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Franco, sus descendientes y sus admiradores fracasan en los tribunales

Imagen de archivo de lo familiares de Franco portando el féretro con los restos mortales del dictador tras su exhumación.

Alberto Pozas

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Francisco Franco Bahamonde no tiene suerte en los tribunales. En la última década la familia del dictador, sus seguidores y la Fundación que lleva su nombre han protagonizado sonoros fracasos judiciales en sus litigios defendiendo su legado: no lograron frenar su exhumación, han perdido el Pazo de Meirás y han acusado sin éxito a artistas por usar su figura para elaborar sus obras. El último varapalo judicial a sus nietos ha llegado de la Audiencia Provincial de Madrid, al rechazar en firme la demanda que presentaron contra varios periodistas de Mediaset por un reportaje llamado 'La herencia de los Franco'.

Fue emitido en julio de 2018 por el programa 'En el punto de mira', de la cadena Cuatro. Un reportaje que, tal y como explica la cadena de televisión, expone “algunos de los métodos que podría haber utilizado Francisco Franco para lograr un patrimonio con un valor que asciende a los 500 millones de euros” como, por ejemplo, “subastas amañadas, donaciones ilegales, testaferros o abusos de poder”. Los nietos y descendientes del dictador, entre ellos Francis Franco y Jaime Felipe Martínez-Bordiú, pedían que el reportaje fuese borrado y que, además, Mediaset tuviera que pagarles 50.000 euros de indemnización.

El caso, planteado por lo civil, hizo aguas el año pasado en el juzgado 43 de Madrid y el recurso de la familia Franco tampoco ha prosperado ante la Audiencia Provincial de la capital. El reportaje, dijo inicialmente el juzgado, podía ser en ocasiones “sesgado y parcial” pero en ningún caso vulneraba la imagen o el honor de los Franco. Ahora la Audiencia Provincial certifica el rechazo: todas las imágenes que usa están tomadas en lugares públicos y, además, “no se introducen datos falsos o comentarios que alteren la verdad, ni se manipulan las declaraciones de los testigos”.

Los periodistas de Mediaset, defendidos en este pleito por el letrado Ángel Galindo, ya se habían enfrentado con éxito ante los Franco en los tribunales. Por la vía penal, una jueza ya había rechazado una querella por el mismo reportaje en una decisión avalada posteriormente por la Audiencia de Madrid. Esa última resolución, adelantada por elDiario.es, fue contundente al desestimar los recursos de los familiares del dictador y amparar tanto la información del reportaje como los expertos que en él aparecen en el marco del “periodismo de denuncia”.

Las fuentes de elDiario.es

Este no ha sido el único intento de los descendientes y admiradores del dictador de defender su legado o sus propiedades en los tribunales. En el plano periodístico, los familiares de Francisco Franco intentaron que este periódico revelase sus fuentes para localizar el origen de la información sobre la lista de 697 bienes que sus descendientes acumulaban en el Pazo de Meirás. Los descendientes del dictador se querellaron por prevaricación contra la Funcionaria de Patrimonio Nacional que elaboró la lista y la jueza llegó a aceptar buena parte de las pretensiones de la familia antes de que la Audiencia Provincial diese carpetazo al caso.

María Cristina Díaz, titular del juzgado 29 de Madrid y exalto cargo del Partido Popular en la Comunidad de Madrid y el Ejecutivo central, exigió a elDiario.es que revelase la fuente del informe y el día en que se tuvo acceso al mismo. La orden de la jueza obtuvo el rechazo de las asociaciones de prensa y finalmente sufrió un severo correctivo de la Audiencia de Madrid, que a mediados de febrero revocó la admisión a trámite de la querella. La familia Franco había conseguido de la mano de esta magistrada la apertura de una investigación que la Audiencia de Madrid considera “subjetiva prospectiva” sin ningún tipo de indicio de delito más que las alegaciones de los nietos del dictador.

La exhumación de Franco

En marzo de 2019 el Gobierno de Pedro Sánchez anunciaba que el cadáver de Francisco Franco sería exhumado del Valle de los Caídos en el mes de julio. El helicóptero Superpuma encargado de la misión, sin embargo, no trasladó el féretro del dictador desde Cuelgamuros hasta Mingorrubio hasta el 24 de octubre de ese año, más de medio año después del anuncio. Los Franco y sus aliados procesales consiguieron retrasar el proceso con medidas cautelares pero, finalmente, la exhumación fue avalada sin fisuras por la sala tercera del Tribunal Supremo.

La victoria momentánea de los descendientes de Franco llegó en junio de 2019, cuando el Supremo accedió a su petición de suspender la exhumación de manera cautelar. Pero a finales de septiembre, la misma sala resolvió sobre el fondo del asunto y rechazó su recurso, una decisión que dio luz verde al Gobierno para llevar a cabo la extracción de los restos del dictador. Según el Supremo, ni hacía falta una licencia, ni la familia propuso un sitio alternativo para enterrar el cuerpo y, finalmente, la decisión no vulneraba los derechos fundamentales de la familia Franco, que terminó llevando a hombros el féretro con el cadáver del dictador mientras gritaban “¡Viva España, viva Franco!”.

Los familiares de Franco no fueron los únicos que intentaron parar y evitar la exhumación. El partido ultraderechista Vox también presentó un recurso infructuoso ante el Tribunal Supremo, así como la Fundación Francisco Franco, la Asociación para la defensa del Valle de los Caídos y la Comunidad Benedictina de la Abadía de la Santa Cruz del Valle de los Caídos“. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo rechazó finalmente una demanda de la Fundación Franco para paralizar la exhumación.

El Pazo de Meirás

Esta batalla legal todavía no está cerrada al tener pendiente una decisión del Tribunal Supremo. En septiembre de 2020 el juzgado número 1 de A Coruña decidió dar la razón al Estado y declaró que el Pazo de Meirás es propiedad pública y no de la familia Franco. Este pazo era propiedad de los descendientes de la escritora gallega Emilia Pardo Bazán y fue expropiada por las autoridades franquistas durante la dictadura. Los Franco usaron el pazo como residencia de verano y, ya en democracia, la Fundación que ensalza el legado del dictador se dedicó a gestionar las visitas al inmueble. Los jueces, a falta de un pronunciamiento firme del Supremo, han dado una de cal y otra de arena a la familia del dictador: el Pazo es del Estado pero los casi 700 bienes que hay en él son de los Franco.

En septiembre de 2020 el juzgado de A Coruña explicó en una sentencia que los Franco se habían atribuido unilateralmente la propiedad del Pazo de Meirás y que debía volver a manos del Estado. También puso fecha a una entrega de llaves que no supuso el punto y final del caso: la Audiencia de Coruña rechazó el recurso de la familia en febrero de 2021 pero dictó otra resolución clave en abril de ese año. Una resolución que mantenía que los muebles del Pazo de Meirás son de la familia del dictador. Todos estos pronunciamientos están pendientes de resolución por parte de la sala de lo civil del Tribunal Supremo.

El honor de Franco

Otra de las batallas legales de los admiradores de Franco ha sido la de defender el honor del dictador ante los tribunales. Fue la Fundación Nacional Francisco Franco la que llevó varias veces ante la Justicia al artista Eugenio Merino por dos obras de arte expuestas en la feria de arte contemporáneo de Madrid ARCO usando una representación del cadáver del dictador: 'Punching Franco', en el que usaba su cabeza como 'punching ball', y también 'Always Franco', en el que encerraba su cuerpo en una nevera de refrescos. Todas las demandas de la Fundación fueron desestimadas pero el artista siempre denunció que, a pesar de no ser condenado, estas acciones judiciales de los admiradores del dictador tuvieron un alto coste profesional para él.

Una de las resoluciones fue la que dictó la Audiencia de Madrid en octubre de 2015 para desestimar definitivamente una de estas demandas. Esa sentencia, además de rechazar cualquier consecuencia legal para el artista, supuso también un varapalo para la estrategia legal de la Fundación Franco: los jueces declararon que no tenía legitimación para defender el honor del dictador en los tribunales.

Esa sentencia estableció que el derecho al honor del dictador no era “mimético” al de la Fundación y que, por tanto, no puede “proyectase automáticamente” sobre su propio honor para llevar a cualquiera ante los tribunales. En su recurso, la Fundación llegó a pedir al juez: “Sencillamente póngase en el lugar que coloquen a su padre”, rezaba.

El callejero de Madrid

Otro campo de batalla en el que los descendientes y admiradores del dictador han desplegado sus acciones legales ha sido en el de los cambios de nombres de calles dedicadas a figuras del franquismo, sobre todo en Madrid, que eliminó varias decenas de referencias del callejero durante la legislatura de Manuela Carmena. Diversos recursos prosperaron ante juzgados y tribunales y el consistorio está obligado a mantener, entre otras, la calle dedicada a los Caídos de la División Azul en el distrito de Chamartín o la dedicada al fundador de la Legión. Pero en otros casos los recursos han fracasado y uno de ellos ha sido el de la Fundación Franco.

La Fundación llevó hasta el Tribunal Superior de Madrid la retirada de nombres del callejero como la Travesía del General Franco y la Plaza del Caudillo y fracasó. “La denominación de esas dos calles en cuestión supone una exaltación de los tres hitos históricos que contempla el citado artículo, al resultar inevitable relacionar a Francisco Franco con la guerra civil y con el régimen político surgido de ella”, dijo la sentencia. Y como ya sucedió en el caso del artista Eugenio Merino, puso límites a la capacidad de maniobra de la Fundación para defender el legado del dictador en los tribunales.

El TSJM razonó en ese momento que la relación entre algunas calles y la Fundación y sus fines es “tan difuso que nos debe llevar a apreciar la falta de legitimación activa de la Fundación”. Lo contrario, añadió esa sentencia, sería “tanto como admitir una suerte de acción pública de la Fundación para recurrir cualquier acto o disposición reglamentaria que altere o incida en situaciones acontecidas durante la etapa de la guerra civil o aquella en la que Francisco Franco fue Jefe del Estado español, lo que no es admisible”.

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