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La Junta Electoral Central ordena sancionar a María Guardiola por hacer campaña con fondos públicos

La presidenta de la Junta de Extremadura, María Guardiola, junto a la consejera de Agricultura, Mercedes Morán, en la visita que el 10 de noviembre realizaron a las obras hidráulicas de Jerte

elDiarioex

28 de noviembre de 2025 08:04 h

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La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado incoar un expediente sancionador contra la presidenta de la Junta de Extremadura, María Guardiola, y la consejera de Agricultura, Mercedes Morán, por vulnerar la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG). El organismo arbitral considera que ambas dirigentes utilizaron una visita institucional a las obras de abastecimiento de agua en el Jerte para realizar una campaña de logros prohibida durante el periodo electoral.

La resolución, fechada este jueves, estima el recurso presentado por el PSOE y revoca el acuerdo previo de la Junta Electoral de Extremadura, que el pasado 18 de noviembre había archivado la denuncia al no apreciar infracción. Sin embargo, la JEC ha corregido este criterio, señalando que existen indicios suficientes de que se vulneraron los apartados 2 y 3 del artículo 50 de la LOREG, que prohíben actos de inauguración y alusiones a las realizaciones obtenidos por los poderes públicos desde la convocatoria de elecciones.

Una visita “técnica” con tintes electoralistas

Los hechos se remontan al pasado 10 de noviembre de 2025, cuando Guardiola y Morán visitaron las obras de la balsa de abastecimiento del municipio de Jerte. Aunque la defensa de la Junta de Extremadura alegó que se trataba de una “visita técnica” de emergencia y de interés general , la JEC desmonta este argumento al constatar que se convocó a los medios de comunicación y se difundió el acto ampliamente en los perfiles institucionales y redes sociales de la Administración regional.

El organismo central subraya que las declaraciones de la presidenta extremeña durante el acto no se limitaron a informar, sino que tuvieron una clara connotación valorativa. Guardiola destacó “el ritmo muy bueno” de la ejecución, presupuestada en 3,7 millones, y enfatizó las “obras de emergencia” realizadas por su Ejecutivo para garantizar el agua tras los incendios, unas manifestaciones que la JEC interpreta como una venta de logros políticos.

En sus alegaciones, las denunciadas argumentaron que en la fecha de la visita ninguna de las dos era oficialmente candidata del Partido Popular. La JEC ha desestimado tajantemente esta defensa, recordando la jurisprudencia del Tribunal Supremo que establece que la prohibición de la LOREG afecta a los “poderes públicos” y a sus titulares, independientemente de si concurren o no en las listas electorales.

Consecuencias inmediatas

El acuerdo, que es firme en vía administrativa, ordena tres medidas inmediatas. Por un lado, la Junta de Extremadura debe eliminar de sus canales oficiales toda referencia, nota de prensa, vídeo o fotografía relativa a la visita. Además, se insta a la presidenta y a la consejera a abstenerse en el futuro de realizar actuaciones similares que quiebren la neutralidad.

Por último, se remite el caso a la Junta Electoral Provincial de Cáceres para que proceda a la apertura del expediente sancionador por vulneración del deber de neutralidad política consagrado en el artículo 103.1 de la Constitución.

Recurso ante el Supremo

La presidenta de la Junta de Extremadura, María Guardiola; y la consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, Mercedes Morán, recurrirán ante el Tribunal Supremo la resolución de la Junta Electoral Central (JEC) relativa a la visita institucional que realizaron el pasado 10 de noviembre a las obras de emergencia de abastecimiento de agua en Jerte (Cáceres), al considerar que no se vulneró la Ley Orgánica Electoral (LOREG).

En un comunicado, el Ejecutivo regional ha recordado que estos mismos hechos ya habían sido analizados por la Junta Electoral de Extremadura, que “desestimó la denuncia presentada por el PSOE y concluyó que las declaraciones de la presidenta se limitaron a explicar actuaciones de interés general, sin contenido electoralista”.

“Asimismo, el órgano autonómico dejó claro que la consejera de Agricultura, Mercedes Morán, no realizó declaración alguna durante la visita, por lo que no pudo infringir la normativa electoral”, ha señalado.

A juicio el Gobierno extremeño, “la resolución de la JEC contradice ese análisis previo y no tiene en cuenta el carácter técnico y de emergencia de las obras visitadas, cuyo contenido informativo se dirigía exclusivamente a explicar actuaciones necesarias para garantizar el abastecimiento de agua tras los incendios sufridos en la zona”. En el recurso contencioso-administrativo defenderá que “la actuación fue plenamente respetuosa con la neutralidad institucional y con la Ley Electoral”.

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