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El fiscal pide 30.000 euros a la exconsellera Joana Ortega por burlar su condena por el 9-N

Imagen de archivo del expresidente de la Generalitat Artur Mas con su exvicepresidenta Joana Ortega. EFE/Alberto Estévez

Oriol Solé Altimira

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La decisión del Tribunal Supremo de rechazar los recursos contra los indultos del procés no ha sido la única noticia judicial de este jueves relativa al proceso soberanista. En Barcelona, la Fiscalía ha reclamado una multa de 30.000 euros para la exvicepresidenta de la Generalitat Joana Ortega por haber burlado la condena de inhabilitación que se le impuso por organizar la consulta del 9-N de 2014 y dos tribunales han despejado el camino hacia el juicio de la causa de los preparativos del referéndum.

Por partes. La que más cerca está de sentarse de nuevo en el banquillo es la exdirigente de Unió Democràtica y exvicepresidenta del Govern de Artur Mas, Joana Ortega. La Fiscalía la acusa de un delito de quebrantamiento de condena, al entender que asumió el cargo de asesora en proyectos transversales del departamento de Empresa y Conocimiento, entre el 17 de mayo y el 8 de octubre de 2019, “con evidente ánimo de incumplir la condena” que le impedía ocupar cargo público alguno por la consulta del 9-N.

Su nombramiento como asesora fue, según el Ministerio Público, la manera que tuvo Ortega de incumplir la condena de nueve meses de inhabilitación para el ejercicio de funciones de gobierno en el ámbito autonómico, estatal o local que le impuso el Supremo junto al expresident Artur Mas y a la exconsellera Irene Rigau, por un delito de desobediencia al organizar la consulta soberanista de 2014.

Fue el propio Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) el que denunció a Ortega en los juzgados, al entender que había “burlado” la pena de nueve meses de inhabilitación con su contrato de asesora del departamento de Empresa. Ortega, en su declaración como investigado, alegó que mediante dos informes el Gabinete Jurídico y por el área de Función Pública de la Generalitat avalaron que su contratación como asesora no suponía un quebrantamiento de la condena de inhabilitación.

La consellera de Cultura, acusada junto a Jové y Salvadó

Un paso más cerca del banquillo de los acusados, aunque todavía sin conocer la concreta petición de la Fiscalía, está la actual consellera de Cultura, Natàlia Garriga (ERC.). El TSJC ha decidido que la consellera, procesada por los preparativos del 1-O por el juzgado de instrucción 13 de Barcelona, vaya a juicio junto a los dos investigados inicialmente en esa misma causa y que pasaron al alto tribunal catalán cuando resultaron elegidos diputados de ERC y por lo tanto aforados, Lluís Salvadó y Josep Maria Jové.

El fiscal precisó que el único delito por el que se investigara a Garriga fuera el de desobediencia, que no conlleva penas de cárcel, pese a que fue procesada por la magistrada del juzgado 13 por malversación cuando no era aforada. El motivo fue que la jueza de la causa de Jové y Salvadó descartó que los gastos destinados al acondicionamiento del centro de atención telefónica del 1-O, por los que también estaba procesada Garriga, constituyeran un delito de malversación. Ahora la Fiscalía ya podrá formalizar su escrito de acusación contra los tres republicanos.

La macrocausa del procés, de vuelta a instrucción 13

Por último, la Audiencia de Barcelona ha empezado a deshacer el enredo en el que se había instalado la macrocausa de los preparativos del 1-O seguida en el juzgado de instrucción 13 de la capital catalana, en la que están procesados una treintena de altos cargos del Govern, funcionarios y empresarios, entre ellos los directores de TV3 y Catalunya Ràdio.

La nueva investigación sobre los gastos exteriores del procés, que además de un procedimiento contable ante el Tribunal de Cuentas está siendo investigado por el juzgado de instrucción 18 de Barcelona, motivó que el abogado Ramon Setó, que defiende al exsecretario de Exteriores Aleix Villatoro, alegara que esos gastos ya habían sido investigados por el juzgado 13. La magistrado resolvió que no era competente para decidir si era así, pero ahora la Audiencia de Barcelona la obliga a tomar una decisión sobre la acumulación de ambas causas.

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