El Departamento de Turismo, Comercio y Consumo aprueba 15 millones de ayudas para el comercio minorista
El comercio minorista de Euskadi, como otras muchas empresas y sectores de actividad, no es ajeno a los efectos de la situación económica provocada por el conflicto en Ucrania. El alza de los precios y el retraimiento del consumo, con la consiguiente reducción en el volumen de ventas y pedidos e interrupciones en la cadena de suministros, están provocando en muchos casos pérdidas y problemas de liquidez.
Para paliar esta situación, el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo del Gobierno vasco ha aprobado recientemente un paquete de ayudas extraordinarias por importe de 15 millones de euros. Estas ayudas están dirigidas al comercio minorista local y más en concreto a los subsectores del equipamiento personal y del hogar. Su cuantía alcanza los 2.000 y 3.000 euros por establecimiento y pueden solicitarse desde el 27 de junio hasta el 27 de julio.
Si eres propietario de un pequeño comercio, aquí te ofrecemos las claves principales para que puedas beneficiarte de este plan de ayudas.
1.- ¿Qué tipo de empresas se pueden beneficiar de estas ayudas?
- Empresarios individuales o autónomos
- Comunidades de bienes y sociedades civiles
- Micro y pequeñas empresas
Todas ellas deben tener domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
2.- ¿Qué tipo de comercios pueden optar a las ayudas?
Las nuevas ayudas se dirigen a micro y pequeñas empresas de los subsectores del equipamiento personal y del hogar. Estas categorías comprenden los establecimientos dedicados a la venta de ropa, calzado, decoración, droguería, perfumería, menaje, ferretería, electrodomésticos, sector del mueble y similares. Pueden consultarse con mayor detalle en el enlace https://www.euskadi.eus/servicios/1112902
3.- ¿Qué requisitos debo cumplir con anterioridad al 24 de febrero de 2022?
- Ser persona trabajadora por cuenta propia o autónoma, comunidad de bienes, sociedad civil, micro o pequeña empresa.
- Estar domiciliada social y fiscalmente la actividad empresarial en la Comunidad Autónoma del País Vasco y radicar en la misma el establecimiento comercial para el que se solicita la ayuda.
- En el caso de personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
- Estar dado de alta efectiva en el Impuesto de Actividades Económicas.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Los requisitos se deberán mantener al menos durante los 6 meses posteriores al día siguiente de la finalización del plazo de presentación de solicitudes; es decir, hasta el 28 de enero de 2023.
4.- ¿A cuánto asciende la ayuda por establecimiento?
El importe se establece en función del número de personas trabajadoras dadas de alta en el establecimiento comercial con anterioridad al 24 de febrero de 2022:
- Establecimientos con hasta 9 personas trabajadoras: 2.000 euros
- Establecimientos de 10 o más personas trabajadoras: 3.000 euros
Solo se admitirá la adscripción del mismo trabajador a un único establecimiento comercial.
El abono de la ayuda se realizará en un único pago tras la concesión y aceptación.
5.- ¿Tengo que devolver la ayuda?
No, es una subvención a fondo perdido, una ayuda directa.
6.- ¿Qué ocurre si tengo varios establecimientos comerciales?
La presentación de solicitudes se hará por establecimiento comercial. En caso de disponer de varios establecimientos comerciales, se puede presentar una solicitud por cada uno de ellos
7.- ¿De qué plazo dispongo para solicitar la ayuda?
Desde el 27 de junio al 27 de julio de 2022.
8.- ¿Cómo y dónde debo solicitar la ayuda?
Exclusivamente por medios electrónicos, vía telemática; a través de la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi https://www.euskadi.eus/servicios/1112902 con un medio de identificación electrónica admitido: https://www.euskadi.eus/certificados-electronicos
9.- Más información:
En la página web del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo del Gobierno vasco.
Por teléfono: (en horario de 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes)
- 945 01 77 50 · Para consultas en general
- 945 01 68 38 · Para consultas sobre la aplicación informática
Por correo electrónico:
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