Una sentencia anula las ratios en tres cursos de Educación Primaria el pasado curso escolar por “contradecir” normativa estatal
El Sindicato de Trabajadores de la Enseñanza, STE, ha anunciado que la Consejería de Educación de Castilla-La Mancha va a “adaptar” las ratios máximas de alumnado en Bachillerato y Formación Profesional, tras un acuerdo conseguido en la mesa de Educación. Esto, gracias a la sentencia 305/2020 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que anula la resolución del 10/01/2019 en la que se establecían ratios máximas en los cursos de quinto y sexto de Educación Primaria en 28 alumnos, no 25.
El sindicato ha asegurado que esto hará que las ratios bajen de 40 a 35 en el caso de Bachillerato y que habrá un aumento de unos 190 puestos de trabajo para docentes. “La citada sentencia, exige el cumplimiento de la normativa de rango superior, por lo que hoy, en la Mesa de negociación de Educación, hemos exigido también que se incluya en dicha resolución la ratio máxima en FP a 30 alumnos/as por grupo, como marca el RD 1147/2011. La Consejería se ha comprometido a derogar el Decreto 105/2012 de la época de Cospedal y Marín, lo cual nos parece una excelente noticia, si bien quedan derechos por recuperar”, recalcan.
En la sentencia se relata como en marzo de 2019, el sindicato interpuso un recurso contra la resolución de la Consejería de Educación que establecía la relación de alumnos por aula para el curso 2019/2020. En los fundamentos de derecho de la sentencia, se señala como “indudable y meridiano”, en base a Leyes Orgánicas como la LOMCE, la LOE y la Ley de Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha, que la ratio de alumnos en educación primaria debía ser de 25, mientras que para el curso 2019/2020, se fijó en 28, una norma reglamentaria que “contradice abiertamente la anterior normativa”, y es el motivo por el que procede a declarar su nulidad.
Y recuerda, también, que medidas como las que permitieron en su momento subir la ratio de alumnos hasta a 30 en Educación Primaria, sólo se vinculaban a una situación “extraordinaria o anormal” y que no se corresponden con los años de 2016 en adelante. Por eso, rechazan sentencias presentadas por la Junta de Comunidades en la contestación al recurso.
El documento aclara, eso sí, que las ratios de alumnado del curso que se señala, sí fueron negociadas “efectivamente”, rechazando así uno de los alegatos presentados por el sindicato, que señalaba que no se realizó negociación sindical para declarar el número de alumnos por aula. “El Acta recoge expresamente el intenso debate entre el Jefe de Servicio de Planificación y Plantillas y los representantes sindicales sobre la ratio en primaria, alegando expresamente contra la propuesta de la Administración, básicamente que era un incumplimiento de la Ley la citada ratio y la misma política de recortes que el PP”, señala la sentencia.
Finalmente, se impone a la Administración regional el pago de costas, de un máximo de 1.500 euros y se anula la resolución impugnada. La Junta de Comunidades puede ahora preesntar un recurso de casación en un plazo de 30 días, tras la notificación de la sentencia.
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