Condenado a cuatro años de cárcel un juez por estafar a una abogada con una inversión “abocada al fracaso”
La Audiencia de Barcelona ha condenado al juez Benito Pérez Bello, actualmente suspendido, a cuatro años de cárcel por un delito de estafa al considerar probado que “engañó intencionadamente” a una abogada y a su marido para que le entregaran 500.000 euros en metálico “ofreciéndoles como ventajosa y segura una inversión que sabía estaba abocada al fracaso”.
La sentencia, adelantada por El País y a la que ha tenido acceso elDiario.es, cuenta con el voto particular de uno de los magistrados del tribunal. Considera el juez discrepante que, aunque es posible que Pérez Bello estafara al matrimonio, tampoco es descartable que actuara “de buena fe”, tal y como mantenía el acusado, por lo que procede absolverlo en base al principio in dubio pro reo (en caso de duda, a favor del acusado).
Fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) aclaran que, al reincorporarse a la carrera judicial en enero 2025 tras años en excedencia, Pérez Bello fue suspendido porque ya se le había abierto juicio oral.
Los hechos probados de la sentencia exponen que en el año 2017 el magistrado, por entonces en excedencia como abogado, aconsejó a un matrimonio amigo para que invirtiera 500.000 euros en efectivo en la empresa neozelandesa Pegasus Markets Ltd.Co al convencerles de que “se trataba de una inversión con un riesgo mínimo”.
“Al tiempo de suscribir el contrato y recibir el dinero -reseña el tribunal-, el acusado sabía o preveía que con alta probabilidad los inversores no lo recuperarían porque se aplicaría a otros usos”. Por ejemplo, en beneficio del propio juez por una inversión fallida anterior, de la empresa o del administrador de la firma, también acusado pero que no se presentó al juicio y fue declarado en rebeldía.
Las víctimas entregaron la suma en metálico y el administrador único de la empresa se comprometió a abonarles un interés del 4,5% mediante pagos trimestrales y a devolverles el capital íntegro el 1 de mayo de 2018. El contrato fue redactado por el juez, de quien la sentencia afirma que fue la persona “que indujo” a las víctimas a invertir el dinero “aprovechándose de su amistad”
Además, hizo lo mismo con otra mujer, a la que aconsejó que invirtiera en la misma empresa 350.000 euros, que entregó en metálico y a la que se le prometieron las mismas condiciones que al matrimonio anterior. Sin embargo, de las cantidades prometidas, el matrimonio sólo recibió los intereses de los dos primeros trimestres (11.250 euros), mientras que la mujer recibió 3.937,50 euros.
Fue el juez quien redactó los documentos que reflejan las entregas de dinero y las condiciones, en los que indicó “falsamente”, según el tribunal, que la empresa contaba con todos los permisos para ejercer su actividad. El tribunal sostiene que tenía que saber la firma había perdido las licencias y permisos en Nueva Zelanda, donde estaba domiciliada, y que carecía de autorización para operar en España.
Además, las magistradas señalan que, cuando se produjeron los primeros impagos, el juez “distrajo” a los querellantes con diversas promesas, ocultándoles que a principios de 2018 la empresa había solicitado un concurso de acreedores.
La tesis defensiva del juez fue que obró de buena fe. El magistrado responsabilizó de la pérdida del dinero al administrador y socio único, quien, según su versión, no solo se apropió del dinero de las víctimas, sinó de 600.000 euros que él mismo invirtió. También negó que presionara a los querellantes para que invirtieran.
Sin embargo, el tribunal sostiene que sus quejas, la redacción de documentos similares a los facilitados a los querellantes para conseguir compromisos de pago o incluso la interposición de una querella contra el administrador pueden ser “una cortina de humo creada para preconstituir una eventual defensa”.
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