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Sobre este blog

El caballo de Nietzsche es el espacio en eldiario.es para los derechos animales, permanentemente vulnerados por razón de su especie. Somos la voz de quienes no la tienen y nos comprometemos con su defensa. Porque los animales no humanos no son objetos sino individuos que sienten, como el caballo al que Nietzsche se abrazó llorando.

Editamos Ruth Toledano, Concha López y Lucía Arana (RRSS).

Pilar de Lara: “Resulta agotador el cuestionamiento constante de los esfuerzos realizados en defensa de la protección animal”

La jueza Pilar de Lara y su perro Rufo

Lucía Arana

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Para quienes nos dedicamos a la defensa animal es usted un referente y ha dictado algunas sentencias pioneras en este ámbito. ¿Hay algún caso que le haya marcado especialmente?

Todos estos temas me tocan porque detrás de cada uno de ellos hay una historia. No puedo obviar el caso de la perrita Katalina, que se precipitó a la calle desde una ventana por causas que lamentablemente no fuimos capaces de averiguar. Sufrió lesiones que requirieron intervención quirúrgica y de las que hoy está plenamente restablecida gracias a la actuación judicial y del Hospital Rof Codina.

En este asunto dicté un auto acordando medidas cautelares de protección de la perra que comprendían el decomiso, la retirada de su guarda y custodia, y un alejamiento. Recuerdo este caso con especial cariño, no solo porque tuvo un final feliz, sino porque fue el que me permitió ahondar en las lagunas que presenta el Derecho español en materia de maltrato y protección animal, así como en las deficiencias en la investigación de este tipo de delitos.

Pero no es el caso que más me afectó. Un asunto que me llegó al alma fue el del  perrito Yanko, que vivía en una situación terrible, confinado durante meses en su casa, sin salir a la calle para nada, en condiciones higiénicas lamentables, rodeado de insectos y de sus propias heces. Su mirada reflejaba mucho miedo y tristeza, y a fecha actual, arrastra importantes secuelas psicológicas.

Es usted miembro experto de INTERcids, operadores jurídicos por los animales. ¿Cómo se percibe la defensa de los animales no humanos desde el mundo judicial? ¿Están los jueces y juezas preparados para este tipo de casos, tanto a nivel de formación como a nivel de sensibilidad?

Pues de entrada, cada vez que utilizo la expresión “animales no humanos”, me miran con cierta extrañeza, incluso algunos compañeros.

Vamos a ver, los jueces estamos preparados para abordar toda clase de asuntos, constantemente nos vemos obligados a actualizar nuestros conocimientos. Yo tengo pesadillas cada vez que abro el BOE. Tenemos que tocar muchos palos, también en materias no propiamente jurídicas, por la cada vez más diversa casuística que se nos presenta. El Derecho en ocasiones va a remolque y no tiene soluciones expresas.

Lo que es cierto es que, en materia de maltrato animal, a pesar de que solo tenemos dos artículos en el Código Penal, existe una jurisprudencia de lo más variopinta para casos frecuentemente similares. Eso resulta frustrante y traslada a la ciudadanía la sensación de que en función del juez que te toque, de su mayor o menor sensibilidad, el asunto puede tener una u otra solución.

Pero los ciudadanos no tienen que exigir a los jueces sensibilidad, sino conocimiento y aplicación del Derecho, sin dejarnos llevar por nuestras motivaciones o nuestras ideologías, que evidentemente como ciudadanos tenemos.

A mí se me considera una juez animalista. Bien, como ciudadana, lo soy. Pero como juez, me desvisto de mi ideología y me limito a aplicar el Derecho. Y ahí radica buena parte del problema, porque lo que no podemos hacer los jueces es inventar el Derecho. En ocasiones escucho que las penas que se imponen son muy livianas, pero es que no podemos imponer penas superiores a las que establece el Código Penal, por más que yo considere necesario aumentar las penas aparejadas a estos delitos.

¿Por qué cree que la jurisprudencia en casos de maltrato animal es, como dice, tan variopinta?

Un problema es que la técnica legislativa empleada para estos tipos penales contribuye a la disparidad de interpretaciones. Es decir, se utilizan conceptos jurídicos indeterminados como el de “gravedad”, o el de “crueldad”, o el concepto de “abandono” mismo. En buena parte, dependes de las pruebas que te aporten, y ahí no te voy a decir que no pese la concepción que cada uno (el policía que haya redactado el atestado, el veterinario que haya examinado al animal o el propio juez) tenga sobre el bienestar animal.

Otro factor es la visión cosificadora de los animales que todavía impera en nuestro Derecho. Esta equiparación cosas/animales que pervive entre muchos juristas impide dar a esta clase de delitos la relevancia que tienen y la adopción de medidas urgentes para evitar un daño.

De todas formas, aunque queda mucho por avanzar, noto una cada vez mayor preocupación en el ámbito jurídico y judicial y un mayor compromiso con el bienestar animal. Es bastante representativo que, frente a la cerrazón de autoridades administrativas, que han llegado a multar a voluntarios de entidades de protección animal, hayan sido precisamente los juzgados los que han reconocido los derechos de las colonias felinas y de las protectoras durante el estado de alarma, por ejemplo.

¿Qué diría a todas esas personas que nos reprochan dedicar esfuerzos a proteger a los animales, “habiendo cosas mucho más importantes”?

Resulta agotador ese cuestionamiento constante de los esfuerzos realizados en defensa de la protección animal. Sin ir más lejos, en esta cuarentena hemos visto la reacción adversa de ciudadanos criticando que se dejara salir a los perros y no a los niños.

Cuando interesa, se realiza la equiparación entre animales humanos y no humanos. A mí se me han echado en cara los esfuerzos en investigar delitos de maltrato animal, cuando puedo asegurar que pongo el mismo empeño en toda clase de causas. Cuando me preguntan  por qué en mis vacaciones me dedico a dar conferencias sobre protección animal les respondo con otra pregunta: y tú, ¿por qué no? Cada uno dedica sus esfuerzos a los objetivos y proyectos que tiene por oportuno.

También les recordaría que todos somos animales, que la capacidad de sentir y de sufrir es exactamente la misma. Lo único que nos diferencia es que desarrollamos habilidades diversas.

Por otra parte, no veo incompatibilidad alguna entre la defensa de unos objetivos u otros. Realmente, el fin último es el mismo: la defensa de una sociedad más justa y equitativa, basada en la no violencia en todas las esferas.

Y finalmente, desde un punto de vista exclusivamente egoísta, tendríamos que comprender la necesidad de proteger nuestros ecosistemas, la biodiversidad y el mundo animal en general para disfrutar más y mejor de nuestra calidad de vida. Yo te puedo decir que una de las cosas que más he disfrutado esta cuarentena son las minisiestas con mi perro.

¿Cree que en los ámbitos jurídicos se va comprendiendo el vínculo existente entre la crueldad contra los animales y la violencia hacia las personas?

Aunque parece claro que quien desprecia la vida de un animal a menudo también despliega su agresividad contra otras personas de su entorno, en España (salvando los esfuerzos realizados por entidades como INTERcids o CoPPA, que tratan de visibilizar ese vínculo como una forma de prevenir y detectar la violencia contra las personas), en el ámbito jurídico, apenas se presta atención a esta relación. En mi opinión, la respuesta judicial es todavía tibia y, en ocasiones, inexistente.

Como consecuencia de un Congreso en el que participé en Valencia, analicé la respuesta judicial a este vínculo, examiné muchísimas resoluciones y advertí que el maltrato animal es utilizado con mucha frecuencia como instrumento para maltratar, coaccionar o amenazar a la pareja o a los hijos, para presionarlos psicológicamente o como motivo de venganza. Siempre se repetía el mismo rol: mi esposa, mis hijos, mi casa, mis muebles, mi perro…

Pese a ello, y a los espeluznantes relatos fácticos de las sentencias, pocas dedicaban algún apartado específico a la relación, y terminaban analizando ambas violencias como compartimentos estancos.

¿Qué medidas considera que habría que tomar en esta dirección?

Habría que incluir los actos de crueldad hacia animales dentro de la definición legal de la violencia doméstica cuando tales actos tengan por finalidad amenazar, coaccionar o intimidar a otra persona en el seno de dicho hogar. Alguna ley autonómica, como la de Castilla la Mancha, ya lo contempla.

Por supuesto, también habría que incluir a los animales en las valoraciones del riesgo y en las órdenes de protección, aunque yo ya he dictado alguna orden de protección resolviendo sobre la atribución de los cuidados del perro o gato.

Otro problema es que no hay estadísticas oficiales, como tampoco hay un registro estatal de infractores por maltrato animal y ni siquiera un registro estatal oficial de animales, donde se inscriba la hoja histórica de cada animal, con todas sus modificaciones.

Un hecho que dificulta la verificación de la relación es que, hasta la reforma de 2015, la mayor parte de los maltratos animales terminaban juzgándose como juicios de faltas, por lo que no generaban antecedentes penales.

Por supuesto, habría que crear una red de casas de acogida para víctimas de violencia de género, que muchas veces no huyen de su maltratador o retrasan la decisión por temor a abandonar a sus animales. Y desde el punto de vista práctico, habría que formar a los veterinarios, no solo para la detección de maltrato animal sino también del maltrato doméstico.

 

Usted se encuentra en este momento suspendida de empleo y sueldo por una falta de retrasos injustificados en las causas que instruía, las mayores causas contra la corrupción que se han conocido en Galicia. ¿Qué puede y quiere decirnos al respecto? ¿Cree que está siendo víctima de una injusticia?

Es cierto que hay mucha gente, ciudadanos de a pie, abogados y compañeros, que opinan que he sido víctima de una gran injusticia pero, sin entrar en esas valoraciones, como jurista que soy, por puro rigor jurídico, lo que afirmamos en el recurso es que la sanción que se me impuso es desproporcionada, puesto que hasta el Ministerio Fiscal había pedido una sanción notoriamente inferior (de tres meses) y que se ha incurrido en desviación de poder, partiendo de los datos objetivos que obran en el expediente.

De entrada y contrariamente a lo que se ha afirmado en muchos medios de comunicación, el expediente no se inició por ninguna queja o denuncia de ningún abogado ni particular, sino de oficio por el Servicio de Inspección, en base a un inexistente expediente de seguimiento, que nunca se nos notificó.

El hecho originador del expediente es una supuesta evolución negativa de las macrocausas. Pero la Inspección incurre en un flagrante error, ya que afirma que el número de causas que el juzgado tramitaba en noviembre de 2017 era prácticamente el mismo que tramitaba en junio de 2015. Ese dato era falso, porque era la mitad, y así lo reconoce el Pleno del CGPJ en el acuerdo que resuelve el recurso de alzada.

Una vez iniciado el expediente disciplinario, algunos abogados de investigados presentan quejas. Lo curioso es que lo hacen, según los mismos letrados afirman, animados por los inspectores. Paradójicamente, a mí se me denegó toda la prueba propuesta para acreditar mi dedicación profesional, que era la testifical de secretarios judiciales y miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y la de dos miembros del servicio de inspección.

Otro dato llamativo es que cuando el día 26 de septiembre de 2019 el Pleno resuelve el recurso de alzada interpuesto se salta varios puntos del orden del día, que dejan sin resolver, para decidir sobre mi asunto que era el último punto a tratar. A pesar de su volumen y complejidad (más de 5.000 folios), lo liquidan en menos de veinte minutos. Lo asombroso es que, según se lee en el acta, una vocal llegó a afirmar que la propuesta, además de estar poco motivada, podría dar lugar a que se sospechara que la sanción tenía como fin último lograr la pérdida del destino, que es justo lo que nosotros defendemos. 

Tampoco se tuvo en cuenta ni la carencia de medios personales y materiales con los que tuve que trabajar ni las presiones que sufrí a lo largo del tiempo (amenazas de muerte hacia mí y mi hija, insultos, intento de agresión, pintadas...).

¿Cree que su firme posicionamiento ante los colectivos más vulnerables ha podido influir algo en su cese? 

No, en absoluto. Como antes te comenté, como miembros de la sociedad civil, los jueces podemos estar comprometidos en la defensa de proyectos e intereses en los que creamos  firmemente, pero como jueces, nuestro instrumento es el Derecho, y uno de sus pilares básicos, el principio de igualdad.

Cosa diferente es que haya determinadas clases de delitos que prioritariamente sufren personas en situación de vulnerabilidad, como son los delitos de prostitución coactiva o de trata, en los que las víctimas son mayoritariamente mujeres, extranjeras, empobrecidas, explotadas, con muchas carencias, y eso obliga a abrir más la mente y a realizar un esfuerzo adicional.

En esta clase de delitos los testimonios de las víctimas resultan esenciales y no es lo mismo realizar una declaración al dueño de un local al que han entrado a robar que a mujeres que han venido a España engañadas para ser explotadas sexualmente, que tienen desconfianza hacia la policía y los jueces, que proceden de países donde la corrupción esta institucionalizada, no hablan tu idioma y tan siquiera tienen la percepción de ser víctimas. De repente se ven sentadas ante una señora a la que no conocen de nada y a la que tienen que contar su vida, sus penurias, aspectos íntimos, humillaciones y presiones. Lloran, dudan, preguntan...; tienen miedo. Claro, cambias la forma de llevar el hilo de la declaración y les dedicas mucho más tiempo. Detrás de una declaración de ocho folios, igual hay ocho horas.

Eso todavía se complica más si confluye corrupción policial y los investigados son quienes, precisamente, tenían que protegerlas: guardias civiles y policías. A la complejidad de la causa, con numerosas víctimas, se añaden otros factores extraprocesales, presiones, ataques, insultos, una incomprensible connivencia social.

No creo que haya sido tanto la condición de las víctimas como la de los investigados. De hecho, lo que tienen en común las causas por las que he sido sancionada es que son procesos donde se investigaba corrupción política, policial y empresarial. 

¿Cuáles son sus planes para el futuro, una vez concluya el plazo de cese?

La sanción que me ha sido impuesta conlleva la pérdida de destino, así que tendré que pedir plaza en el primer concurso de magistrados que salga en el que accederé a los destinos que queden vacantes porque no los haya pedido nadie.

Ya me he hecho a la idea de que probablemente tenga que marchar a muchos kilómetros de mi residencia habitual, lejos de mi familia. En el más que probable caso de que no obtenga destino en Asturias, me gustaría ir a Cataluña, puesto que además de ser una tierra que me gusta mucho, en la que tengo familia y grandes amigos, hoy por hoy es la más avanzada en Derecho Animal, por lo que sería una gran oportunidad para poder estudiar y progresar en esta materia.

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