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Sancionada con 601 euros por “perturbar el orden público” y “alterar la paz” una mujer que denunció un acto islamófobo de España 2000 en València

Concentración de España 2000 el pasado 18 de diciembre en València.

Miguel Giménez

València —

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“Tener el valor de recriminar a un grupo de ultraderechistas por estar incitando al odio contra las personas musulmanas es una grave 'perturbación del orden público' y alteración de 'la paz pública', que merece ser multada con 601 euros”, así denuncia la organización València Acull la sanción impuesta por la Delegación del Gobierno a una mujer que denunció la concentración convocada el pasado mes de diciembre por el grupo ultra España 2000. En contra del criterio de la Fiscalía de València, que ha solicitado que se juzgue a España 2000 por delito de odio por la concentración realizada el 18 de diciembre pasado bajo el lema 'No al islam', la institución de la que es responsable Gloria Calero ha incoado un expediente sancionador contra una de las personas que ese día “mostraron su indignación” y pidieron a la policía que impidiera un acto “xenófobo y racista”.

La Policía no actuó porque consideró que era una actividad lícita, pero denunció a una de las denunciantes por perturbar el orden público en “una reunión pacífica de personas increpando frases como: ‘Doneu asco, racistes’, alterando la paz pública”, tal como consta literalmente en la propuesta de sanción por infracción grave del artículo 36.8 de la Ley 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana “Ley Mordaza”. Esta mujer, que niega que les dijera que le “daban asco”, y otras personas contactaron en su día con València Acull para explicar lo sucedido y la asociación puso en conocimiento de los hechos a la fiscala Susana Gisbert, delegada de Tutela Penal de la Igualdad y contra la Discriminación (Fiscalía contra los delitos de odio). El caso está pendiente del recurso que presentó la Fiscalía contra el sobreseimiento provisional que decretó el juzgado de instrucción 17, “basándose únicamente en el informe policial” en el que se afirma que no se apreció “simbología de carácter xenófobo, violento o racista” en el acto y se acusa a la mujer de mantener una “actitud beligerante y despectiva hacia los agentes”.

El vídeo del acto que la propia España 2000 difundió en redes sociales “cuestiona la versión policial y muestra a un grupo de jóvenes que de forma pacífica protesta porque 'esto es un acto de racismo'”. En las imágenes se ve a los ultraderechistas haciendo una parodia en la que se alterna un grupo de chicas jóvenes saltando a la comba mientras suena música del folclore valenciano con otro grupo de supuestas mujeres cubiertas “con lo que ellos llamaban burkas” haciendo lo mismo con fondo de música árabe. En varios momentos de la concentración, “se oye la voz en off de quien estaba transmitiendo y al líder de España 2000, José Luis Roberto, lanzando soflamas y llamando a 'luchar contra la invasión' de los inmigrantes musulmanes” que “suponen un peligro”, “una pérdida de nuestra identidad y de nuestra seguridad”, “que parecen una quinta columna para preparar la invasión”, “parecen soldados”. Y remarcando en repetidas ocasiones que el “islam es incompatible con la democracia”, “de aquí a 30 años habrá una sociedad islámica en contra de nuestros principios y de nuestra sociedad”.

La mujer ha presentado alegaciones contra la sanción fundamentadas en el contenido del propio acto ya que supuso “una provocación a la convivencia que choca frontalmente contra los derechos fundamentales amparados por la Constitución, así como con la propia Ley de Seguridad Ciudadana”. Esta persona argumenta que ejerció su derecho a la libertad de expresión frente a un “acto injusto” de “ataque explícito a una religión minoritaria y protegida en nuestro Estado de Derecho”. Y rechaza que mientras “mediante megáfonos se lanzaban mensajes de odio”, su actitud alterara la paz pública ya que sólo estaba ella acompañada de su hija y lo único que hizo fue realizar “tareas de pedagogía a los transeúntes a la vez que indicaba el cariz xenófobo de la concentración”. También niega que provocara “perturbación alguna” porque el acto se desarrolló sin ningún cambio y no causó “perjuicio alguno a los congregados”. La denunciada cree que la sanción es consecuencia de “la arbitrariedad de un agente de autoridad”. La 'Ley Mordaza' “otorgó valor probatorio a las declaraciones de los agentes de autoridad (art. 52) y asumió la imposición de sanciones sin control judicial: antes de su entrada en vigor, un juez imparcial habría intervenido ante la denuncia de la policía; ahora, Delegación del Gobierno, de la que depende la propia policía, es la que directamente juzga y condena”.

“Falta de respeto a la autoridad”

La policía también denunció a la misma mujer por “falta de respeto a la autoridad”, lo que ha supuesto otra sanción por 200 euros. Según los policías, ella les dijo: “Sois unos racistas, tenéis la obligación de hablar en valenciano. Fuera de Valencia, aquí no os queremos, sois basura del estado opresor”. Ella ha alegado contra esta multa negando “rotundamente” que dijera esas frases, que son “una clara invención” amparada en “el principio -no omnipotente- de presunción de veracidad de todo agente de autoridad”.

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