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Acoso y abuso a una empleada pública despedida tras estar embarazada

Sede de la Mancomunidad de Encartaciones, donde se produjo el caso de abuso laboral.

Alberto Uriona

Bilbao —

“Entorno intimidatorio, humillante, degradante y ofensivo”. “Lesiones psicológicas a la trabajadora”. “Falta de intervención del empresario”. La Inspección de Trabajo del País Vasco ha propinado un fuerte varapalo a la Mancomunidad de las Encartaciones (la entidad que gestiona servicios de nueve municipios vizcaínos de esta comarca) al calificar su actitud con una empleada de infracción laboral “muy grave” y le ha sancionado con una multa de 20.000 euros. La trabajadora fue despedida tras quedarse embarazada y tuvo que ser readmitida tras ganar el pleito pero desde entonces sufrió lo que la Inspección califica de “acoso y abuso de autoridad”, con la retirada de funciones, quitarle el móvil y el portátil que requería para su trabajo o amonestarle por atender a clientes.

El caso, según el acta de la Inspección fechada el pasado 12 de noviembre, relata el sinfín de humillaciones y ofensas a una empleada de la Mancomunidad, una entidad cuya gestión ya ha sido cuestionada por otros asuntos y que por primera vez en su historia ha puesto sueldo a su presidente desde principios de año. La trabajadora, una técnico de empleo, empezó a tener los mayores problemas tras quedarse embarazada en agosto de 2010. Volvió, tras la baja de maternidad, en febrero de 2011 pero sin que tuviera las funciones y el trabajo que realizaba con anterioridad. Presentó una denuncia ese febrero ante la Inspección de Trabajo y en marzo recibió la carta de despido.

La empleada recurrió entonces a los tribunales y ganó el pleito de despido nulo tras concluir el juzgado que es “claro que el despido se ha producido inmediatamente después de reintegrada al trabajo tras finalizar el permiso de maternidad”. Pero el calvario para la trabajadora no hizo más que comenzar. La inspección constata que sus funciones las hacía otra empleado y que era discriminada desde hace años atrás respecto a los otros trabajadores de la mancomunidad: un sueldo más bajo al no aplicarle las subidas de IPC,,censuras por coger la baja maternal un mes antes de dar a luz o ausencia de cursos de formación.

“Como si no estuviese”

En sus conclusiones, la inspectora constata como “abuso de autoridad” el hecho de “vaciar de tareas durante meses” a la afectada, que tiene que buscarse labores por su cuenta “que nunca llegan a ser respaldados por la empresa”. Agrega que se llega a “amonestar a la trabajadora” por atender a los usuarios y “se da de baja su correo electrónico”, lo que perjudica a los ciudadanos, además de destruir todos sus archivos y el vaciado de su e mail al ser despedida. La investigación comprueba que incluso los usuarios afectados llegan a culparle a ella de la mala gestión al haber perdido ayudas económicas que le supusieron “episodios humillantes de reclamaciones e incluso enfrentamientos en la calle”.

El acta de inspección constata “la negativa al contacto y la ausencia de cauces de comunicación” y destaca el trato “déspota y despreciativo” de la secretaria-interventora Esperanza Bejo, la responsable de la gestión del personal que al principio de la investigación no quiso comentar nada con la Inspección y que “se comporta en su presencia como si no estuviese”. “De esa persona es que no quiero ni hablar”, llega a decir la interventora de la afectada. También censura gravemente al entonces presidente de la Mancomunidad, el ahora vicepresidente y concejal del PNV en el municipio de Karrantza Rubén Edesa, por su “actitud de exclusión” a la trabajadora. “Sí se reúne y mantiene contactos periódicos con los restantes responsables de área pero no con [la afectada] a la que evita sistemáticamente”.

Califica de “pasividad” la actitud del entonces presidente de la Mancomunidad (de quien si destaca que no constan “insultos ni descalificaciones” como los de la interventora), que protagoniza “un absoluto vacío hacia cualesquiera solicitud o reclamación planteada” por la trabajadora, que al final le lleva a un trastorno motivado por stress laboral.

La inspectora constata hasta tres infracciones graves o muy graves por el trato humillante, las secuelas psicológicas y la pasividad de la Mancomunidad pero las engloba en una “infracción única y continuada” por la “pluralidad” de acciones contra la trabajadora “en ejecución de un plan preconcebido”, por lo que procede aplicar una sanción por una infracción laboral muy grave. Propone así una sanción de 20.000 euros. La Inspección debe ahora confirmar la sanción tras haber recibido las alegaciones de la entidad pública.

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