Servicios mínimos este 8M en los servicios públicos andaluces ante la huelga convocada por la CGT
La Confederación General del Trabajo de Andalucía, Ceuta y Melilla (CGT-A) ha convocado huelga general para este sábado, 8 de marzo. La decisión busca “visibilizar las demandas feministas y denunciar la falta de avances reales en materia de igualdad”.
Respecto a ello, según ha consultado Europa Press en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), la Administración andaluza ha definido con detalle los servicios mínimos que se ofreceran desde los servicios públicos con el objetivo de “garantizar la cobertura de necesidades esenciales sin menoscabar el derecho a la protesta”.
La huelga, impulsada por CGT-A, afectará a sectores clave tanto públicos como privados, desde emergencias hasta transporte y educación. La convocatoria se sustenta en doce objetivos claros que abarcan desde “la erradicación de la brecha salarial hasta la lucha contra las violencias machistas”.
Asimismo, el sindicato ha exigido la adopción de medidas concretas para “garantizar la igualdad real en el ámbito laboral, incluyendo políticas efectivas de conciliación y corresponsabilidad, la equiparación de las empleadas del hogar al régimen general y el reconocimiento de las tareas de cuidados como trabajo remunerado con derechos contributivos.
Otros puntos clave incluyen la retirada de leyes que perpetúan la discriminación en el acceso al empleo, la adopción de medidas contra el acoso sexual en los centros de trabajo, y la exigencia de igualdad de acceso a bienes básicos y sostenibilidad. Además, la organización sindical ha denunciado “el abuso del teletrabajo como herramienta que aísla a las mujeres en sus hogares, forzándolas a compatibilizar cuidados y trabajo sin apoyo institucional”.
La organización sindical, por tanto, ha planteado esta huelga como “un grito colectivo contra las múltiples violencias que sufren las mujeres, como un instrumento de presión para que las Administraciones y la patronal actúen con determinación en la eliminación de las desigualdades estructurales”.
Servicios mínimos en sectores esenciales
En paralelo, la Junta de Andalucía ha establecido servicios mínimos en sectores esenciales, como emergencias, transporte o atención a personas vulnerables, para equilibrar el derecho a la huelga con la protección de la ciudadanía.
En el ámbito de las emergencias, el servicio 112 mantendrá el 80% del personal por turno en la sala de operaciones regional, mientras que en las salas provinciales se contará con el 50 %. El personal técnico y administrativo también trabajará al 50 % de su capacidad habitual para asegurar la gestión de situaciones críticas.
Las empresas de abastecimiento y saneamiento de agua operarán con el personal imprescindible para garantizar la continuidad del servicio, sin superar la dotación habitual de un sábado. De igual manera, los servicios de recogida y tratamiento de residuos funcionarán con la plantilla mínima necesaria para preservar la salubridad pública y la protección del medio ambiente.
En cuanto a la atención a colectivos vulnerables, los centros de protección de menores trabajarán con el 30% del personal educador y una persona en cocina. Las residencias de mayores mantendrán el 30% del personal de cocina y enfermería, mientras que el 20% del personal de limpieza garantizará la higiene en las instalaciones. Los centros de atención a personas con discapacidad asegurarán el 50% del personal cuidador de educación especial, el 33% del personal de limpieza y lavandería, y dos personas en cocina.
De igual forma, el servicio de teleasistencia también tendrá servicios mínimos específicos. En Sevilla, habrá 29 teleasistentes y dos supervisores en el turno de mañana, 28 teleasistentes en la tarde y 18 durante la noche. En Málaga, las cifras serán de 26 teleasistentes en la mañana, 23 en la tarde y catorce en la noche.
También, el transporte público interurbano y ferroviario garantizará el 50% de los servicios, salvo si existen medios alternativos, en cuyo caso se reducirá al 10%. El transporte urbano mantendrá la mitad de los servicios durante las horas punta (de 06,00 a 09,00 horas y de 18,00 a 21,00 horas) y un vehículo por línea durante el resto de la jornada.
En el sector educativo, las escuelas infantiles contarán con la presencia del director o directora del centro y un auxiliar de cocina. Las residencias escolares tendrán un monitor en el turno de noche y los servicios de cocina y comedor se prestarán con un tercio del personal habitual. Los centros de educación especial dispondrán de un educador para cubrir necesidades vitales como alimentación, medicación o aseo del alumnado.
De igual forma, los medios de comunicación de ámbito andaluz producirán y emitirán boletines y avances informativos esenciales con el personal estrictamente necesario para garantizar la difusión de información relevante. Por otro lado, los servicios judiciales asegurarán la presencia de un profesional por juzgado de menores y del personal imprescindible para autopsias urgentes en casos de muertes violentas o sospechosas.
Condenas recurrentes
En ese sentido, han sido muchas las resoluciones judiciales contrarias a los servicios mínimos establecidos por la Junta. La Justicia, por ejemplo, falló contra la Junta en 2018 por “cercenar el derecho de huelga” el 8M de aquel año en el sector sanitario, que se sumaba a otras sentencias dictadas por el TSJA desde 2016 en similar sentido. CGT trató de que los máximos responsables de la Junta, entonces del PSOE, tuvieran alguna responsabilidad penal por ello pero finalmente los tribunales concluyeron dicen que la conducta de los consejeros no era delictiva por prevaricadora ni atentatoria al derecho de los trabajadores. Eso sí, los jueces, sucesivamente, han ido considerando que establecer el 100% de los servicios que se prestan en situación de normalidad en días de huelga convocada formalmente es contrario al ordenamiento jurídico.
Las consejerías 'condenadas', cuyas resoluciones se vienen anulando, suelen acatar las sentencias puesto que un hipotético recurso de casación ante el Tribunal Supremo no encajaría en ninguno de los supuestos previstos en la Ley de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa al versar la sentencia de la Sala únicamente sobre la proporcionalidad de los servicios mínimos. “Para no cercenar el derecho a la huelga, y en una adecuada ponderación de los derechos en conflicto, entendemos que el 100% estimado es objetivamente excesivo”, argumenta en casi todas las sentencias las salas de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que asume este tipo de procedimientos y cuyo posicionamiento coincide con el de la Fiscalía en casi la totalidad de los procesos emprendidos por CGT.
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