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Los enfermos terminales recibirán cuidados paliativos en una habitación individual

Jon Darpón en la rueda de prensa tras el Consejo de Gobierno.

eldiarionorte.es

Las personas que ingresan en un hospital para recibir cuidados paliativos podrán contar con la intimidad de una habitación individual para su tratamiento. Así lo recoge la Declaración sobre derechos y deberes de las personas en el Sistema Sanitario de Euskadi que ha aprobado este martes el Consejo de Gobierno y que recoge además otras medidas, “todo ello de conformidad con los principios de universalidad, solidaridad, equidad, calidad de los servicios y participación”, ha explicado el consejero de Salud, Jon Darpón.

Entre las novedades, Darpón ha destacado que, por primera vez, se insta a que se sigan protocolos o programas de protección específica para las personas pertenecientes a colectivos vulnerables, que necesitan medidas especiales para garantizar su acceso en condiciones de igualdad al sistema sanitario y sociosanitario.

En este sentido, ha explicado que el nuevo texto recoge que, al final de la vida, cuando la persona ingresa en un hospital para recibir cuidados paliativos y “está cerca de la muerte”, pueda tener unas “condiciones de intimidad” en una habitación individual. “Es un derecho que ahora, cuando se puede, ya se aplica, pero a partir de ahora vamos a ir adaptando las instalaciones de Osakidetza para que sea así en todos los casos”, ha explicado.

En relación a las obligaciones, la Declaración especifica una serie de deberes, que “van más allá de los exigibles desde la normativa administrativa, civil o penal”, sino que son deberes exigibles desde la ética ciudadana. Para los menores, se recoge por primera vez el calendario vacunal como un “derecho de la infancia” y respecto a las mujeres, el derecho a la lactancia materna y a amamantar en espacios públicos, entre otros.

Ámbito de aplicación

El ámbito de aplicación de esta declaración no se circunscribe solo a las personas usuarias de Osakidetza, sino que aplica también a los centro privados concertados del Sistema Sanitario de Euskadi y a los no vinculados contractualmente con el Departamento de Salud, al menos, para estos últimos, “en una parte” de la Declaración.

Se trata de derechos que tienen todas las personas y que son exigibles en todas las relaciones de carácter sanitario-asistencial; el derecho a la información sanitaria, el derecho a la seguridad clínica, el derecho a la intimidad, al consentimiento informado, a la consideración de las necesidades de hombres y mujeres conforme a la Ley para la Igualdad de mujeres y hombres, a la información disponible sobre su salud y al respeto a las voluntades anticipadas.

Darpón ha recordado que la anterior Carta de derechos y obligaciones estaba vigente en Osakidetza desde el año 1989, ha destacado que la nueva declaración va “más allá de mero catálogo de derechos y deberes que atiendan a un ética de mínimos” y aspira a promover un ética de máximos, ya que incorpora, por primera vez, derechos vinculados directamente con la buena organización y gestión del sistema sanitario, derechos referidos a colectivos integrados por personas vulnerables, así como sobre las necesidades específicas de personas afectadas por enfermedades raras y relativos a la infancia/adolescencia, sexualidad/reproducción, ancianidad y final de la vida.

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