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La Generalitat gana la tercera sentencia contra una plataforma de alquiler de apartamentos turísticos por no incluir el número de registro

En el centro, el secretario autonómico de Turismo, Francesc Colomer

elDiariocv / Europa Press

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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 9 de Valencia ha desestimado el recurso interpuesto por la plataforma de alquiler turístico Windu GMBH contra la sanción interpuesta por Turisme Comunitat Valenciana por no facilitar el número de registro de los apartamentos promocionados.

La empresa solicitaba la nulidad de la resolución sancionadora de 20.000 euros por publicitar y comercializar por Internet alojamientos turísticos sin hacer constar el correspondiente número de registro.

Sin embargo, el juzgado considera que la actividad que realiza esta plataforma “no es la de un prestador de servicios de la sociedad de la información, como la que sería la de quien aloja páginas web de otras empresas, sino que la demandante está realizando directamente una actividad turística y, por tanto, debe someterse a la normativa autonómica de este tipo de actividades, ya que realiza una intermediación en el mercado turístico inmobiliario”.

Esta es la tercera vez que Turismo gana un recurso de estas características en los tribunales. En concreto, el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Valencia ya se pronunció el pasado 23 de noviembre de 2017 a favor de la Generalitat al desestimar el recurso presentado por la empresa Homeaway, sentencia que se repitió hace ahora un año ante el recurso interpuesto por Rentalia.

Desde 2016 se han abierto 34 procedimientos sancionadores a plataformas de alquiler turístico por internet por no incluir en sus páginas web el número de registro de las viviendas que publicitan. De todos ellos 18 son diligencias previas, 15 de las cuales han concluido con el archivo haberse subsanado las deficiencias, mientras que tres se encuentran en fase de verificación.

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