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Cuidan a nietos o sobrinos a falta de sus padres, pero con menos ayuda que otras familias de acogida: “Eso debe cambiar”

Familia numerosa

Alicia Avilés Pozo

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Una familia de acogida es un hogar temporal para niños, niñas o adolescentes, menores de edad que no pueden vivir con sus familias biológicas por diversas razones. El objetivo es proporcionarles un entorno seguro, afectuoso y estable mientras se busca una solución a largo plazo, ya sea la reunificación familiar, la adopción o una medida permanente, apoyando así su desarrollo integral.

Su regulación a nivel estatal está en el Código Civil y la Ley de Protección Jurídica del Menor de 1996. En Castilla-La Mancha, el marco normativo general de acogimiento familiar lo configura la Ley regional de Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia, de 2023.

Pero los dos decretos que desarrollan esta fórmula datan de 2010 y de 2012. En el primero se establece la protección social y jurídica de los menores y en el segundo se regulan las ayudas económicas a familias acogedoras. También existe una orden de 2018 sobre subvenciones para proyectos destinados a menores afectados por medidas de protección.

Eso por un lado, porque en cuanto a la adopción, además del Código Civil y de la mencionada Ley estatal de Protección del Menor, en Castilla-La Mancha hay dos decretos que datan de 2005, es decir, de hace 20 años. Es decir, los decretos, y el resto de normativa regional con rango inferior a la ley, que regulan el acogimiento familiar y la adopción, permanecen en vigor tras 15 y 20 años, respectivamente, desde su publicación. Y durante ese tiempo se han producido modificaciones legislativas importantes.

Por eso ahora Castilla-La Mancha está preparando un decreto que pretende concretar medidas sobre la acogida y la adopción. Busca abordar cuestiones como la regulación de las ayudas económicas de acogimiento familiar, la concreción del acogimiento familiar especializado y profesionalizado, la relación de las familias acogedoras con los niños, niñas y adolescentes acogidos tras la finalización del acogimiento, o las situaciones en las que cabría el tránsito de acogimiento a la adopción.

Una normativa “desfasada”

Considera el Ejecutivo castellanomanchego que en los últimos años, esta región ha llevado a cabo un importante proceso de implantación de procedimientos y criterios técnicos actualizados para la mejora del programa de acogimiento familiar, “superando una normativa que, lógicamente, ha quedado desfasada por el trascurso del tiempo”.

El objetivo ahora es actualizar y completar los desarrollos reglamentarios. Considera “imprescindible” establecer una nueva regulación en relación con las ayudas económicas destinadas al acogimiento familiar, configurándolas como “un derecho público subjetivo de todas las personas menores de edad”. Es en este punto en el que también plantea la actualización de los módulos aplicables, procurando su “paulatina equiparación entre el acogimiento en familia extensa y el acogimiento en familia ajena”.

¿Qué quiere decir esto último? La familia ajena se refiere a personas que no forman parte del núcleo biológico del menor acogido, mientras que la familia extensa son sus abuelos, sus tíos, o sus hermanos mayores de edad, entre otros.  

Hasta ahora, cuando se da esta última premisa, las personas acogedoras no cuentan con las mismas ayudas ni acompañamiento para la acogida de sus menores familiares. Ayudas que sí tienen las “familias ajenas”. Que esto deje de ser así es una de las peticiones que realiza la asociación Familias de Acogida de Castilla-La Mancha (ASOFACAM).

Su presidenta, Dioni Segovia, explica a elDiario.es Castilla-La Mancha que esta es una cuestión “urgente” que “debe cambiar”. “Pedimos que los tíos, abuelos o hermanos mayores que se hacen cargo de sus menores familiares tengan el mismo trato. Ahora, las ayudas son menores, cuando tienen los mismos problemas”.

Las familias extensas precisan de las mismas ayudas económicas, de la misma formación y de los mismos programas de acompañamiento

Dioni Segovia Presidenta de ASOFACAM

Este colectivo ha podido constatar que las necesidades de las “familias extensas” son prácticamente similares a las “ajenas”. “Precisan de las mismas ayudas económicas, de la misma formación y de los mismos programas de acompañamiento”. Los datos también vienen a reforzar esta petición: de las 400 familias de acogida que actualmente hay en Castilla-La Mancha, dos tercios son “extensas”.

La asociación también tiene puesto el foco en la adopción. El mencionado decreto vigente en Castilla-La Mancha data de 2005 y hace referencia a determinadas cuestiones que, por el devenir social, técnico y profesional, junto a la propia evolución normativa, “han quedado ampliamente superadas”, admite el Gobierno regional.

En ASOFACAM, desde que se aprobó la Ley regional de Infancia de 2023, han hecho hincapié en la necesidad de “no cerrar el paso” al tránsito del acogimiento a la adopción. “Son caminos diferentes y no deben confundirse. Siempre hay que tener presente que el objetivo es que niños y niñas vuelvan con sus familias biológicas, pero esto no siempre es posible y el acogimiento puede alargarse en el tiempo”.

Familias con menores que han acogido y luego adoptado

Concretamente, el acogimiento de urgencia es de seis meses, y a partir de ahí, puede durar hasta dos años. En ese tiempo se puede establecer un vínculo con la familia de acogida y “siempre hay que buscar el menor número de cambios posibles, y que se abra el camino a la adopción”.

Esta asociación espera que este tránsito se recoja en el futuro decreto. Explica Dioni Segovia que hay comunidades autónomas que establecen la posibilidad de que desde el principio se planteen ambas posibilidades, acogimiento y adopción. Se trataría de casos en los que el menor o la menor haya “vinculado” para evitar “otro trauma, otro desgarro” al volver a sacarlos de un entorno en el que llevan mucho tiempo.

Otra de las peticiones de este colectivo para el futuro decreto es que haya una formación continua tanto para familiares como para técnicos de todos los campos. Con ello se podrían evitar los “errores” que se producen por carencias a este respecto. Quiere que esa formación se extienda al profesorado y a los servicios sanitarios.

Ayudas más allá de los 18 años

Asimismo, ASOFACAM apuesta por que el acompañamiento y las ayudas se prolonguen más allá de la mayoría de edad. “Cuando los menores cumplen 18 años, se convierten en invisibles. Ya no hay ayudas, ya no hay nada”. Según explica, esto es una “discriminación” porque ya se hace en otras comunidades autónomas donde el acompañamiento y las ayudas se alargan hasta los 25 años de edad. “Si no, algunos chicos y chicas se confunden al dejar de estar protegidos, sobre todo en aquellos que tienen problemas añadidos”.

En cuanto a las ayudas económicas para familias de acogida, Dioni Segovia confirma que no se han revisado desde hace más de 20 años y resalta que el acogimiento “nunca debe suponer una carga económica”. “No se trata de una remuneración, sino de ayuda para la crianza”. Reconoce que Castilla-La Mancha es de las regiones que más ayudas aprueba, pero “hay que darles una vuelta”.

Desde ASOFACAM recalcan que la Dirección General de Infancia y Familia de Castilla-La Mancha tiene una “disposición excelente” y por eso confían en que en el futuro decreto recoja estas peticiones y que no haya “ambigüedades”. “Al fin y al cabo, el objetivo no es otro que conseguir que haya más familias de acogida, y por tanto, más niños felices y bien cuidados”.

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