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El Supremo rechaza la petición del fiscal general de apartar a varios jueces que resolverán sobre su nombramiento

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, momentos antes de presidir la Junta de Fiscales celebrada en Barcelona en febrero pasado

Alberto Pozas

29 de mayo de 2024 16:01 h

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El Tribunal Supremo ha rechazado la recusación que Álvaro García Ortiz presentó contra cuatro magistrados que tiene que resolver sobre su nombramiento como fiscal general del Estado. El instructor entiende que esta petición del fiscal general fue presentada demasiado tarde. Una recusación en la que García Ortiz alegaba, entre otras cosas, que esos mismos magistrados ya habían anulado el ascenso de Dolores Delgado, uno de los motivos principales del recurso que una asociación interpuso contra su propio nombramiento.

Esta Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF), con un representante en el Consejo Fiscal tras las últimas elecciones, planteó ante el Tribunal Supremo la anulación del segundo nombramiento de Álvaro García Ortiz como sucesor de Delgado al frente del Ministerio Público. Lo hizo planteando dos cuestiones principales: que el Consejo General del Poder Judicial con el mandato caducado había declarado no idóneo a García Ortiz para revalidar el cargo después de su primer mandato, y que además el Supremo le había acusado de “desviación de poder” al tumbar el ascenso de Delgado a la máxima categoría fiscal.

Los propios magistrado recusados, que firmaron la sentencia sobre el nombramiento de Delgado, rechazaron que tuvieran que apartarse ahora de las deliberaciones sobre García Ortiz, en una decisión que ha avalado el instructor de esta fase del pleito. Eduardo Calvo entiende que el fiscal general presentó sus alegaciones de forma “extemporánea” ya que, a pesar de conocer la composición de la sala, tardó varios meses en plantear este argumento.

“Resulta de todo punto inimaginable que el fiscal general del Estado no conociera la resolución judicial que había anulado el nombramiento que el mismo había propuesto aquel. De hecho, el recusante en ningún momento ha alegado que antes de la demanda presentada en este proceso desconociese la sentencia de 21 de noviembre de 2023”, reprocha el instructor.

Para el Supremo es “inconsistente” que alegue que solo supo qué jueces iban a resolver su caso cuando se personó ante la sala de lo contencioso-administrativo. Lo mismo entienden sobre el hecho de que José Luis Requero forme parte de la sala y en un artículo de prensa publicado en esos días calificó de “apesebrados” al Constitucional y la Fiscalía General. “Conocía el mencionado artículo de prensa antes de su personación en el proceso, su escueta mención a efectos de recusación resulta claramente extemporánea”.

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