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La Abogacía del Estado limita la sedición al 1-O y niega la rebelión: “La violencia estructural no está probada”

Rosa María Seoane, en el juicio del procés

Oriol Solé Altimira

El elemento de la violencia en el procés, la gran diferencia entre las acusaciones por rebelión de la Fiscalía y sedición de la Abogacía del Estado, ha emergido como nunca lo había hecho en el juicio durante el informe final de Rosa María Seoane. La abogada del Estado ha rebatido los dardos que por la mañana le habían lanzado los fiscales y ha enviado un torpedo a la acusación por rebelión: “Tras la prueba practicada no podemos considerar probado el uso de la violencia como elemento estructural del plan de los acusados”. En otras palabras: que los líderes del procés intentaron impedir el cumplimiento de la ley, pero no emplearon la violencia para conseguir la independencia.

Seoane se ha esmerado en resaltar las diferencias entre la acusación por rebelión y sedición. Así, ha destacado que la sedición no requiere de violencia directa, sino de actos de fuerza o fuera de las vías legales para impedir el cumplimiento de la ley. Y eso fue lo que ocurrió, ha argumentado Seoane, en la jornada del 1 de octubre en los centros escolares. “Las concentraciones masivas estaban dotadas de cierta organización para impedir el ejercicio legítimo de funciones de la Policía y tratar de impedir el cumplimiento de resoluciones judiciales”, ha aseverado.

No ha sido la única diferencia entre Fiscalía y Abogacía. Frente al “periodo insurreccional” que los fiscales han situado entre las protestas del 20 de septiembre y la declaración de independencia del 27 de octubre –casi un mes de alzamiento violento– Seoane ha limitado al 1 de octubre la sedición. No así la protesta del 20 de septiembre frente al departamento de Economía, que para Seoane “es una evidencia no de que se quisiera impedir el registro pero sí de que la movilización ciudadana seguía a rajatabla las directrices de Sànchez y Cuixart”.

Dicha capacidad de los líderes sociales se tradujo en las llamadas a concentrarse en los centros el 1-O de octubre, que para Seoane buscaban impedir “por la fuerza o fuera de las vías legales” el principio de autoridad y la aplicación de la legalidad. Asimismo, la apertura de los centros de votación los días previos al 1-O “no habría sido posible sin la connivencia” del Ejecutivo de Puigdemont.

“El bien jurídico protegido es el cumplimiento de la ley”, ha remarcado la abogada del Estado sobre el delito de sedición, después de las críticas que por la mañana ha recibido de los fiscales, que han argumentado que el conjunto de los hechos “atacan el núcleo del sistema político”, por lo que si no surgieran en el contexto del plan soberanista sí podrían tildarse de sedición, pero al buscar la independencia conforman una rebelión.

Los criterios distintos se traducen en la petición de penas: mientras la Fiscalía solicita 25 año de prisión para Junqueras, la Abogacía pide 12 años al exvicepresident; los 17 años de cárcel de petición fiscal para Forcadell y los Jordis se reducen a 10 y ocho en la Abogacía del Estado; y los 16 de los exconsellers pasan a 11 y medio.

Seoane ha optado por una estrategia distinta a la de los fiscales y, en vez de una introducción política y de respuesta a los alegatos de los acusados, ha optado por un exhaustivo repaso cronólogico de lo que ha llamado “los hitos” del procés en sus tres “vectores de actuación”: el parlamentario, el gubernamental y el social. Lo ha acompañado además de referencias a documentos y a declaraciones testificales.

Respecto al primero, ha destacado que la actuación de la expresidenta Carme Forcadell impulsó una “tramitación insólita” de las leyes de desconexión del 6 y 7 de septiembre porque usó “todas las excepciones previstas” en el reglamento para que se debatieran, vulnerando así los derechos de la minoría parlamentaria. Según Seoane, el Ejecutivo de Puigdemont pilotó los aspectos logísticos de la votación mediante contratos y “licitaciones opacas” para conseguir urnas y papeletas.

“Se hizo una exhibición de movilización social de los señores Sànchez y Cuixart en los registros del 20 de septiembre”, ha indicado Seoane respecto la movilización social. La abogada ha negado, tal y como sostuvieran los acusados, que fuera necesario subirse a los vehículos policiales porque los altavoces de la concentración sí permitían que todos los asistentes escucharan la desconvocatoria.

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