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El Gobierno de Aragón recurre una sentencia que le obliga a pagar la hormona de crecimiento de un niño

El consejero de Sanidad del Gobierno de Aragón, Sebastián Celaya.

Marta Salguero

Zaragoza —

Los padres de un niño, a quien se le prescribió en la sanidad pública la hormona del crecimiento como única solución a su problema, reclaman al Gobierno de Aragón (PSOE) el coste del tratamiento, que han tenido que pagar de sus bolsillos ante la negativa del Comité Asesor a financiarlo.

El caso ha acabado en los tribunales, con una sentencia del juzgado de lo Social de Huesca que da la razón a la familia y obliga al Gobierno de Aragón a pagarle 11.505 euros por los costes del tratamiento, ya que sostiene que este estaba “plenamente justificado”. De hecho, el menor ha logrado aproximar su talla a la que le corresponde por su edad gracias a la medicación, pero ha sido tras un periplo que se ha complicado más de lo esperado. Y no ha terminado, ya que el Ejecutivo autonómico ha recurrido la sentencia.

El abogado especialista en Derecho sanitario que ha ejercido la defensa, Ricardo Agoiz, reconoce estar “sorprendido” con este caso y critica la “desfachatez” del Ejecutivo por obligar a los padres a ir a juicio y recurrir después una sentencia clara, “que da un repaso al Gobierno de Aragón” por haber denegado el tratamiento.

“Esto es impresentable, no hay por dónde cogerlo”, manifiesta Agoiz. Fuentes de la Administración sostienen que este es el procedimiento habitual, ya que la asesoría jurídica tiene la obligación de recurrir todas las sentencias desfavorables. Esto es así en todos los casos, a no ser que el letrado realice un informe motivado porque no hay posibilidad de ganar el recurso.

La hormona de crecimiento como única solución

Los hechos se remontan a 2014, cuando la familia acudió al Servicio Aragonés de Salud ante la falta de crecimiento de su hijo, de cinco años. Tras un año de estudio, distintos médicos del Hospital de Barbastro (Huesca) pautaron la hormona de crecimiento como la única solución al problema e insistieron en la necesidad de iniciar el tratamiento de inmediato para que tuviera resultado. Una vez solicitada por el Servicio de Pediatría del centro, esta decisión pasa al Comité Regional, que es el que finalmente autoriza el tratamiento.

En este caso, el Comité Regional no lo autorizó, al entender que se requerían más estudios como se indicó en una carta enviada a la familia. Ante esta negativa, y fiándose del criterio médico antes que del administrativo, los padres acudieron a la sanidad privada y el niño inició el tratamiento con un resultado satisfactorio. No solo lo certificaron así los médicos que llevaban el tratamiento en la sanidad privada, sino que también lo hizo el Servicio de Pediatría del Hospital de Barbastro, que en un informe de enero de 2015 volvió a manifestar que el tratamiento estaba dando buen resultado y requirió de nuevo al comité su aprobación, para que la familia no tuviera que costearlo de sus propios bolsillos.

En respuesta a esta petición, el Gobierno de Aragón pidió que suspendiera el tratamiento durante cuatro meses para valorar su efectividad, algo a lo que la familia accedió a pesar de la urgencia de seguir con el mismo. La edad del menor, ahora de siete años, urgía a llevarlo a cabo de inmediato para obtener resultados.

Durante este tiempo, se constató que el niño dejaba de crecer y el Comité Asesor autorizó finalmente el tratamiento. Pero lo hizo a partir de ese momento, sin hacerse cargo de la cuantía que la familia había desembolsado previamente, por lo que el caso acabó en los tribunales.

La presidenta de El Defensor del Paciente, Carmen Flores, critica que el Gobierno de Aragón se oponga a reintegrar los gastos cuando hay una sentencia que le obliga a hacerse cargo del coste e insisten en que el tratamiento se prescribió en la sanidad pública. Desde esta asociación entienden que son los facultativos los que tienen que prescribir los tratamientos médicos y farmacológicos que consideren oportunos y que esta medicación debe aprobarse con este criterio, máxime si no está excluida del Sistema Público de Seguridad Social.

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