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Catalunya pide reformar la ley de Salud Pública para que las CCAA puedan imponer restricciones sin aval judicial

El vicepresident Pere Aragonès y la consellera Meritxell Budó, con la silla vacía del president

Arturo Puente

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La Generalitat se prepara para asumir la gestión de la pandemia cuando caiga el estado de alarma, previsiblemente el 9 de mayo si el Gobierno no opta por alargarlo. En vista de esta situación, este martes el Govern ha reclamado que una reforma de la ley de Salud Pública para permitir a las comunidades autónomas tomar medidas restrictivas de contención del virus sin necesitar constantemente el aval judicial. De esta forma, Catalunya evita posicionarse junto a los gobiernos autonómicos que reclaman una nueva prórroga del estado de alarma, pero se muestra igualmente disconforme con pasar directamente a un escenario en el que temen no poder aplicar tantas limitaciones como desearían.

“Para estar tranquilos y poder gestionar el fin del estado de alarma son necesarias herramientas jurídicas que permitan al Govern poder aplicar todas las medidas necesarias para combatir la propagación de la COVID-19”, ha indicado la consellera portavoz, Meritxell Budó. El Ejecutivo catalán ha puesto el ejemplo del toque de queda como una de las medidas que podría caer el 9 de mayo una vez acabe el estado de alarma, debido a que es una restricción de los derechos fundamentales de carácter general que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) podría no avalar.

El Govern considera que la ley de Salud Pública puede incorporar artículos que, en determinadas situaciones de riesgo sanitario, faculten a los gobiernos autonómicos a tomar medidas restrictivas sin pasar por los tribunales y sin necesidad de que el estado de alarma esté activado. Una fórmula que entienden que sería la más adecuada para una situación como la actual, con una pandemia que exige duras restricciones de derechos fundamentales durante mucho tiempo.

“Sin el paraguas del estado de alarma, y a falta de la reforma legal, quedamos a la expensa del TSJC, y requeriremos de autorización judicial a cada medida que queramos imponer”, ha destacado Budó, que ha preferido no entrar a opinar sobre la posibilidad de una prórroga del estado de alarma y ha considerado que lo más importante ahora es “que se dote [a las autonomías] de esta legislación necesaria”.

Tanto el Gobierno central como la propia Generalitat introdujeron reformas para clarificar jurídicamente el papel de los gobiernos autonómicos en la lucha contra la pandemia sin estado de alarma. En septiembre pasado, el Congreso aprobó una reforma de ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa que centralizaba en los Tribunales Superiores el control de las medidas “urgentes y necesarias” de carácter no individualizado que tomasen los gobiernos autonómicos en materia sanitaria, acabando así con el desorden jurídico que consideraban que se había producido durante los meses estivales.

De esta forma, a partir de la caída del estado de alarma, para tomar cualquier medida restrictiva de derechos fundamentales, como es el toque de queda, los cierres perimetrales o la prohibición de reuniones, la Generalitat debería pedir permiso al Tribunal Superior de Justicia catalán. Un paso que, consideran, podría significar menor agilidad, dificultades e incluso impedimentos para aplicar las limitaciones necesarias para contener la expansión del virus.

La petición hecha por el Govern este martes va de la mano de la posición tomada por las formaciones independentistas en el Congreso que, junto a varios socios del Gobierno se han abierto ahora a apoyar el 'plan B' jurídico del PP para gestionar el final del estado de alarma. Formaciones como ERC, PNV, Compromís o Más País se suman al camino emprendido la semana pasada por PDeCAT y reclaman una “alternativa al estado de alarma” que pase por la modificación legislativa oportuna. El Gobierno mantiene, por su parte, que con la actual legislación es suficiente para encarar la recta final de la pandemia y ve adecuado que las comunidades deban pedir autorización judicial para imponer restricciones de derechos fundamentales.

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