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Condenados a 20 años de cárcel tres hombres por violar en grupo a una joven en Molins

Uno de los acusados, durante el juicio

Oriol Solé Altimira

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No trataron “súper bien” a la víctima, como llegó a decir uno de los acusados. La violaron por turnos dentro de un coche en un descampado. Así lo ha sentenciado la Audiencia de Barcelona, que ha condenado a 20 años de cárcel a cada uno de los tres hombres por la violación a una joven en Molins de Rei (Barcelona) en 2018 tras salir de una discoteca. El tribunal considera a los tres autores de un delito de agresión sexual así como cooperadores necesarios del mismo delito cometido por sus otros dos compañeros.

La Fiscalía pedía 43 años de cárcel contra dos acusados y 46 contra un tercero por supuestamente haber fotografiado la agresión y enviado las imágenes por Whatsapp. Los magistrados absuelven de este último delito de revelación de secretos al tercer acusado. El tribunal también ha impuesto a los tres condenados una indemnización de 45.360 euros a la víctima.

La joven explicó en el juicio que pasó la noche en una discoteca de Molins. Al salir, pasó delante de ella el coche de los acusados, del que se bajaron para llevársela contra su voluntad. Ya en un descampado, los acusados, añadió, la violaron por turnos mientras al mismo tiempo la llamaban “puta” o la instaban a callarse y le recriminaban que se lo pusiera “muy difícil”. Después la abandonaron cerca de una estación de tren.

El tribunal da credibilidad al relato de la víctima, que califica de “fiable”, además de respaldado por el resto de pruebas del juicio, como las de tipo biológico –se halló semen de los acusados en el cuerpo y ropa interior de la víctima– y por los médicos que la visitaron horas después de los hechos. Los sanitarios corroboraron que la víctima presentaba lesiones en todo el cuerpo “compatibles” con una agresión sexual y heridas defensivas en las manos y brazos.

La víctima “en ningún caso consintió los actos sexuales descritos y tampoco pudo evitarlos pese a los gritos y la resistencia ofrecida ante la violencia que los procesados utilizaron”, concluye la sentencia de la sección 6ª de la Audiencia de Barcelona.

La joven, abunda el tribunal, sufrió una “situación de angustia al verse en el interior del habitáculo de un vehículo y en un descampado, alejada de la posibilidad de pedir auxilio mientras sufría de forma sucesiva los tres ataques sexuales contra su libertad sexual”.

Los jueces descartan la versión de relaciones sexuales consentidas que dieron los acusados. Es más, los magistrados tildan de “totalmente prescindible e innecesario” el informe de dos psicólogas que presentaron los acusados en el que las peritos aseguraban –sin haberla entrevistado– que el relato de la menor carecía de veracidad y que los acusados no tenían el “perfil” de agresor sexual. “No existe un perfil de agresor sexual sino varios”, recuerdan los jueces, que ven este tipo de dictámenes pertinentes en el ámbito de la reinserción tras la condena, pero totalmente “improcedentes” en un juicio penal.

El único elemento de “insinceridad” que detectan los jueces en la versión de la víctima es el color del coche que había a la salida de la discoteca. Dijo la joven en fase de instrucción que el vehículo era gris, pero en el juicio afirmó que era rojo y explicó su primera versión por las “sugerencias” de los Mossos, algo que negaron los agentes. Las defensas de los acusados convirtieron ese detalle del color del coche en una enmienda a la totalidad de la versión de la joven, a quien acusaron de contradecirse y de presentar un relato falso.

Destaca el tribunal que esa falta de sinceridad en el color del coche por parte de la víctima puede deberse a “múltiples factores”, entre ellos la voluntad de ser creída “y de no fallar en ninguno de sus aspectos”. Pero los jueces rechazan el resto de “contradicciones” aducidas por la defensa, que para el tribunal no son sino “faltas de precisión” provocadas por la ingesta de alcohol y drogas de la joven la noche en que fue violada.

En el núcleo de la acusación de agresión sexual, destacan los jueces, no hay “tacha de incredibilidad” en el relato de la joven, que además ha sido mantenido en el tiempo. Su versión viene confirmada, además de por los restos de semen de los acusados, por los testigos que encontraron “en shock” a la joven en la estación, estado que corroboran los informes de Urgencias donde fue atendida tras la agresión y que también reportaron las lesiones compatibles con la violación.

Por si no fuera suficiente, los jueces recuerdan las fotografías de los hechos halladas en el móvil de uno de los acusados –y que borró al saber que estaba siendo investigado. Para las defensas acreditaban las imágenes mostraban consentimiento de la joven, extremo que “difícilmente podría concluir un observador medio e imparcial”, zanja el tribunal. “No es posible apreciar signo alguno que exteriorice consentimiento o asentimiento”, agrega.

Si bien constata que uno de los acusados hizo fotos a la víctima durante la violación y lo compartió en un chat de Whatsapp –imágenes que luego borró–, la Sala absuelve a este procesado de los delitos de descubrimiento y revelación al considerar que no está acreditado que lo vieran personas ajenas al grupo (las acusaciones no pidieron que declarara uno de sus integrantes).

Además de las fotos están los audios que se enviaron y recibieron los acusados, que para los jueces reafirman la falta de consentimiento. “La hemos liao, la hemos liao”, dijo uno de los acusados, a quien su madre le advirtió en otro audio de que iría a la cárcel y le recriminó que era “tonto”. Otro de los acusados además envió un audio en el que recriminaba a otro joven haberse ido porque había sido “una gozada” y “un poco más y le pegamos un bukakke” a la víctima. En los próximos días Fiscalía y acusación particular de la víctima concretarán si piden el ingreso en prisión provisional de los tres condenados, que a día de hoy siguen en libertad, mientras se resuelven los recursos a la sentencia.

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