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El juez rechaza citar a Pablo Iglesias como imputado en el caso Dina a la espera de un nuevo informe policial

La ministra de Derechos Sociales y candidata a la Secretaría General de Podemos, Ione Belarra, junto a Pablo Iglesias en una reunión del CCE.

Pedro Águeda / Elena Herrera

20 de mayo de 2021 13:30 h

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El juez del caso Villarejo, Manuel García-Castellón, ha rechazado citar como imputado a Pablo Iglesias en el caso Dina como solicitaba la asociación Prolege, personada también en la causa Neurona contra Podemos y que había aprovechado la pérdida de la condición de aforado por parte del que fuera vicepresidente segundo del Gobierno. El magistrado alega que está a la espera de recibir un informe pericial informático sobre la tarjeta de memoria facilitada en su día por Dina Bousselham.

 El juez explica que la diligencia interesada “no resulta procesalmente pertinente en este momento, toda vez que este instructor está pendiente de recibir el resultado del informe interesado en resolución de 1 de marzo de 2021, conforme a lo ordenado por el Tribunal Supremo en el auto de 27 de enero de 2021, cuando se acordó recabar un informe pericial informático sobre la tarjeta de memoria facilitada en su día por Dina Bousselham, tras lo cual se practicarán, además, las diligencias señaladas en la referida resolución, que aún no se han practicado pues está pendiente el mencionado informe pericial.

 “De este modo la declaración del Sr. Iglesias resulta en este momento precipitada, en la medida en que no se ha aportado ningún indicio nuevo distinto de los que fueron valorados en su día por el Alto tribunal al pronunciarse sobre la exposición razonada”, concluye el instructor. La Fiscalía Anticorrupción había informado en contra de la citación de Iglesias.

El pasado enero, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo decidió archivar la causa contra el vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, por revelación de secretos y otros delitos que le atribuía el juez del caso Villarejo, Manuel García-Castellón, quien había elevado exposición razonada ante el Alto Tribunal por la condición de aforado entonces del líder de Podemos.

Los jueces del Supremo decidieron devolver la causa a la Audiencia Nacional porque resultaba absolutamente necesario escuchar a Dina Bousselham, la víctima del presunto delito, antes de acusar a Iglesias, una diligencia que García-Castellón se negó repetidamente a realizar antes de elevar la exposición razonada y pese a que la antigua asesora de Pablo Iglesias le había remitido un escrito exculpando al vicepresidente segundo. Los magistrados del Tribunal Supremo dejaban la puerta abierta a que, una vez agotada realmente la instrucción, el juez haya reunido indicios sólidos para imputar a Iglesias, no como ha ocurrido en esta ocasión.

Manuel García-Castellón acusaba a Pablo Iglesias del delito de descubrimiento y revelación de secretos; otro de daños informáticos; y otro de acusación y denuncia falsa, en relación con el robo del móvil de una asesora del partido Podemos, Dina Bousselham, en noviembre de 2015. Información contenida en ese móvil fue publicada posteriormente por varios medios de comunicación. Una copia del mismo fue hallada en el registro del domicilio del comisario Villarejo.

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Por otro lado, la jueza Luisa María Prieto, titular del Juzgado de Instrucción número 45 de Madrid, ha archivado la investigación sobre si Iglesias se quedó de forma irregular con 7.730 euros de la condena en costas de un procedimiento en el que fue defendido por abogados de la formación, tal y como denunció una abogada de Podemos. La magistrada, con el acuerdo de la Fiscalía, ha ordenado el sobreseimiento provisional al no ver delito en estos hechos, según han informado fuentes jurídicas a Europa Press. 

Este era uno de los tres “procedimientos independientes” que el juez que investiga a Podemos, Juan José Escalonilla, pidió abrir para que se investigaran las supuestas irregularidades denunciadas por Mónica Carmona, exresponsable de Cumplimiento Normativo de Podemos. Escalonilla instó a que esas pesquisas se abrieran en procedimientos independientes para evitar la “dilación” en la tramitación del llamado ‘caso Neurona’ y no en piezas separadas dentro de éste, como había solicitado la Fiscalía, que consideró que era preciso un “pronunciamiento” sobre esos hechos para ver si revestían “caracteres de delito” y si debían ser investigados.

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