Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

El Tribunal Supremo confirma la expulsión del Ejército de un soldado que dio positivo en cocaína cuatro veces

Soldados del Ejército de Tierra.

Lucas Marco

0

Cuatro positivos en cocaína en dos años. La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sanción de resolución de compromiso para un soldado del Ejército de Tierra, como autor de una falta muy grave, ya que dio positivo en cocaína cuatro veces a lo largo de dos años. La sentencia del pasado 3 de marzo recuerda que el consumo de cocaína causa grave daño a la salud y genera una importante adicción: “La imposición de la sanción de separación del servicio no puede considerarse desproporcionada, teniendo en cuenta que como militar ha de participar en cuantas misiones se le encomiende teniendo en ellas que portar y manejar armas y vehículos”.

El Tribunal Militar Central ya impuso la resolución de compromiso del soldado por una falta muy grave consistente en “consumir drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas de forma reiterada fuera del servicio”. Contra esta resolución, el soldado interpuso un recurso de alzada ante la ministra de Defensa que fue desestimado y luego un recurso de casación ante el TS.

El militar pedía que se declarara nula y sin efecto la sanción o, en todo caso, que se le arrestara o se le suspendiera de empleo un mes. El soldado dio positivo en cocaína en cuatro ocasiones a lo largo de un periodo no superior a dos años (entre julio de 2016 y octubre de 2017). En ninguna de las cuatro ocasiones, se acogió a la posibilidad de realizar un contranálisis. 

La defensa del soldado alegaba que no existen pruebas suficientes “ya que en todas las muestras tomadas se omite el personal que lo realizó, su calificación, instrumentos y cadena de custodia”. Además, también argumentaba que “no es posible descartar con todas las garantías una posible contaminación” de las muestras.

La sentencia del TS establece que los análisis respetaron la cadena de custodia en los Laboratorios de Análisis de Drogas del Ministerio de Defensa. El abogado del recurrente defendía que se trata de un “supuesto esporádico en la vida militar” del soldado, sin que haya “ningún episodio similar anterior” ni reiteración en el consumo: “No hay ninguna duda de que estamos ante un caso aislado y no prolongado en el tiempo”. 

El fallo del TS recuerda, por el contrario, que el régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas considera que hay un consumo de drogas de carácter reiterado cuando se detecta en tres o más ocasiones en el periodo de dos años.

Etiquetas
stats