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El tiro al pichón sigue en el punto de mira de la incipiente Ley de Bienestar Animal de Castilla-La Mancha

Paloma muerta por tiro al pichón

Alicia Avilés Pozo

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Cuando hace cuatro años se hizo público el primer borrador del anteproyecto de Ley de Bienestar, Protección y Defensa de los animales de Castilla-La Mancha, una de sus principales novedades era la prohibición total del tiro al pichón, una práctica habitual en esta comunidad autónoma. Lo que en principio parecía un trámite sencillo debido a que la normativa vigente tiene 30 años de antigüedad y era necesario renovarla, embarrancó por muchas cuestiones. Pero una de ellas fue esta prohibición. Colectivos y federaciones de caza presionaron para que no se eliminara y el último borrador, el que recibió el visto bueno del Consejo de Gobierno y fue remitido a las Cortes, permitía una modalidad hacía una excepción en su disposición final segunda: se permiten las competiciones de tiro de aquellas no recolectadas en núcleos urbanos, que no supongan lanzar los animales, cuando se realicen en instalaciones deportivas, y bajo el control de la Federación de Tiro a Vuelo.

Al inicio de las conversaciones sobre el borrador inicial, la asociación Mis Amigas Las Palomas (MALP) ya denunció que el tiro al pichón se trata de la mayor “masacre animal” en España. Por eso ha mostrado su incredulidad por que finalmente el proyecto de ley, cuya tramitación de presentación de enmiendas finaliza el próximo 20 de junio, se mantenga tal cual respecto a esta cuestión. De hecho, este colectivo dice haber detectado “carencias y articulados inaceptables” respecto a otras cuestiones de la futura normativa.

En primer lugar recuerda que desde 2015 se han renovado las leyes que durante la década de los 90 aprobaron varias comunidades autónomas como Madrid, Murcia, Galicia, Navarra y La Rioja. Y añade que el texto castellanomanchego “no avanza en bienestar ni protección animal de manera considerable” en comparación a las de otras regiones“.

“Una de las mayores aberraciones”

Así, señala como “una de las mayores aberraciones”  que siga permitiendo el tiro de pichón de paloma zurita y bravía en ciertas modalidades como la apertura a caja mientras que se prohibió por completo en otras regiones y el Defensor del Pueblo aboga desde hace años por su prohibición “dado el maltrato animal que supone y su carencia de regulación y control”.

“El tiro de pichón supone la violación sistemática del Código Penal y la Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad”, destacan. Por estos motivos, desde MALP no entienden cómo se pretende perpetuar “esta execrable práctica, que cuenta con el rechazo de toda la sociedad salvo una minoría de cazadores y sus federaciones”. “Tratar de camuflar el tiro de pichón por limitarlo a un tipo de disposición del ave no deja de ser una burla a todos los ciudadanos. Instamos  a la Cortes a que enmiende de manera inmediata dicha permisión y prohíba el tiro de pichón y prácticas similares sin excepción”.

En cuanto a otros aspectos de la futura ley, la asociación también arremete contra el hecho de que establezca un “sacrificio cero” salvo si se llenan los centros para acogida de animales y existen problemas de personal o solvencia económica. Opina que esta situación es muy probable que ocurra, ya que no existe una disposición de ayuda económica a entes locales ni entidades de protección animal para la consecución del sacrificio cero. Por lo tanto, ese “sacrificio administrativo” será una realidad y seguirá “perpetuándose en el tiempo”.

Respecto al ámbito de aplicación de la ley, denuncia que se excluyan las aves de cetrería, “criadas en cautividad y mantenidas en cautividad”; y que la gestión de colonias felinas sea “una declaración de intenciones nada desarrollada” que no menciona la aplicación del CER (Captura, Esterilización y Retorno).

Igualmente, sobre el control de palomas urbanas, en el mismo artículo recogido, “se deja al arbitrio del Ayuntamiento la aplicación de métodos éticos”. Este colectivo interpreta que se trata asimismo de una “intención sin obligatoriedad” ya que “cuando se trata de aves silvestres, su captura y sacrificio no son legales sin informe científico y sin haber realizado medidas éticas previas, lo cual viola de manera sistemática, como hasta ahora ha ocurrido, la Directiva Aves”. Recuerda que las palomas bravías urbanas son aves silvestres por lo que “es una contradicción negativa que no se sostiene”.

Por último, MALP precisa que tanto en la exposición de motivos como en el articulado se prohíbe que los animales permanezcan atados de manera permanente, si bien en el articulado de tenencia se indica que reglamentariamente se desarrollarán las condiciones cuando un animal “deba permanecer atado” y describe el movimiento, refugio y acceso a agua o alimento, “lo cual abre la puerta a que los animales realmente puedan permanecer atados de manera más que temporal en lugar de permanecer recintos sin cadenas”.

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