La Generalitat facilita a las víctimas de violencia machista el acceso a una VPO
La Generalitat elimina la barrera del empadronamiento a las mujeres víctimas de violencia machista para que puedan acceder a las viviendas de protección oficial (VPO).
La conselleria de Vivienda ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat (DOGV) la resolución por la que se exime del requisito de empadrona miento mínimo de un año a las mujeres víctimas de violencia de género para el acceso a las viviendas de promoción pública propiedad de la Entidad de Infraestructuras de la Generalitat.
La Generalitat entiende que “este requisito puede suponer un impedimento en estos casos a la hora de acceder a una vivienda porque en muchas ocasiones las víctimas se ven obligadas a abandonar sus municipios por razones de seguridad”, según ha explicado la directora general, Rebeca Torró.
“Vista la necesidad del colectivo de las mujeres víctimas de violencia de género de acceder a una vivienda, y que esta esté situada en otra localidad, y preferentemente en distinta provincia, de la de su domicilio de origen, se exime a las víctimas de violencia de género del requisito de residir durante al menos un año en la misma localidad donde está situada la vivienda a la que solicita acceder”, señala la resolución en el DOGV.
Ante esto, según ha manifestado la directora general, “era necesario y urgente, para garantizar el efectivo acceso a la vivienda que recoge nuestra normativa, que se exima a las víctimas de violencia de género del requisito de residir en la localidad donde se ubica la vivienda, tanto en su primer acceso a la vivienda como en sus solicitudes de traslado de municipio, cuando quede acreditada su condición de víctima de violencia de género, tanto si es la solicitante, como si forma parte de una unidad de convivencia”.