Condenan a Bankia a devolver 23.000 euros a una mujer fallecida la pasada semana
Bankia ha sido condenada a devolver 23.000 euros de inversión a la mujer de 70 años que falleció la semana pasada en los juzgados de la Ciudad de la Justicia de Valencia cuando se disponía a acudir a un juicio por los productos bancarios conocidos como preferentes.
Así lo ha asegurado, en un comunicado, la Asociación de Afectados por Preferentes Apabanc, que ha hecho pública la sentencia del juzgado de primera instancia número 1 de Valencia, que estima la demanda de esta mujer, que murió el pasado 4 de febrero cuando acudía al juicio en el que figuraba como demandante, pero al que no estaba citada.
El juzgado declara nulo el contrato de adquisición de participaciones preferentes celebrado entre la demandante, una azafata jubilada, y la entidad financiera (entonces Caja Madrid) en mayo de 2009 por la existencia de “error esencial relevante y excusable en el objeto del contrato”.
Por ello condena a Bankia a devolver los 23.000 euros invertidos, más los intereses devengados desde la fecha de suscripción de la orden de compra, aunque también obliga a la demandante a devolver los rendimientos percibidos por ese producto.
El juez considera “sorprendente el resultado del test de conveniencia” realizado por la entidad bancaria, en el que calificó el producto de “conveniente para la demandante”, según la sentencia, contra la que cabe recurso.
Indica que pese a la edad y estudios de la mujer, su actividad laboral, y a que en los dos últimos años sólo había realizado inversiones en renta fija, se marcara con una X que conoce los aspectos necesarios de los activos de renta fija y el funcionamiento general de los mercados financieros.
Además, manifiesta que no se le practicó el test de idoneidad preceptivo, según la normativa vigente, y llama la atención poderosamente“ que toda la información proporcionada al cliente lo fuera en el mismo día en que se formaliza la inversión.
Para el magistrado, el perfil de la demandante “no concuerda en absoluto con las características del producto ofrecido”, pues la propia entidad lo califica de “complejo y perpetuo”, y considera probado que los demandantes “no eran realmente conocedores de la verdadera naturaleza de lo que estaban contratando”.
El presidente de Apabanc (entidad que representaba a la demandante), Ricard Torres, ha mostrado su “gran respeto por una mujer que desde el principio siempre ha luchado por sus derechos y que no dudó en exigirlos ante los tribunales”.
“Como asociada de Apabanc sentimos profundamente su fallecimiento, pero al menos, nos ha quedado a todos la sensación de que se ha hecho especialmente justicia en su caso”, ha asegurado Torres.
Bankia, por su parte, ha rechazado hacer declaraciones sobre la sentencia.