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¿Puede la Policía fotografiar tu DNI para identificarte en una manifestación?

Un agente de la Unidad de Intervención Policial fotografía el DNI de un manifestante a la salida de la parada de Metro de Xàtiva.

Lucas Marco

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Los agentes de la Unidad de Intervención Policial (UIP) desplegados el pasado 9 d'Octubre en Valencia identificaron a 45 personas y cursaron cuatro sanciones por desobediencia, según los datos oficiales de la Delegación del Gobierno. Tras las brutales agresiones ultras de hace cuatro años, cuyos protagonistas están con un pie en el banquillo de los acusados, cada jornada del 9 d'Octubre cuenta con un amplio dispositivo policial que perimetra las marchas de la tarde, convertidas en manifestaciones antifascistas, para evitar las agresiones de elementos de la extrema derecha que se vienen sucediendo desde la Transición.

Los convocantes de la marcha más multitudinaria, colectivos independentistas y antifascistas, se organizaron en columnas para llegar a la Estación del Norte, de donde partía la manifestación, y evitar así agresiones ultras. A la salida de la parada del metro de la calle de Xàtiva, situada frente a la estación, los agentes de la UIP establecieron una barrera para identificar a decenas de personas que componían la columna llegada desde el barrio de Benimaclet. Los uniformados, según fuentes jurídicas, identificaron “preventivamente” a los manifestantes con un brazalete rojo que componían el servicio de orden “por si se cometía algún delito de desobediencia”. Los agentes, para agilizar el filtro a la salida de las escaleras de la parada de metro, fotografiaron los documentos de identidad de decenas de activistas.

¿Puede la Policía identificar a un ciudadano en la calle fotografiando su DNI? Ricard Martínez, profesor de la Universitat de València y director de la Cátedra Microsoft sobre Privacidad y Transformación Digital, considera que la utilización de medios tecnológicos por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE) “puede ser lícita y legítima pero si se hace de acuerdo a la normativa”.

“La Policía trata datos de carácter personal y eso se debe hacer con ciertas garantías”, agrega Martínez. Así, los datos se deben tratar con medios propios de las FCSE: “No es una buena práctica utilizar teléfonos personales para tareas de carácter público o profesional porque, en ese caso, se produce una infracción que consiste en tratar datos sin que consten las medidas de seguridad ni la trazabilidad”. La consecuencia es que se estaría infringiendo la normativa de protección de datos y, “por tanto, la prueba obtenida o cualquier acción es nula”.

Una portavoz de la Jefatura Superior de Policía de Valencia explica que los agentes a pie de calle fotografían los DNI para “agilizar el tiempo de espera” de la persona identificada; algunas veces, incluso por seguridad. En todo caso, agrega, “las fotos se borran después y no se pasan a terceros”. “Disponer de teléfono móvil nos da facilidades a la hora de hacer nuestro trabajo, es una práctica que se hace desde hace bastante tiempo y con la Ley de Protección de Datos tenemos mucho cuidado”, señala.

La Red Jurídica de Abogados/as, un despacho madrileño especializado, entre otros ámbitos, en libertades civiles, se refirió en Twitter a esta cuestión el pasado 9 d'Octubre: “Se puede presentar una denuncia en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para intentar averiguar si el móvil usado era de la policía o si era particular”, advirtió.

Así, en un post de su blog, la Red Jurídica de Abogados/as considera “problemática” esta práctica. Al fotografiar el DNI, “se recogen más datos que los que se suelen tomar cuando se rellena un parte de denuncia” y no incluyen “las alegaciones orales que la persona filiada pueda hacer, ni se le da la oportunidad de firmar el parte, ni de quedarse una copia”, algo que a la larga podría “afectar a las garantías del procedimiento administrativo sancionador”.

“Si el funcionario que toma una fotografía con un teléfono móvil (o una cámara) a un DNI lo hace desde un dispositivo que pertenece a su cuerpo policial o al Ministerio del Interior, entendemos que se cumpliría lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales”, afirma el despacho de abogados.

“En cambio”, apostilla la Red Jurídica de Abogados/as, “si las fotografías se hubieran tomado desde el dispositivo móvil personal del agente, es imposible determinar el uso personal o privado que esta persona hará con el contenido”. El despacho considera que si el identificado sospecha que el uniformado ha tomado una foto con su teléfono móvil personal, puede interponer una reclamación ante el responsable del tratamiento de datos o ante la AEPD.

Identificadas 45 personas

En todo caso, más allá de las identificaciones a 45 personas, el grueso de las cuales se produjo a la salida de la parada de metro de Xàtiva, la marcha en València se desarrolló con normalidad y sin incidentes de calado, más allá de la presencia (casi anecdótica en comparación con años anteriores) de elementos de la extrema derecha que insultaban o amenazaban desde las aceras, especialmente en la plaza del Parterre.

El servicio de orden de la marcha, compuesto por decenas de jóvenes antifascistas ataviados con un brazalete rojo e incluso coordinados con walkie talkies, mantuvo una cierta coordinación espontánea con el responsable del dispositivo policial de la UIP que evitó los encontronazos con provocadores de la ultraderecha. Al inicio de la marcha, a la altura del Instituto Lluís Vives, aparecieron unos jóvenes de estética neonazi que fueron dispersados por la Policía. 

La Delegación del Gobierno destacó que los incidentes aislados fueron “de escasa relevancia”. Si bien este año hubo, según datos oficiales, 45 identificaciones y cuatro personas sancionadas por desobediencia, el año anterior la Policía identificó a 130 personas e impuso una veintena de sanciones.

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