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Sevilla tiene concertinas en pleno paseo fluvial

Concertinas en la capital hispalense.

Olga Granado

  • La Gerencia de Urbanismo, preguntada por eldiario.es/andalucia asegura que quitará las alambradas con cuchillas, aunque no precisa ni la fecha en la que se instalaron ni la fecha en la que ordenará su retirada.

No hay que viajar a la frontera de Melilla para encontrar concertinas. De hecho, a raíz del debate por su uso para evitar la entrada de inmigrantes en España, muchos ciudadanos se han podido familiarizar con la palabra y hasta descubrir estos alambres con cuchillas en sus propios municipios, incluso de manera ilegal. De hecho, la empresa metropolitana de abastecimiento y saneamiento de aguas Emasesa -encabezada por el Ayuntamiento de Sevilla y que engloba a una docena de municipios- tiene colocadas concertinas en el cerramiento de una estación de bombeo situada junto al Jardín del Guadalquivir, en pleno paseo fluvial de la ciudad.

Junto al cerramiento de la planta de Emasesa con concertinas, muy cerca, elementos punzantes rematan desde hace años el vallado de los bajos del puente de la Barqueta. Hace unos años, el Ayuntamiento de Sevilla colocó vallados de postes en los bajos de algunos puentes del paseo fluvial para disuadir a los sin techo de dormir, pero este es el único punto en el que además se ha añadido una protección extra con elementos punzantes como se aprecia en la fotografía de abajo. Todo ello en un paseo fluvial inaugurado en vísperas de las últimas elecciones municipales y por el que cada día circulan decenas de personas a pie o en bicicleta.

El Ayuntamiento de Sevilla, preguntado por eldiario.es/andalucia, ha asegurado que ordenará la retirada de las concertinas del río, ya que es la autoridad con potestad para ello aplicando las ordenanzas urbanísticas, dado que está en su término municipal. No obstante, no han dado plazo ni fecha alguna para dicha retirada.

El hecho se produce después de la polémica por la instalación de concertinas en la valla de Melilla por parte del Gobierno de la Nación, dado que esta barrera provoca graves heridas. El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, usaba, entre los argumentos para defender su instalación, que cualquier vecino o institución puede colocar concertinas para proteger sus fincas, por lo que sería “muy difícil de entender” que no pudiera hacer el Estado “para proteger nada más y nada menos que sus fronteras de la intrusión ilegal y masiva de personas”.

Pero lo cierto es que, según los expertos, la mayor parte de los planes generales de ordenación urbana (PGOU) prohíben su uso -también en la variante rudimentaria de coronar los muros de fincas con trozos de cristal- salvo excepciones como instalaciones militares, prisiones y similares.

En concreto, el PGOU de Sevilla, aprobado definitivamente en 2006, recoge textualmente que “las vallas de las parcelas serán de elementos de hasta 50 centímetros de altura, que podrán superarse con setos o protecciones diáfanas estéticamente admisibles, con el límite máximo total de dos metros. Las vallas de espacios libres traseros que no den a viales o espacios exteriores podrán ser de elementos de hasta dos metros de altura, prohibiéndose su coronación con elementos punzantes o cortantes”. En las mismas normas se especifica claramente que “en ningún caso se permitirá el remate de los cerramientos con elementos que puedan causar lesiones a personas y animales”, una exigencia que por ejemplo encontramos en los PGOU de Madrid, revisado en 2010, y de Bilbao, en 2002, por citar algunos ejemplos.

Cerramiento “desproporcional”

La arquitecta e investigadora María Victoria Segura Raya precisa no obstante que la prohibición en el PGOU de Sevilla “debería estar mejor precisada con carácter general, cosa que no ocurre actualmente”. En este sentido, ve lógica la decisión de quitar estos cerramientos según lo recogido en este marco. Lo que no entiende tampoco es la “desproporcionalidad” de un cerramiento de este tipo en el “llamativo” caso de la estación de bombeo de Emasesa, sobre todo por su ubicación en plena trama urbana.

En los mismos términos se expresa la también arquitecta Ángela Lara García, para quien “si en el PGOU, que es la herramienta más importante de ordenación urbana a nivel municipal, se recoge de manera explícita esa prohibición, si existiera alguna excepción debería estar recogida en ese mismo artículo”.

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