Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
La guerra entre PSOE y PP bloquea el acuerdo entre el Gobierno y las comunidades
Un año en derrocar a Al Asad: el líder del asalto militar sirio detalla la operación
Opinión - Un tercio de los españoles no entienden lo que leen. Por Rosa María Artal

El Constitucional levanta la suspensión cautelar contra la Ley de Uniones de Hecho

La sede del Tribunal Constitucional, en Madrid

elDiariocv

Valencia —

El Tribunal Constitucional (TC) ha levantado la suspensión cautelar a la Ley de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana, excepto al artículo 14 que hace referencia a los derechos hereditarios. Desde la Generalitat, el conseller Serafín Castellano ha mostrado su “satisfacción” ante la decisión del alto tribunal que “da la razón” a los argumentos de la Abogacía de la Generalitat “al entender que no se acreditan los perjuicios concretos derivados de la ley y, por tanto, volverá a entrar en vigor dando cumplimiento al auto dictado por el TC”.

Para Castellano, es “una satisfacción y una buena noticia” para todos los ciudadanos que pueden beneficiarse de “una ley novedosa y actual que vela por satisfacer las necesidades y demandas de nuevas formas de convivencia dando respuesta a la demanda de la sociedad y, a su vez, poniendo fin a la problemática de las parejas de hecho”.

Así mismo, ha recalcado que, con esta decisión, “es la tercera vez que el Tribunal Constitucional da la razón a la Generalitat, puesto que ya lo hizo con la Ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciana y la Ley de Custodia Compartida, decidiendo también el levantamiento de la suspensión cautelar de ambas leyes”.

Por último, el conseller de Gobernación y Justicia ha incidido en que La Ley de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana “tiene como objetivo ofrecer un instrumento jurídico a las parejas que deseen ordenar formal y jurídicamente su convivencia, tanto en el aspecto personal como patrimonial, cuando no hayan contraído matrimonio, de acuerdo con los principios de igualdad y de no discriminación”.

Etiquetas
stats