Moreno retira de su ley de vivienda el término “inquiocupación” 4 días después de llevarlo a la Conferencia de Presidentes
El Gobierno andaluz lo ha tenido claro desde el principio: la ocupación ilegal es un problema mucho más grave que la explosión de pisos turísticos a la hora de acceder a un hogar. Por eso, la futura ley de vivienda –que se pretende aprobar antes de fin de año– incluye varios mecanismos para luchar contra este fenómeno pese a que las estadísticas insistan en que no es precisamente masivo, pero a ello se añadía acabar con la inquiocupación. Finalmente, en la última versión del texto se ha eliminado este concepto, con la paradoja de que ha desaparecido sólo cuatro días después de que el presidente andaluz, Juan Manuel Moreno, impusiese junto al resto de comunidades del PP que se hablase de esta cuestión en la reciente Conferencia de Presidentes.
¿Qué es la inquiocupación? Pues el inquilino que deja de pagar la renta pero no se va de la casa que tiene alquilada, lo que puede deberse a una casuística muy diversa. El borrador inicial de la ley de vivienda, de hace un año, equiparaba directamente la inquiocupación con la ocupación ilegal, e incluso llegaba a definirla: “Estado intermedio entre ser un arrendatario con deudas y un ocupante ilegal”.
Sin embargo ahora, en el documento que se ha entregado al Consejo Económico y Social (CES) para su preceptiva evaluación, ha desaparecido radicalmente cualquier mención a la inquiocupación. De hecho, no aparece ni la definición antes apuntada en el glosario de términos que se incorpora.
El primer intento oficial
El concepto genera polémica, ya que no está formalmente admitido y de hecho no se maneja en ningún texto legal o profesional relacionado con la vivienda. De hecho, al incluirlo en el anteproyecto de su ley la Junta de Andalucía se convertía en la primera administración en manejar esta idea, siempre incluida en la misma frase junto a ocupación ilegal.
La última versión del texto se entregó al CES este martes, sólo cuatro días después de la Conferencia de Presidentes en la que Moreno batalló para que se abordase esta cuestión. “Acceso a la vivienda. Lucha contra la ocupación y la inquiocupación”, rezaba literalmente el punto segundo de la propuesta de orden del día remitida, que las comunidades del PP convirtieron en una imposición que acabó aceptando el Ejecutivo de Pedro Sánchez. Más específicamente, la propuesta andaluza incluía un “plan nacional antiocupación con seguridad jurídica a propietarios ante impagos de alquileres”.
De hecho, uno de los argumentos recurrentes del Gobierno andaluz contra la ley estatal de vivienda es que “favorece” la ocupación ilegal al “no dar seguridad jurídica a los propietarios”, un escenario que defiende que cambiará radicalmente con el texto autonómico. Como telón de fondo está la negativa de los territorios del PP a aplicar la norma estatal, cuya derogación exigen por “fracasada e insostenible” y por “agravar” los problemas.
Modelos antagónicos
Al final se trata de un choque político entre dos modelos casi antagónicos, con los populares enrocados en “no intervenir el mercado” inmobiliario y, por tanto, en no declarar zonas tensionadas. Esto propicia una confrontación permanente, un escenario en el que la Junta andaluza presume de un modelo que basa en dar facilidades a los promotores, eliminar filtros burocráticos, acelerar la disponibilidad de suelo y conceder ayudas fiscales.
La “coordinación, información y asesoramiento en materia de desahucios y lucha contra la ocupación ilegal” merece todo un capítulo, el segundo, en la futura norma andaluza, integrado por tres artículos que desarrollan la creación de tres órganos. En la versión original del texto, el primero de ellos era la Comisión de Coordinación en Materia de Desahucios y Lucha contra la Ocupación Ilegal e Inquiocupación, nombre que ahora se mantiene en su integridad con la excepción de la inquiocupación, de la que ya no hay rastro.
Lo mismo ocurre con los otros dos, el Sistema Andaluz de Información y Asesoramiento en Materia de Desahucios y Lucha contra la Ocupación Ilegal y la Unidad Municipal de Asesoramiento en Materia de Desahucios y Lucha contra la Ocupación Ilegal. Ambos tenían también la coletilla de inquiocupación que finalmente ha desaparecido de los títulos.
Sin poder aspirar a una vivienda pública
En todo caso, las funciones son de asesoramiento, ya que la ocupación entra en el ámbito del Código Penal y las comunidades autónomas tienen competencias limitadas. De hecho, no se prevén sanciones específicas por ocupación (ni por inquiocupación en la versión original), algo que legalmente no se puede aplicar.
La futura norma da también rango de ley a una iniciativa que ya se aplica como es la prohibición de acceso a una vivienda pública de todo el que haya sido condenado por ocupa, que tampoco podrá recibir ayudas al alquiler, una medida que se aprobó en Consejo de Gobierno en enero de 2022. En esta situación se considera que están las personas que, en los últimos cinco años, hayan sido condenadas mediante sentencia firme por allanamiento de morada o usurpación de vivienda, o por haber recaído sobre ellas –también en el lustro anterior– resolución administrativa firme en cualquier expediente de recuperación y/o desahucio por ocupación sin título.
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