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El juez del caso Castor rechaza imponer al Estado y la empresa de Florentino Pérez 1.000 millones de fianza

Protesta contra el depósito submarino de gas Castor.

Roger Lorgeoux

El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Vinaròs, que investiga presuntas irregularidades relacionadas con la tramitación de la concesión de explotación del proyecto Castor, el almacén submarino de gas de Castellón que tuvo que ser cerrado tras provocar reiterados movimientos sísmicos frente a la costa de Vinaròs y de Sant Carles de la Ràpita, ha rechazado de momento la petición de la acusación particular, que solicitaba la imposición de una fianza de 1.035.408.000 euros a los investigados para hacer frente a las posibles responsabilidades civiles que tendrían que abonar en el caso de ser condenados.

La Plataforma de Afectados por el Castor, Aplaca, personada como acusación particular, solicitó el 30 de junio de 2016 que se le reclamara dicha cantidad a los investigados. De esta forma, pedía que se declararan responsables civiles directos al Estado Español y a cuatro empresas, entre ellas el grupo del empresario Florentino Pérez, para las que trabajaban los investigados (Escal UGS, ACS, Castor Limited Partnership y Dundee Energy Limited) y que fueran éstos los que aportaran la suma de manera solidaria.

La asociación obtuvo esta cifra como resultado de multiplicar 12.000 euros por el número de residentes de las localidades de Alcanar, Benicarló, Sant Carles de la Rápita, Ulldecona y Vinaròs, afectados por los seísmos. En total, 86.284 habitantes de las provincias de Castellón y Tarragona.

La petición de la plataforma se fundamentaba en la sospecha de Escal UGS, promotora del proyecto, pudiera declararse insolvente a consecuencia de un vacío patrominal. Para ello, en la documentación aportada acreditaba un reciente cambio de domicilio social de la empresa, habiendo además desaparecido la página web.

Las defensas de los investigados (los días 7, 12 y 28 de julio) y el Ministerio Fiscal (el 2 de septiembre) entendieron que la cantidad era excesiva y que era pronto para establecer una fianza. Además, no consideraron demostrados los daños morales a los que aludía Aplaca, por lo que se opusieron a la petición.

El instructor ha decidido ahora rechazar, por el momento, la imposición del depósito ya que considera que la cuantía solicitada es “notoriamente excesiva”, teniendo en cuenta que Aplaca “no cuenta en la actualidad con más de 4 miembros considerados como perjudicados”. En su auto el instructor cree que es “prematura la fijación de una fianza” en el punto en el que se encuentra el procedimiento, aunque no descarta acordarla en un futuro.

 

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