La Fiscalía pide al Supremo inadmitir la querella contra Ayuso por la gestión de la pandemia
La Fiscalía ha solicitado al Tribunal Supremo la inadmisión de la querella que la Asociación en Defensa de las Pensiones Públicas (ADEPPU) presentó contra la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, por la gestión de la crisis derivada de la pandemia de COVID-19 y en la que le atribuían delitos de homicidio imprudente, trato vejatorio, prevaricación, delito contra los derechos de los trabajadores y denegación de auxilio.
El informe concluye que no existen indicios de la comisión de los delitos que señala la asociación querellante porque “no se detallan datos relativos a la participación en los mismos” de Ayuso y dice que los querellantes se limitaron a realizar “una relación de hechos transcritos de un periódico” y tampoco detallan la identidad de las personas fallecidas ni las circunstancias en las que se produjeron esas muertes ni las razones que permitan imputar ese “resultado lesivo” a la presidenta regional.
En consecuencia, el informe señala que procede acordar la inadmisión a trámite de la querella, dada la “manifiesta indeterminación” de los hechos atribuidos Ayuso, ya que la responsabilidad criminal se le atribuye “no por su concreta intervención en unos hechos delimitados y claramente precisados, sino en atención al cargo que ocupaba en el momento de desatarse la situación de crisis sanitaria generada por el coronavirus SARS- COVID-19”, lo que “haría fracasar la querella presentada”.
La Fiscalía del Tribunal Supremo entiende que “las numerosas pérdidas de vidas humanas en las residencias de Madrid, así como los numerosos contagios del personal sanitario, como consecuencia del virus, podría tener reparación en otros ámbitos, pero no en esta vía penal” que requiere que se inicie atribuyendo al querellado hechos “concretos y determinados” y “aportar un indicio probatorio de tales hechos”.
Escribe Elena Herrera.