del Puig de Santa Maria imparta un mínimo del 25% de clases en castellano

Fachada del TSJCV.

Toni Cuquerella

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La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV (Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana) ha ordenado cautelarmente que un colegio del Puig de Santa Maria imparta a una alumna un mínimo del 25% de clases en castellano.

De este modo el tribunal valenciano ha estimado la medida cautelar instada por el padre de una alumna que cursa secundaria en un centro educativo de esta localidad, y ordena a la administración que adopte las medidas necesarias para que dicha alumna, junto a sus compañeros, reciba una enseñanza bilingüe en la que el castellano sea utilizado como lengua vehicular en al menos el 25% del horario lectivo.

La Sala adopta esta decisión mientras se tramita el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el recurrente el pasado 19 de febrero, en aplicación del principio fumus boni iuris o apariencia del buen derecho.

El auto, fechado el pasado viernes, no es firme y puede ser recurrido en súplica en el plazo de cinco días.

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