Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Condenados a cuatro años de cárcel los acusados de incendiar los juzgados de Ibiza

Un bombero trabaja en las labores de extinción del incendio con varias explosiones, originado en un edificio okupado del barrio de Es Viver de Eivissa.

Europa Press

0

El Juzgado de lo Penal número 1 de Eivissa ha condenado a los dos acusados de incendiar los antiguos Juzgados de la ciudad a cuatro años y un día de cárcel para cada uno de ellos.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJIB) en un comunicado, la magistrada también ha dictado para los dos que indemnicen conjunta y solidariamente al Ministerio de Justicia con la cantidad de 409.555 euros, al Consell de Eivissa con 3.411 euros y a los demás perjudicados con 175 euros. Asimismo, ha sentenciado el pago de una multa que asciende a 3.240 euros.

En la sentencia, la jueza detalla los motivos por los que ha alcanzado la “plena convicción” de que uno de los acusados fue el autor material del incendio del edificio de la sede judicial, mientras que el segundo procesado cometió el delito en concepto de inductor.

Además, la magistrada aprecia en su resolución que concurre la circunstancia agravante de aprovechamiento de las circunstancias de tiempo.

Cabe destacar que la resolución no es firme y que todavía se puede presentar un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Balears.

Los hechos

Según detalla la sentencia, con la finalidad de paralizar la actividad judicial y de hacer desaparecer las causas penales pendientes de tramitación contra él, uno de los acusados instigó al otro, con quien tenía una relación de amistad, a provocar el incendio.

Así, sobre las 4.45 horas del 21 de enero de 2019, el último accedió a las inmediaciones judiciales mediante el uso de una escalera, rompiendo una ventana corredera de la planta segunda del edificio, que daba concretamente al despacho de una letrada.

En este lugar colocó una garrafa de unos 20 litros de gasolina y prendió una cuerda de unos dos metros que servía de mecha mediante pastillas de encendido. Además, rompió desde el interior la puerta del despacho y se trasladó a la tercera planta, colocando otra garrafa y prendiendo la sala de la misma manera.

Como consecuencia se propagó el fuego en la segunda planta por el distribuidor, el despacho y una galería acristalada, y en la tercera planta se extendió por varias salas, dejando totalmente calcinado uno de los despachos. También, a causa de las altas temperaturas, se produjeron varias deflagraciones que arrancaron ventanas y puertas de varias dependencias del edificio, ocasionando así numerosos desperfectos.

Por todo ello, la jueza considera los hechos constitutivos de un delito de daños y ve responsables, en concepto de autores, a los dos procesados.

El fallo resalta además que, si bien los acusados negaron los hechos y no hay prueba directa de su participación en los mismos, sí han resultado acreditados en el acto del juicio oral varios hechos que tienen “entidad suficiente para estimar acreditada, con las garantías de inmediación, contradicción, oralidad y publicidad, la autoría de los acusados respecto del delito imputado”.

Etiquetas
stats