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La Fiscalía y Osakidetza abren la puerta a que la enfermera que simuló vacunar a 404 niños evite la cárcel

La enfermera acusada de simular la vacunación de menores durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Bizkaia

Maialen Ferreira

Bilbao —
19 de septiembre de 2025 14:49 h

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La Fiscalía, Osakidetza y el Colegio de Enfermería han solicitado la absolución de la enfermera encausada por simular la vacunación de 404 menores en el ambulatorio de Kabiezes, Santurtzi, al considerar probado que padece un “trastorno por ideas delirantes que le causaban anulación total de sus capacidades cognitivas”. En su lugar, han pedido 7 años de tratamiento psiquiátrico e inhabilitación del ejercicio de empleo público en el ámbito sanitario. Por su parte, la acusación particular, en representación de los padres y madres de los menores afectados, mantiene la petición de pena de cárcel, pero la rebaja hasta los 7 años y medio pese a que en un primer momento pedía de 12 hasta 17 años de prisión. Entiende que “no concurren circunstancias eximentes ni atenuantes de responsabilidad criminal ni completas ni incompletas” y, por ello, mantiene la petición de prisión, en concreto, 2 años y 6 meses por daños y 5 años por falsedad documental. Además, solicita 9.000 euros de multa e inhabilitación por el mismo periodo de la condena.

El abogado de las familias ha anunciado, igualmente, que se reservan la posibilidad de acciones civiles frente a “los eventuales responsables” que pueda haber. “Se trata de uno de los casos más graves de quebrantamiento de la confianza pública en el ámbito sanitario que han llevado los tribunales españoles. Durante año y medio, la acusada simuló sistemáticamente la administración de vacunas a 404 menores. No se trata de un acto aislado, de un momento de confusión, de un error. La prueba practicada ha demostrado que estamos en una conducta planificada, reiterada y plenamente consciente. Hemos intentado diferenciar lo que es el delirio como como consecuencia o el delirio como objetivo. Esta persona mostraba unas ideas delirantes y para defender esas ideas delirantes tomaba conscientemente durante mucho tiempo unas decisiones concretas y premeditadas de esconder las vacunas, de poner las etiquetas y de anotarlas en el ordenador. Esa actividad que conlleva cierta premeditación”, ha justificado el abogado de las familias, Aitzol Asla, a la salida del juicio.

Sin embargo, la Fiscalía se ha basado en los informes de Psiquiatría presentados por la defensa de la acusada para solicitar la absolución. A pesar de ello,en concepto de responsabilidad civil, ha exigido una indemnización de 20.000 euros por los costes del proceso de vacunación que Osakidetza tuvo que iniciar para innocular las vacunas no administradas. El fiscal ha considerado que, en el juicio, ha quedado acreditada “la manera en que vacunaba” la acusada a través de los testimonios de familias y profesionales, la ausencia de reacción en los pequeños y los resultados de las serologías efectuadas. Igualmente, ha señalado que “no cabe duda” de la falsedad en los registros de vacunas ni sobre los daños porque “se produce un menoscabo” de las vacunas que “se desprecian”.

Los informes de Psiquiatría que han hecho que la Fiscalía pase de exigir 7 años de prisión a la absolución concluyen que la encausada “sufre un trastorno delirante que tenía sin duda impacto en su labor profesional y afectaba sus capacidades volitivas y cognitivas” y que “el contenido delirante de sus ideas sin ninguna duda” afectaba a su labor como enfermera, porque “son una serie de creencias que hablan de tratamientos que se relacionan muy íntimamente con una actividad sanitaria”. “Al ser un trastorno encapsulado, el resto de comportamientos podrían ser perfectamente adaptativos y normales”, recogen los informes.

Según aclararon durante la cuarta sesión del juicio los forenses que testificaron, la enfermera acudió a consultas de Psiquiatría a partir de junio de 2021, pero no le recetaron ningún tratamiento farmacológico. “En su historia clínica, el primer contacto en que empiezan a aparecer signos de alarma de que está pasando algo data del 9 de junio de 2021 y, en él, se dice que ocho meses anteriores, finales del 20, ya hay unos comportamientos y unas ideaciones que hacen pensar en algún tipo de alteración”, aclararon. Uno de los dos expertos, además, precisó que “este tipo de trastornos delirantes tan estructurados, tan arraigados, que impregnan el pensamiento de una manera tan fuerte de esta persona, tienen en principio un pronóstico bastante sombrío y requieren habitualmente tratamiento psiquiátrico y psicológico durante años”.

El abogado de las familias considera que parte de la responsabilidad debe recaer en Osakidetza y en la falta de control del trabajo de esta enfermera, que ya había comenzado un tratamiento psiquiátrico cuando esto ocurre. “Nos hemos reservado acciones civiles porque entendemos que pueda existir una responsabilidad del Servicio Vasco de Salud. Independientemente del análisis jurídico, que habrá que hacer con más calma. Cuando hablamos de cuestiones tan graves, hay que tomar las decisiones que se hagan falta”, ha explicado Asla.

En este sentido el abogado de Osakidetza ha señalado que “no tiene por costumbre entrar en la historia clínica de sus 40.000 trabajadores para ver si padecen algún tipo de patología que les impide trabajar o no” porque estaría “vulnerando sus derechos fundamentales en la protección de datos”, algo que, en opinión de Asla y de las familias, “no es excusa”. “Uno de mis clientes, uno de los padres afectados, es policía municipal y me decía que si ellos tienen algún tratamiento psiquiátrico lo primero que hacen es quitarles el arma. En este caso, lo primero que debían haber hecho era quitar a esta mujer la posibilidad de dar vacunas. Se le podía haber destinado a otro departamento o incluso inhabilitarle en cuanto se hubiera sabido y nada de esto hubiera pasado”, ha concluido el abogado.

Por su parte, la defensa de la acusada ha subrayado que el informe forense de los psiquiatras sobre la acusada es “concluyente y categórico”. “Si no se quiere entender, hay una mala fe, un intento de seguir mediatizando en lo público”, ha afeado a la acusación particular uno de sus abogados, que ha insistido en que “una persona que es inimputable no es capaz de discernir su actuación en ese momento, no está jugando a la ruleta rusa con niños”, ha apuntado el abogado que ha considerado que se ha aprovechado “la crisis del COVID-10 para tener una enfermera antivacunas en Euskadi”.

A la salida del juicio, los abogados de la acusada, Luis María Pardo y Rubén Gutiérrez Sobrino, han seguido con la misma argumentación. “No era una enfermera antivacunas, sino que tenía un problema de salud mental. Lo que debería haber surgido es cómo podemos prevenir que en la salud pública sucedan estos hechos durante tres años. Nuestra representada tuvo que abandonar el País Vasco por su seguridad. En realidad no estábamos ante una enfermera antivacunas, estábamos ante una enferma y como era una enferma, hay una responsabilidad, por mínima que sea, de aquel que supervisa su puesto de trabajo. Nosotros lo que solicitamos al Servicio de Salud Vasco es que actualice los protocolos, que se informe de la gente que tiene y, al mínimo indicio de que pudieran estar desarrollando cualquier tipo de actitud a nivel de salud o salud mental, que se aparte esa profesional, que se la cure, que se la cuide, pero que no se la someta a un juicio mediático”, han apuntado los abogados.

Los hechos ocurrieron mientras la acusada prestó servicios de Pedriatría del centro de salud de Kabiezes desde febrero de 2021 hasta el 12 de septiembre de 2022 y, entre sus funciones, se encontraba administrar a 404 menores en las revisiones pediátricas las vacunas. Cuando el caso salió a la luz, en 2023 tras las quejas de algunos padres y madres, un grupo de más de 40 padres y madres decidieron interponer una denuncia colectiva contra la sanitaria. Según han explicado, los menores tuvieron que ser revacunados, ya que tras practicarles pruebas de serología de anticuerpos con el objetivo de comprobar si los menores habían sido vacunados o no, se descubrió que no había “respuesta de anticuerpos para ninguna de las víricas”, lo que, según peritos que testificaron en la tercera sesión del juicio, suponía un riesgo grave para la salud de los menores.

“Contraer el sarampión en bebés puede ser letal. No es lo mismo el sarampión en bebés de 9, 12 o 15 meses o en personas de 30 años. Esa es la primera alarma que tuvimos. Hay que tener en cuenta que esto se produce en un centro concreto, en un grupo de población concreto que se van a relacionar entre ellos en parques o guarderías y su ámbito es muy reducido. Pongo el foco en el sarampión porque es la más contagiosa de todas, de 100 personas que entran en contacto con un caso, 90 van a padecer un sarampión, con lo cual estábamos ante un riesgo muy importante para la salud de una población determinada, concreta y localizada”, detalló una de las responsables del servicio de Pediatría y experta en infectología del Hospital de Cruces, que testificó como testigo y como perito por haber realizado los estudios pertinentes una vez el caso se elevó del ambulatorio de Kabiezes a Cruces.

Según explicó, una vez comprobaron que los menores analizados no habían sido vacunados, optaron por realizar la revacunación de los más de 400 que habían sido atendidos por la encausada, actuando por un “principio de precaución y prudencia”. “Nos interesaba garantizar la correcta protección de todos y cada uno de los menores frente a todas las enfermedades que son prevenibles y para las que tenemos inmunización. Ante la duda más que razonable de que ha podido haber un fallo en la vacunación yo lo que tengo es que salvaguardar la seguridad de los menores”, aseguró tras concretar que “no hay ninguna otra explicación posible” que pudiera dar “un resultado tan apabullante” que la de que no se había realizado la vacunación correctamente y que una sobrevacunación es “menos lesiva frente a una no vacunación”.

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