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Las redes P2P son legales en España: sentencia a favor de Pablo Soto

El informático Pablo Soto, creador de Blubster y ManolitoP2P

elDiario.es

Madrid —

Crear y difundir redes de intercambio de archivos P2P es legal en nuestro país. Así lo confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid en la que se desestima el recurso de las discográficas contra la decisión del Juzgado Mercantil nº4 de la capital de absolver a Pablo Soto, al que acusaban de lucrarse con sus contenidos.

En su fallo, los jueces señalan que “ofertar una tecnología P2P avanzada no supone incurrir en actos de expolio ni de aprovechamiento indebido del esfuerzo ajeno”, motivo por el que su creador no puede ser condenado. Los demandantes, Promusicae, Warner Music, Universal Music, Emi Music y Sony BMG exigían 13 millones de euros a Soto por los daños y perjuicios que, a su juicio, habían ocasionado las aplicaciones Blubster, Piolet o Manolito.

Lejos de las pretensiones de los demandantes, la Audiencia Provincial de Madrid recuerda que los creadores de software de intercambio de archivos “carecen de cualquier posibilidad de control sobre el empleo concreto que dan los usuarios a la herramienta informática puesto que éstos no precisan de intermediación técnica alguna por parte de aquellos para operar”.

Frente a la intención de los demandantes de aplicar en este caso la doctrina de la infracción indirecta de la propiedad intelectual, tal y como se hizo en Estados Unidos para condenar a Napster, el fallo señala que “resulta complicado encontrar un soporte jurídico sólido” para tal posibilidad en el marco legal español.

David Bravo, abogado encargado de la defensa de Soto junto a Javier de la Cueva y José Ignacio Aguilar, ha celebrado la noticia afirmando en Twitter que “la sentencia da seguridad jurídica a los desarrolladores de software en España, que no serán responsables de los usos de su herramienta”. De la Cueva resumía en varios tuits los aspectos más destacados del fallo y calificaba la sentencia de “palo importante” para la doctrina de la infracción indirecta de la propiedad intelectual.

Sentencia favorable a Pablo Soto by eldiario.es

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