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El Gobierno vasco cree que el transporte escolar al inicio de curso está garantizado con la orden que obliga a las empresas a mantenerlo

Una trabajadora ayuda a bajar a un alumno de un autobús escolar

Belén Ferreras

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El Gobierno vasco ha señalado este martes que el transporte escolar en Euskadi de cara al inicio del curso está garantizado con la orden de ejecución forzosa que publica hoy el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV), tal y como anunció el pasado viernes el consejero de Educación, Jokin Bildarratz. El portavoz, Bingen Zupiria, ha señalado que “el Gobierno vasco tiene la obligación de cumplir y hacer cumplir los derechos del alumnado” y que en este sentido “el transporte escolar es fundamental, un elemento clave”. “El Gobierno sólo entiende que se cumpla la orden y los requisitos que se han establecido”, ha señalado. Las empresas se reunieron el lunes para estudiar la situación y podrían recurrir la orden ante los tribunales.

La orden que publica este martes el BOPV tiene fecha del 1 de septiembre, día en que el consejero de Educación anunció la orden de ejecución forzosa para que continúe el servicio al haber quedado desierto el concurso para cubrir todas las rutas del transporte escolar en Bizkaia y la mayoría de las rutas de Álava. Al contrario que las de Gipuzkoa, que sí se han cubierto casi en su totalidad. El consejero comunicó también que denunciará ante la Fiscalía a las empresas ante la sospecha de que estén incurriendo en delitos de “concertar precios para obtener mayores beneficios de la administración”. 

En la orden se establece que hay rutas que carecen de una empresa que haya mostrado su conformidad para la prestación del servicio. “En concreto, en la actualidad, únicamente el 31% de las rutas disponen de una compañía o Unión Temporal de Empresas en disposición de prestar el Servicio. Por Territorios Históricos, el 98% de las rutas correspondientes a Gipuzkoa están cubiertas, el 5% en el caso de Álava, y ninguna en el caso de Bizkaia”. En este sentido, señala que “causas excepcionales, como las que nos ocupan, justifican que, durante el periodo imprescindible para paliar esa situación excepcional, y atendiendo a la necesidad de garantizar la continuidad en la prestación del servicio, pueda prolongarse la prestación del contratista”.

Según se precisa, el contratista tendrá el derecho a reclamar una indemnización por el coste incurrido, así como el correspondiente beneficio industrial. Con ello, se evita “generar ningún perjuicio al contratista”. Educación afirma que decisiones similares se encuentran expresamente contempladas, por ejemplo, en la normativa de transporte de terrestre.

El departamento recuerda que el transporte escolar es un servicio esencial y directamente relacionado con el derecho fundamental a la educación. Las rutas a las que se hace referencia en la orden afectan a más de 10.000 alumnos y a sus respectivas familias, y, por tanto, la no prestación de dicho servicio esencial de transporte escolar, “afecta al derecho fundamental a la educación de más de 10.000 personas”.

Por ello, Bildarratz ordena a las compañías y, en su caso, Uniones Temporales de Empresas la continuidad en la prestación del servicio de transporte escolar para el alumnado que curse las enseñanzas de tercer curso del Primer Ciclo de Educación Infantil, Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica, en las rutas no cubiertas, hasta el momento en el que pueda comenzar a ejecutarse un nuevo contrato que incluya dichos servicios.

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