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Vicent Todolí cuestiona la adquisición de las obras de Gerardo Rueda por parte del IVAM

En primer plano, a la derecha, la exdirectora del IVAM Consuelo Císcar.

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Vicent Todolí, exdirector artístico del Institut Valencià d'Art Modern (IVAM) en la etapa de Carmen Alborch, ha afirmado en relación con el presunto fraude en la adquisición de obras de Gerardo Rueda en los años 2004 y 2006, que un artista “debe supervisar el acabado de la obra” y, en todo caso, aclarar la fecha de fundición.

Todolí se ha pronunciado así en su declaración en el juicio que se sigue en la Audiencia de Valencia contra la exdirectora del IVAM Consuelo Ciscar, el ex director económico administrativo del museo Juan Carlos Lledó, y el hijo y heredero del artista, José Luis Rueda, por la pieza 2 del caso IVAM, relativa a un presunto fraude millonario con la adquisición de reproducciones de obras del escultor fallecido Gerardo Rueda.

La pieza principal del procedimiento, centrada en presuntas irregularidades de Ciscar para promocionar la carrera artística de su hijo, Rafael Blasco, conocido como 'Rablaci', acabó en septiembre con una conformidad: Ciscar reconoció que malversó y aceptó la pena de un año y medio de cárcel —frente a los 12 que le pedían.

En la pieza de Rueda, la Fiscalía reclama para Ciscar la pena de seis años de prisión y multa de 144.000 euros por un delito continuado de prevaricación administrativa, de falsedad en documento oficial cometido por funcionario público y malversación de caudales públicos en su modalidad agravada. Para Lledó pide cinco años y seis meses de cárcel y multa de 63.000 euros; y para Rueda, cinco años por un delito continuado de malversación. Además, solicita una indemnización para el IVAM de 3.456.876 euros.

El testigo, en calidad de perito, ha afirmado que no participó en la adquisición de las obras de Rueda y ha indicado, a nivel genérico, que un museo privado puede adquirir obra de un artista sin un informe previo pero un museo público no. Tiene que constar dicho informe con los precios de mercado y el descuento aplicado.

Sobre las reproducciones de obra, ha señalado que el artista “debe supervisar el acabado final” y, si es posterior, se debe aclarar la fecha de fundición. “Si el artista no da el OK final, no es lo mismo y hay que decirlo, que es póstumo. No es obra única si hay siete copias frente a solo dos. Y hay que indicar el número de la serie”, ha manifestado.

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