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17+2 estados de alarma

Pedro Sánchez, durante la reunión con los presidentes autonómicos / EFE

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Atendiendo a las reacciones que se han producido tras el levantamiento del estado de alarma, con presidentes de comunidades autónomas que afirman que el estado de alarma debería prorrogarse durante varias semanas, pero se niegan a solicitar la prórroga al Gobierno de la Nación, la única fórmula que se me ocurre, que es al mismo tiempo constitucional e inocua, es la siguiente.

En lugar de decretar un estado de alarma en todo el territorio del Estado o en el territorio de una comunidad autónoma, el Gobierno podría decretar 17 estados de alarma de manera individualizada en el territorio de cada una de las comunidades autónomas delegando la gestión del mismo en el texto de cada uno de los Decretos en el presidente de cada comunidad autónoma. Dos decretos más serían necesarios para las dos ciudades autónomas de Ceuta y Melilla en los mismos términos.

Si transcurridos 15 días, se entendiera que se debe prorrogar el estado de alarma, el Congreso de los Diputados debería tomar la decisión de hacerlo. En mi opinión, sería perfectamente constitucional que el Congreso de los Diputados decidiera que la prórroga solo entraría en vigor tras la ratificación de la misma por el Parlamento de la comunidad autónoma.

Ninguna comunidad o ciudad autónoma podría sentirse discriminada. El Estado se habría limitado a poner a disposición de cada una un instrumento jurídico para que hicieran uso del mismo de la manera que estimaran pertinente.

Con esta fórmula no sería necesario que los gobiernos autonómicos de las comunidades o ciudades autónomas tuvieran que estar pendientes de lo que resolvieran en primera instancia sus Tribunales Superiores de Justicia y en casación el Tribunal Supremo. 

El principio de seguridad jurídica operaría por igual en todas, independientemente de que las decisiones que se adoptaran pudieran ser diferentes en cada una de ellas. Cada gobierno autonómico haría la interpretación del estado de alarma que estimara apropiado para hacer frente al virus en su territorio. Incluso podría hacer una interpretación con alcance distinto en las distintas provincias y hasta municipios incluidos en el territorio de la Comunidad Autónoma. 

17 + 2 fórmulas que son la misma para todas las comunidades y ciudades autónomas, pero que cada una puede aplicarla de manera diferente según la extensión de los contagios, el número de hospitalizados o de ocupación de las UCI, es una solución impecable constitucionalmente además de inocua. Supondría la máxima expresión del ejercicio del derecho de autonomía tal como está reconocido en el artículo 2 de la Constitución.

En realidad, esta fórmula no sería más que la extensión a la protección excepcional o extraordinaria del Estado del “principio dispositivo” que el constituyente de 1978 estableció para el ejercicio del derecho a la autonomía en los momentos de normalidad.

El constituyente de 1978 no impuso el derecho a la autonomía, sino que “puso a disposición” de las “nacionalidades y regiones” unos procedimientos para que decidieran de qué manera querían ejercer tal derecho. 

Ante una emergencia como la generada por la COVID-19, el Estado no impone una decisión, sino que se limita a “poner a disposición” de las comunidades y ciudades autónomas unos instrumentos con los que puedan darle la respuesta que cada uno de ellos considere pertinente. 

El poder judicial no tendría por qué intervenir, aunque cualquier ciudadano que se viera afectado por la aplicación de alguna de las medidas acordadas por el Gobierno de su comunidad autónoma durante la vigencia del estado de alarma podría recurrir la aplicación de dichas medidas ante los jueces y magistrados competentes para entender de las mismas, ya que, como dice el artículo 1.4 de la LO 4/1981, reguladora de los estados de alarma, excepción y sitio, su declaración “no interrumpe el normal funcionamiento de los poderes constitucionales del Estado”.

Tener que llegar a proponer una fórmula tan rocambolesca es un indicador de hasta donde está llegando la degradación de nuestro sistema político.

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