Euskadi ampliará las artes de pesca en aguas de su jurisdicción e incluirá el cerco para asegurar la “supervivencia de la flota”
El Gobierno vasco quiere ampliar el abanico de artes de pesca permitidas en aguas de su jurisdicción -las conocidas como aguas interiores- e incluir el cerco, práctica que estaba prohibida ahora con carácter general aunque el Ejecutivo podía conceder autorizaciones temporales. En el proyecto de decreto que el departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca que dirige Amaia Barredo ha sacado a exposición pública de forma previa a su aprobación, el Gobierno justifica esta ampliación de las artes permitidas por la reducción del número de barcos en los últimos años y para garantizar la supervivencia de la flota.
Según los datos aportados por el Gobierno vasco, en el periodo entre 1998 y 2022 el número de barcos ha pasado de 143 a 64, lo que supone una reducción del 54,2%, es decir, se han perdido más de la mitad. Una disminución que ha supuesto “una reducción similar en la capacidad de pesca nominal de la flota, al haberse mantenido constantes las cantidades máximas de artes/aparejos de pesca en las regulaciones pesqueras en todo ese período” por no haberse variado la legislación, indican. “Para que la flota de Euskadi que pesca en las aguas interiores de la Comunidad Autónoma de Euskadi, pueda mantenerse, pueda mejorar, modernizarse y tener una producción óptima que asegure su supervivencia”, es necesario “optimizar el rendimiento de la flota que pesca que queda actualmente” permitiendo utilizar un mayor número de artes de pesca, regulando sus características y su ejercicio, señala el decreto.
En concreto, el proyecto de decreto incluye las artes menores, el palangre y el cerco como artes de pesca permitidos por el Gobierno vasco para su uso en aguas interiores, que son las que se incluyen en los límites de una línea recta imaginaria trazada entre los principales cabos del litoral vasco: Cabo Higuer, Cabo. San Antón, Cabo Matxitxako, Cabo Villano y Punta Cobarón. Fuera de esa línea imaginaria, hasta las 12 millas del mar territorial (zona conocida como aguas exteriores) la competencia en materia de ordenación pesquera corresponde al Estado. La principal novedad del decreto está la inclusión del cerco como arte habitual, ya que esta modalidad, con redes grandes sólo se permitía hasta ahora con autorizaciones temporales.
El cerco es una red con la que se rodea el cardumen o banco de peces, que se cierra y embolsa el pescado. El proyecto de decreto establece que las redes que se utilicen no podrán ser superiores a 600 metros, la altura no será superior a 130 metros y a abertura mínima de las mallas de los artes de cerco no será inferior a 14 milímetros. En cuanto su uso, está limitado a aquellas aguas cuya profundidad sea superior a 35 metros de bajamar escorada. “La utilización de fuentes de luz como elementos de atracción y concentración de las especies a capturar se considera parte de la maniobra de pesca y está prohibida en profundidades menores a 35 metros”, indican.
En lo que se refiere al palancre, constituido por una línea principal denominada madre, de longitud variable, de la que parten otros cabos o ramales secundarios más finos denominados brazoladas a los que se empatan los anzuelos, podrán llevar desde 1.000 anzuelos para un sólo tripulante enrolado y presente a bordo con una longitud máxima 4.000 metros, hasta 3.000 anzuelos para tres o más tripulantes enrolados y presentes a bordo con una longitud total máxima 8.000 metros. Se permite en todos los casos llevar 500 anzuelos de repuesto. Por otra parte, se recogen en el decreto el uso de las artes menores: artes de enmalle o enredo, artes de anzuelo y artes de trampa o nasas.
El Gobierno justifica este cambio en el hecho de que la flota de artes menores de Euskadi que pesca en estas aguas, compuesta por barcos que pescan y regresan a puerto en el día, “es relativamente reducida” en la actualidad y que la regulación se ha mantenido sin cambios respecto a la operativa de pesca de finales de los 90 del siglo pasado, cuando la flota tenía otra entidad. “Esta actualización permite optimizar la actividad de la flota que opera en aguas interiores, sin incrementar el esfuerzo pesquero global”, defiede el Ejecutivo.
También indica que los barcos “se han equipado tecnológicamente para dar respuesta a las necesidades de la sostenibilidad, competitividad y requerimientos regulatorios diversos”, y que “en los meses de verano el esfuerzo de pesca de la flota de artes menores se ha visto reducido durante los meses de verano de los últimos años en una magnitud por evaluar, asociado a la práctica de la pesca de bonito (Thunnus alalunga) a la cacea, en la época que la especie se ha acercado a las aguas del interior del Golfo de Bizkaia, propiciando que algunos barcos de artes menores participen en dicha pesquería (en general, los de mayores dimensiones)”.
Teniendo en cuenta la reducción de la flota “se considera asumible técnicamente incrementar los límites máximos de cantidades de artes de pesca actualmente, compensando la reducción de flota experimentada, si bien ponderándolos en función del número de tripulantes de los barcos y las prácticas operativas del día a día”. En cualquier caso, indica que “los nuevos límites estimados por tipos de artes de pesca deben de ir acompañados, entre otros, de un control estricto del número de buques que operan en este subsector para evitar incrementos no deseados de la capacidad pesquera propiciados por un aumento de la flota”.
El proyecto de decreto esta ahora en periodo de exposición pública y alegaciones. La fase de conclusiones se abrirá el próximo 7 de septiembre.
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