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Territorio deniega la prórroga del plan del nuevo estadio del Valencia CF, pero no se pronuncia sobre su nulidad

Situación actual del nuevo Mestalla.

Carlos Navarro Castelló

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“Se concluye que no se cumplen los requisitos establecidos legalmente que permitan informar favorablemente el otorgamiento de la prórroga solicitada por el promotor de la ATE Valencia C.F. para la ejecución de la Actuación Territorial Estratégica Valencia CF”.

Así concluye el informe vinculante que la Conselleria de Política Territorial que dirige el socialista Arcadi España ha remitido a la de Economía que gestiona Rafa Climent (Compromís), sobre la petición de prórroga planteada por el club para cumplir con los diferentes compromisos urbanísticos reflejados en la Actuación Territorial Estratégica (ATE) firmada en 2015 y que tiene un plazo de ejecución global de 10 años, por tanto, hasta el año 2025.

El informe no se pronuncia sobre la nulidad de la ATE, un extremo en el que sí que podría entrar el informe de penalidades sobre los incumplimientos de la segunda fase del plan que Territorio emitirá a finales de agosto, una vez finalice el plazo de esa segunda fase en la que debería estar finalizado el nuevo estadio.

Con este documento en la mano, Economía emitirá una respuesta oficial al Valencia CF basándose también en el informe del Ayuntamiento, que desaconseja ampliar los plazos, salvo que el club ofrezca garantías económicas, y en el documento presentado recientemente sobre la penalidad de 2,3 millones por incumplimiento de la primera fase de la ATE.

En su petición de prórroga, la entidad se comprometió a iniciar la construcción del polideportivo de Benicalap en 2022 y finalizarlo en diciembre de 2023, así como retomar las obras del nuevo estadio a mediados de 2024 para culminarlo a mediados de 2026.

La ATE en vigor establece que el nuevo estadio debe estar finalizado como muy tarde el 30 de mayo de 2021, un plazo ya de por sí imposible de cumplir, y el viejo Mestalla derribado como fecha límite en 2023, puesto que entre ese año y 2025 deben estar ejecutados los edificios de viviendas en la parcela de la avenida de Aragón. De no ser así, el Valencia CF perdería como mínimo los 40.000 metros cuadrados de suelo terciario incluidos en el suelo del viajo estadio, lo que traducido a euros implicaría la pérdida de entre 15 y 25 millones.

Inacción del club y ausencia de garantías, las claves

El informe de Política Territorial basa su rechazo a la prórroga en la inacción que ha mostrado el Valencia CF para avanzar en la tramitación administrativa de los proyectos y la falta de garantías que permitan pensar que va a cumplir con el nuevo calendario propuesto.

En concreto afirma el escrito que “los motivos que aduce el promotor para justificar el retraso es uno, el infructuoso intento de venta del suelo del viejo Mestalla y en consecuencia la fata de financiación para la ejecución de las actuaciones a las que se ha comprometido”. No obstante, “del certificado expedido por el Ayuntamiento de Valencia se desprende que la inactividad del promotor también ha afectado a la presentación de proyectos, subsanación de informes etc. Por todo ello se considera que es imputable al promotor el retraso en la ejecución de las actuaciones contempladas en la ATE”.

Además, “conviene destacar la importancia que ha cobrado en las ATEs (figura que ha evolucionado hasta los actuales proyectos de inversiones estratégicas sostenibles regulados en la LOTUP) la necesidad de acreditar que el promotor cuente con recursos financieros para hacer frente a la actuación”.

Esta exigencia “no se contemplaba, en los términos que actualmente recoge el artículo 60 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, en la Ley 1/2012, de 10 de mayo, de Medidas Urgentes de Impulso a la Implantación de Actuaciones Territoriales Estratégicas”. No obstante, “es indudable la imposibilidad de emitir un pronunciamiento jurídico sobre los compromisos del promotor para ejecutar una actuación territorial estratégica como la del Valencia C.F., con un coste de 741,5 millones de euros, basado únicamente en la manifestación del promotor efectuada en los términos del escrito de fecha 20 de abril de 2021”, es decir, en una mera declaración de intenciones sin aportar ningún tipo de aval o garantía. Por ello, “no ha quedado acreditado la concurrencia del segundo requisito fijado por el artículo 213”.

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