Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
Una denuncia de la extrema derecha lleva al límite al Gobierno de Sánchez
Crónica - El día que Sánchez se declaró humano. Por Esther Palomera
Opinión - El presidente Sánchez no puede ceder

El PP denuncia que el Gobierno incluya en el preámbulo de una ley “una crítica política” al Ejecutivo de Rajoy

El secretario de Justicia e Interior del PP, Enrique López;  el vicesecretario de Comunicación del Partido Popular, Pablo Montesinos y el secretario general del PP, Teodoro García Egea.

Iñigo Aduriz

5

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este viernes la Ley Orgánica 5/2021, de 22 de abril, de derogación del artículo 315 apartado 3 del Código Penal, que despenaliza la actuación de los piquetes durante las huelgas. En su exposición de motivos, el nuevo texto incluye una crítica explícita al Gobierno de Mariano Rajoy que ha sido duramente criticada este mismo viernes por el Partido Popular.

En concreto, se apunta que “con la crisis como oportunidad, desde la llegada al Gobierno del Partido Popular en diciembre de 2011, se inició un proceso constante y sistemático de desmantelamiento de las libertades y especialmente de aquellas que afectan a la manifestación pública del desacuerdo con las políticas económicas del Gobierno”.

“No tienen límites: hoy el BOE publica una Ley impulsada por Sánchez y apoyada por sus socios, que incluye, ¡lo nunca visto!, una crítica política al PP en una exposición de motivos. Despenalizan la violencia de los piquetes e institucionalizan el sectarismo. ¿Gobernar en serio?”, se ha preguntado este viernes el secretario de Justicia del PP y consejero de Interior y Justicia de la Comunidad de Madrid, Enrique López, haciendo alusión al lema de campaña –“Gobernar en serio”– del candidato socialista a presidir la región, Ángel Gabilondo.

Fuentes del Gobierno han explicado, por su parte, que el Ejecutivo no ha tenido nada que ver en la inclusión de esa crítica, sino que el texto es el que se aprobó en la tramitacion parlamentaria, informa Irene Castro.

En marzo, el Congreso aprobó con 189 votos a favor, 151 en contra y 8 abstenciones esta ley, refrendada en abril en el Senado, que suprime el apartado 3 del artículo 315 del Código de Penal, aprobado en 1995, que establece que “quienes actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga, serán castigados con la pena de prisión de un año y nueve meses hasta tres años o con la pena de multa de dieciocho meses a veinticuatro meses”.

El texto considera que “se ha aplicado la forma agravada de coacciones” prevista en dicho artículo del Código Penal, “sobre la más atenuada de coacciones genéricas, aunque en la mayoría de los casos los hechos no puedan ser entendidos como violentos o coactivos”. Asimismo, argumenta que con la aplicación de este precepto “se ha tratado de disuadir a los ciudadanos de ejercer su derecho a la huelga y, en consecuencia, su libertad sindical”.

Por ello, y a los efectos de esta Proposición de Ley, “el artículo 315.3 del Código Penal debe desaparecer de nuestro ordenamiento punitivo, toda vez que el genérico delito de coacciones ya protege de manera adecuada la libertad de no hacer huelga”. También se añade una disposición transitoria de revisión de sentencias, que dispone que “los jueces o tribunales procederán a revisar las sentencias firmes dictadas de conformidad a la legislación que se deroga”.

Etiquetas
stats