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Antifraude ordena al alcalde de Almussafes que se abstenga de “hostigar” a la mujer que lo denunció por acoso

Toni González, alcalde de Almussafes, en un acto público.

Carlos Navarro Castelló

València —

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La Agencia Valenciana Antifraude (AVA) ha abierto procedimiento sancionador contra el alcalde de Almussafes, Toni González, y otros responsables de la Empresa Municipal de Serveis d'Almussafes (EMSPA) por la adopción de “represalias” contra la primero persona que lo denunció por acoso laboral. González recibió posteriormente una segunda denuncia de otra persona por acoso sexual, lo que ha derivado en su expulsión del PSPV-PSOE.

Según la resolución de la AVA, a la que ha tenido acceso elDiario.es, “a la vista del despido ya ejecutado, de la persistencia del perjuicio y del riesgo de consolidación del daño profesional y económico de la persona protegida, procede acordar una medida restauradora inmediata”. La Agencia ha constatado que los argumentos esgrimidos por la EMSPA para despedir a la denunciante relacionados con la revelación de una serie de datos no se sostienen porque esa misma información se había publicado por la entidad municipal: “Los datos de los trabajadores supuestamente revelados ya habían sido publicados por la empresa pública municipal en los informes de auditoría de los años anteriores”.

Según la AVA, la documentación remitida por EMSPA revela asimismo que, una vez incoado el expediente disciplinario, “todos los actos de instrucción se realizarán por la misma persona, hasta la propuesta de resolución que se elevará a esta Alcaldía”. Ese dato enlaza “la secuencia de hostigamiento dirigido castigar a la trabajadora menoscabando su integridad moral, con la esfera institucional de la Alcaldía y justifica, en este estado inicial del procedimiento, la inclusión provisional del titular de la Alcaldía-Presidencia entre los posibles responsables”.

Por este motivo, acuerda incoar procedimiento sancionador por la posible comisión de una infracción muy grave del artículo 63.1.b) de la Ley 2/2023, en relación con el artículo 36 de la misma ley, por la adopción de represalias contra G. A. Ll., persona informante protegida. La mencionada infracción puede acarrear una multa de entre 30.000 y 300.000 euros

La resolución señala como presuntos responsables a Antonio Manuel Orea Pedraza como consejero de la EMPSA a la propia empresa municipal como persona jurídica, a los miembros del Consejo de Administración que asistieron y votaron favorablemente los acuerdos adoptados en las sesiones de 9 de enero de 2026 y 13 de febrero de 2026 y a Toni González, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Almussafes, “en calidad de presunto responsable provisional, pendiente de concreción subjetiva tras la práctica de la prueba documental acordada en este acto”.

Además, como medidas provisionales propone “requerir a EMSPA la suspensión inmediata de la eficacia ejecutiva del acuerdo de despido disciplinario de 13 de febrero de 2026, así como de todos los actos de ejecución o desarrollo derivados del mismo” y que por lo tanto “reponga provisionalmente a G. A. Ll. en su puesto de trabajo, con mantenimiento íntegro de sus condiciones profesionales y retributivas, alta y cotización, hasta que recaiga resolución administrativa firme en este procedimiento o pronunciamiento jurisdiccional incompatible”. Además, requiere a EMSPA y al Ayuntamiento de Almussafes para que “se abstengan de realizar nuevos actos de presión, descrédito, exposición pública, hostigamiento o alteración perjudicial de las condiciones de trabajo de la persona protegida mientras se tramita este procedimiento”.

La Agencia concede a los presuntos responsables trámite de audiencia para que, en el plazo de diez días hábiles, puedan formular alegaciones, aportar documentos y proponer prueba.

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