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Sobre este blog

Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.

Sobre el voto en blanco en España: fundamento y efectos

Marcos Criado

En una entrega anterior abordaba la cuestión de qué hacer con el voto en blanco por referencia a su regulación en Colombia y los resultados de sus recientes elecciones legislativas. En este artículo pretendo replantear el problema haciendo referencia al caso español, como se solicitaba en algunos de los comentarios hechos a aquella entrega. Para ello me referiré en primer lugar a la cuestión del mérito, es decir, si una opción puramente negativa como la del voto en blanco merece ser representada en democracia, para ver después qué efectos puede tener un aumento del voto en blanco en el sistema electoral español.

Si en otros momentos históricos el voto en blanco se ha podido identificar con el voto de la indiferencia hacia la política o de la equidistancia frente a las fuerzas políticas, hoy cada vez parece más aceptado que es el voto del disenso, de la protesta frente al sistema político existente. No es un voto “pasota”, sino comprometido, pero sin proyecto o, al menos, sin un proyecto público que se someta a discusión. El voto en blanco renuncia a producir gobierno, a “conquistar el poder”. Su único objetivo expreso es deslegitimar lo existente. Esta pura negatividad que está detrás de la lógica del voto en blanco hace que, si bien su radicalidad resulte idealmente coherente con la democracia a secas, sea absolutamente incompatible con su forma actual de democracia representativa o de élites.

Si concebimos la democracia no como un estado, sino como un proceso de democratización paulatina tanto de las instituciones como de las propias estructuras económicas y sociales, entonces la deslegitimación social de lo existente es un paso necesario de todo avance democrático. En este orden de ideas, aunque el voto en blanco es incapaz de producir gobierno, sí podría influir en el estado de opinión favorable al cambio, pero con el peligro de que no le dota de ninguna dirección precisa. Ello puede resultar funcional a los intentos contemporáneos de configuración teórica y política del rechazo mediante movimientos sociales que expresamente renuncian a la “conquista del poder” como medio de transformación, para situarse fuera de los mecanismos del sistema entendiendo que es el espacio adecuado de transformación de las relaciones sociales.

Para evitar los efectos destructivos que pudiera tener un voto masivo en blanco, las soluciones pueden ser dos: no asignarle ningún efecto institucional directo, como es el caso español, en cuyo caso las reflexiones que pudiera motivar un aumento significativo del voto en blanco estarían necesariamente mediadas por el sistema político contra el que se vota, que probablemente aceptaría la necesidad de un cambio, pero limitado a lo estructuralmente asumible por el sistema; o bien prever directamente esos efectos asumibles, como ocurre en Colombia. De esta suerte, mi elección radical de no ser representado acabaría, paradójicamente, en la representación obligatoria de mi voluntad por lo que, en sus consecuencias inmediatas, el voto en blanco se mueve entre la irrelevancia y la interpretación oportunista.

En cuanto a los efectos concretos que los votos en blanco tendrían en el sistema electoral español, el más repetido consiste en que, computando como “votos válidos” y disminuyendo la cantidad de votos a repartir entre las listas, dificultaría la superación del umbral electoral por parte de los partidos minoritarios, favoreciendo así el bipartidismo. Puesto que el umbral electoral varía entre tipos de elecciones y se aplica en las circunscripciones electorales, habrá que analizar este efecto de forma separada en las distintas elecciones y en cada circunscripción, lo que supera con mucho el espacio de este artículo.

En términos generales, y centrándonos sólo en dos tipos de elecciones, podemos decir que la media de municipios en los que el umbral electoral del 5% ha tenido efectos desde las elecciones de 1979 ha sido del 1,8%, si bien ha aumentado desde el 1,2% de las primeras elecciones hasta el 3,2% de las últimas. El porcentaje medio de votos obtenido por el partido más pequeño representado en los ayuntamientos es bastante alto, del 24,8%, lo que se debe a la cantidad relativamente baja de listas que se presentan, mientras que el porcentaje medio de votos del mayor partido que queda sin representación es muy bajo, del 1,7%, siendo el más alto el de las elecciones de 2007, que llegó al 2,7%.

Respecto a las elecciones generales, el umbral del 3% de los votos válidos no es operativo, toda vez que ningún partido que quedó fuera del reparto de escaños por obra del umbral hubiera obtenido representación de no haber existido éste. Baste como ejemplo que en las elecciones de 2011 el porcentaje más bajo de votos en una circunscripción para conseguir representación fue del 5,92%, por el que UPyD consiguió el último escaño en juego en Valencia. IU no consiguió diputado en Córdoba en 2011 con un 9,82% de los votos válidos, pero sí en Málaga con un 9,02%.

Atendiendo a este último dato, cabe también preguntarse por el efecto que, superado el umbral, podría tener el voto en blanco en el reparto de escaños. Como se ha señalado reiteradamente, para las elecciones generales el tamaño de las circunscripciones en España hace que un mismo sistema electoral se comporte como tendencialmente mayoritario en las circunscripciones pequeñas, moderadamente proporcional en las medianas y tendencialmente proporcional en las grandes, de suerte que para que pueda obtener representación un tercer partido hace falta que se elijan entre 5 y 6 diputados (con las excepciones de Lleida, que repartió 4 diputados entre 3 partidos en 2008 y 2011, y Araba, que repartió 4 diputados entre 3 partidos en 2008 y entre 4 en 2011), y para que lo haga un cuarto, se deben elegir entre 7 y 8 diputados. De esta suerte, el voto en blanco tiende a ser irrelevante en las circunscripciones pequeñas, en las que hay que rondar el 20% de los votos para tener representación, aunque sí puede tener efecto en circunscripciones en las que se puede conseguir un diputado con un porcentaje relativamente pequeño de los votos, como Valencia.

Respecto a la proyección de futuro, diversos estudios señalan que, frente a la etapa anterior de consolidación del bipartidismo, desde 2004 se observa en las elecciones generales una tendencia a la reducción del número de votos de los dos partidos mayoritarios en beneficio de la desafección (entendiendo por tal la suma del voto en blanco y de la abstención) y, en menor medida, de las alternativas (según la intención de voto en julio de 2013, con todas las reservas pertinentes, sólo entre 1 de cada 3 y 1 de cada 4 votos que pierde el bipartidismo iría a las alternativas). No he encontrado proyecciones sobre los efectos de un crecimiento significativo del voto en blanco, con lo que cualquier afirmación resultaría aventurada. Pero el hecho de que en estos estudios el voto en blanco se compute conjuntamente con la abstención electoral, en la que es imposible distinguir la protesta de la abulia y la pereza -lo que vuelve discutible concebirla como “desafección” cuando es enormemente funcional a la reproducción del sistema mediante alternancias nominales sin cambios de rumbo- da idea de lo lejos que está el voto en blanco en España de convertirse en una opción con voz propia.

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