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Desestimada la demanda de la minera Quantum contra la Plataforma Sí a la Tierra Viva

El cartel de la empresa, ya retirado, del corral donde realizó lavado de tierras

elDiarioclm.es

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Villanueva de los Infantes (Ciudad Real) ha desestimado la demanda de la empresa Quantum Minería contra el presidente de la Plataforma Sí a la Tierra Viva, Luis Manuel Ginés, por el supuesto daño producido en su nombre e imagen. Precisamente, el pasado martes este colectivo recibió uno de los galardones de los Premio de Medio Ambiente de Castilla-La Mancha.

En la sentencia el juzgado absuelve al presidente de esta asociación de los daños de los que le acusaba la empresa promotora de los proyectos de minería de tierras raras en la comarca ciudadrealeña del Campo de Montiel, y que fueron rechazados tras una amplia ofensiva de la Plataforma, vinculada a esta comarca y contraria a este proyecto extractivo de elementos químicos. No se han impuesto costas a ninguna de las partes. 

Quantum presentó la demanda en enero de 2017 después de que la plataforma solicitara un año antes la colaboración del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) para dirimir si se había incumplido la legalidad vigente en las calicatas que varias empresas mineras habían realizado dentro de la Red Natura 2000 sin tener licencia municipal de obras. De hecho, el colectivo ciudadano también denunció entonces que se estaban manipulando minerales de tierras raras en un corral dentro del casco urbano de Torrenueva, actividades que fueron clausuradas con posterioridad por el Ayuntamiento de la localidad ya que Quantum carecía de licencia, por lo que fue sancionada con 2.700 euros.

Tras la sentencia que exime a Sí a la Tierra Viva de ningún tipo de daños a la minera, la plataforma explica que entendió la presentación de esta demanda como un intento de hostigar a su presidente, eligiéndolo como “cabeza de turco”, al dirigirla contra él a título personal y no en su calidad de representante del colectivo. Interpreta además que con esta sentencia se avala la postura de defensa expuesta por la abogada de la plataforma, María del Carmen Morallón Hidalgo, quien desde el inicio manifestó que la denuncia ante el Seprona se circunscribía en el ámbito de la acción penal pública que corresponde a cualquier ciudadano en defensa de un bien jurídico general como es el medio ambiente.

“Afianza la acción de cualquier ciudadano que tenga conocimiento de un presunto delito sobre bienes jurídicos públicos, para que pueda denunciar con la tranquilidad de obrar conforme a derecho”, concluye.

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