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Obligados a trabajar de pie: “Nos vigilaban con cámaras y nos llamaban por teléfono si no veían bien la postura”

Una dependienta trabaja en un escaparate, en una foto de archivo.

Esther Samper / Marta Pastrano López

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“Da mala imagen”. Esta es la explicación más frecuente que reciben los trabajadores obligados a estar de pie, quietos, durante toda o casi toda su jornada laboral, aunque dispongan de sillas para sentarse y sus tareas les permitan hacer uso de ellas. En este grupo de personas se encuentran tanto aquellas que atienden en las cajas de supermercados como las que están en los mostradores de establecimientos de venta al público. En la práctica, contar con el derecho a descansar en una silla no solo depende de las directrices de la empresa, sino también del superior al cargo, que comunica a los empleados si pueden o no sentarse en el trabajo.

Claudia Gallardo describe así su experiencia en una cadena de tiendas de carcasas para móviles donde trabajó más de un año: “No teníamos sillas, pero es que además era impensable que las pudiera haber. Teníamos que estar como ellos nos decían, en posición de ”soldadito“ a escasos metros de la entrada para poder captar a los clientes sin hacerles esperar ni un minuto. No podíamos estar detrás del mostrador. Muchas veces estábamos vigiladas por cámaras y, si no veían bien la postura, llamaban por teléfono para decírnoslo. Toda la jornada era de pie, hubiera o no trabajo, siempre teníamos que hacer algo o fingir hacerlo por si acaso”.

El caso de Gallardo no es aislado. Muchos otros trabajadores y trabajadoras en España explican situaciones similares: o no cuentan con sillas, o solo hay una disponible para múltiples personas, o, aunque las haya, tienen la orden de no utilizarlas para no dar “mala imagen” a los clientes. Esta situación les obliga a sufrir una bipedestación prolongada: estar de pie, quietos, o con desplazamientos cortos, durante más de una hora de forma continua o durante más de cuatro horas en su jornada diaria. Precisamente España es el país de la Unión Europea con el porcentaje más elevado de trabajadores que tienen que estar la mayor parte del tiempo en pie (43%), según un estudio de Eurostat publicado en 2019. 

Los peligros de estar muchas horas en pie

“En los tiempos muertos en los que no vienen clientes nunca se me ha permitido sentarme”, cuenta Natalia, que trabaja como camarera desde hace diez años. En ninguno de los restaurantes en los que ha trabajado ha sido distinto: “Es una cuestión de imagen, me decían siempre mis jefes”. Para ella, el trabajo supone un gran desgaste físico y el hecho de estar obligada a permanecer de pie le acarrea problemas de salud que podrían evitarse fácilmente, como los recurrentes dolores de espalda. “Un camarero no puede sentarse durante el servicio, pero en esos momentos en los que no hay nadie, se agradece el reposo”. 

España es el país de la Unión Europea con el porcentaje más elevado de trabajadores que tienen que estar la mayor parte del tiempo en pie (43%), según un estudio de Eurostat

Multitud de estudios muestran que pasar la jornada laboral constantemente en pie y sin apenas moverse incrementa de forma importante el riesgo de diversos problemas de salud. Los más frecuentes y leves son la fatiga y la sensación de incomodidad, pero también pueden aparecer dolores musculoesqueléticos en piernas, pies y espalda, rigidez de cuello y hombros, hinchazón de las piernas, alteraciones cardiovasculares (destacando la aparición de varices) y diversos problemas en el embarazo como abortos espontáneos o nacimientos prematuros. Cuanto más tiempo esté la persona de pie, quieta, mayor es el riesgo de que aparezcan dichos efectos negativos para la salud.

Son varios los mecanismos implicados en el daño que provoca la bipedestación prolongada. Por un lado, estar de pie y quieto durante horas provoca una reducción del aporte sanguíneo en diversos músculos, lo que acelera la aparición de fatiga muscular en el trabajador. Con el tiempo, este proceso también causa dolor en piernas, espalda, pies y cuello.

Por otro lado, esta postura rígida supone mantener inmóviles las articulaciones de las piernas durante mucho tiempo, lo que aumenta el riesgo de daño degenerativo de estas, con lesiones en tendones y ligamentos, y la consiguiente aparición de dolor. A esto se une que la presión constante en las articulaciones de los pies, las rodillas, las caderas y los tobillos afecta a la lubricación y la amortiguación de las articulaciones, lo que potencia su desgaste. A su vez, un desgaste excesivo de las articulaciones lleva a dolor y dificultades para moverse.

Las varices (venas superficiales anormalmente dilatadas) son también uno de los efectos negativos más visibles de mantenerse de pie e inmóvil a lo largo de la vida laboral. Esto se produce por una acumulación de sangre en las zonas más bajas del cuerpo (en pies y piernas) de forma mantenida en el tiempo y a una alteración de las válvulas venosas de las piernas.

Cómo evitar los efectos negativos

Existen varias medidas para evitar los problemas para la salud que podría causar la bipedestación prolongada, como el uso de medias de comprensión para prevenir o tratar la insuficiencia venosa en las piernas. Ana García de la Torre, Secretaria de Salud Laboral de la Unión General de Trabajadores (UGT), cita algunas de ellas como “la alternancia de tareas y posturas y dotar de taburetes o sillas que tengan una altura adecuada para el trabajo que se realiza. Por ejemplo, se pueden utilizar taburetes de altura regulable. Establecer pausas y descansos, utilizar calzado adecuado, plantillas para calzado o esterillas acolchadas”.

Cuando me tocó por primera vez atender caja durante toda la jornada, pregunté si había posibilidad de sentarse, pero mis superiores me dijeron que no. Los dolores son inevitables después de estar casi ocho horas de pie

Almudena ex empleada de una tienda de ropa

La Organización Internacional del Trabajo, perteneciente a las Naciones Unidas, establece, entre sus recomendaciones, que si es necesario desarrollar un trabajo en pie, se debe aportar una silla o una esterilla al trabajador y permitirle sentarse a intervalos regulares.

“Además, la empresa debe formar e informar a las personas trabajadoras sobre los riesgos de la bipedestación prolongada y las medidas preventivas para minimizarlos”, remata De la Torre.

La legislación sobre el “derecho” a la silla

Almudena, extrabajadora de una multinacional de ropa, cuenta cómo pasaba más de siete horas trabajando sin tener dónde sentarse: “Cuando me tocó por primera vez atender caja durante toda la jornada, pregunté si había posibilidad de sentarse, pero mis superiores me dijeron que no, que teníamos que estar de pie”. Según cuenta Almudena, detrás de los mostradores hay una especie de barra para poder apoyar los pies y no cansarse tanto, pero “es inevitable que se te carguen los gemelos y tengas dolores después de estar casi ocho horas de pie”, añade. El único lugar con asientos era el área de descanso de los trabajadores, situado en el almacén, pero en el resto del local “ni siquiera había sillas”, añade. 

Como expresa Daniel Torregrosa, técnico de prevención de riesgos laborales, no existe una normativa específica actual que detalle expresamente las condiciones del uso de la silla en este grupo de trabajadores: “Lo que habría que hacer sería evaluar el riesgo ergonómico. Y en función de esa evaluación, proponer medidas preventivas, como descansos. Ahora bien, eso no está contemplado específicamente en un real decreto, sólo de forma genérica en la Ley de Prevención. Respecto a trabajar de pie, solo se puede hacer algo si se evita el riesgo, se evalúa el riesgo y se proponen medidas. Algo que al no estar sustentado en una legislación concreta puede no verse ejecutado. Aunque el principio de la ley es el de evitar el riesgo. Otro tema es si se trata de una trabajadora que está embarazada, ahí sí que es obligatorio que se haga una evaluación específica y se adapte su puesto”.

Por otra parte, Ana García de la Torre aclara que “La Ley de Prevención de Riesgos Laborales indica, en su artículo 15, que en primer lugar se deben evitar los riesgos laborales. Por lo tanto, las empresas deberían evitar que su plantilla permanezca de pie durante más de una hora de forma continua o durante más de 4 horas a lo largo de su jornada laboral. Si esto no fuera posible por el tipo de trabajo, se tendrá que realizar una evaluación de riesgos ergonómicos y aplicar las medidas preventivas que se derivasen de dicha evaluación para garantizar la protección de la seguridad y salud de las personas trabajadoras”.

En realidad, sí existe una ley en España que establece que los trabajadores anteriores tienen derecho a una silla. Aunque esta norma sea antigua, concretamente de 1912, sigue vigente. En un comunicado del Ministerio de Gobernación de dicho año puede leerse: “Ley disponiendo que en los almacenes, tiendas, oficinas, escritorios, y en general, en todo establecimiento no fabril, de cualquier clase que sea, donde se vendan o expendan artículos u objetos al público por mujeres empleadas, sea obligatorio para el dueño o su representante particular o compañía tener dispuesto un asiento para cada una de aquellas”.

Guadalupe Muñoz Álvarez, académica de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, explica que a esta norma se la conoce vulgarmente como la “ley de la silla” y se “actualizó” en 1918 para ampliar este derecho a los varones. No obstante, a pesar de que la ley sigue vigente, apenas se aplica en multitud de establecimientos en donde los trabajadores están obligados a estar de pie y sin apenas moverse, poniendo en riesgo su salud, por una cuestión de estética.

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