El Ayuntamiento de València reconoce que no tiene información sobre las empresas con las que trabaja el concejal de contratación
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El Ayuntamiento de València no conoce formalmente las empresas con las que el concejal encargado de la contratación pública trabaja. Al menos, no constan en el registro de actividades, donde los ediles que ejercen cualquier otro trabajo tienen la obligación de informar de otras ocupaciones “que puedan afectar al ámbito de competencias de la corporación u organismo en el que ha sido nombrado como titular de órgano directivo”.
Los servicios jurídicos del Ayuntamiento de València apuntan a que el concejal de contratación, que mantiene una opacidad absoluta sobre su actividad como abogado, debería informar sobre las empresas con las que trabaja, una consideración que finalmente deberá determinar el Síndic de Gregues. El informe del secretario del pleno se realiza a petición del Síndic de Greuges, que tiene una investigación abierta al concejal de contratación, José Marí Olano, que se niega a facilitar información sobre su actividad como abogado al margen del consistorio. Siempre ha aducido el secreto profesional de la abogacía para no dar nombres.
El edil, que asumió la competencia en contratos públicos el pasado abril, se ha abstenido de procesos de contratos millonarios para evitar incompatibilidades, pero no desvela con qué firmas trabaja prestando servicios. En su declaración de actividades solo indica que es abogado colegiado en ejercicio. La concejala del PSPV Elisa Valía elevó una queja al Síndic después de que el consistorio le negara una información concreta sobre las empresas con las que Marí Olano tiene vinculación laboral.
El informe, al que ha tenido acceso elDiario.es, señala que el registro de actividades tiene el carácter o la naturaleza de información pública y que no constan las empresas con las que trabaja el edil. Si la información tiene carácter público, cabe deducir que no se puede negar a la oposición. En el registro de actividades se inscriben “las declaraciones sobre causas de posible incompatibilidad y actividades, que proporcionen o puedan proporcionar ingresos económicos”, y Marí Olano no detalla las personas físicas o jurídicas; tan solo, según lo publicado en el Boletín Oficial y recogido por el secretario en su informe, consta que ejerce como “Abogado ejerciente” y presidente del patronato de la Fundación Universitas.
El informe del secretario del pleno señala: “El registro de actividades y la información contenida en él, sí tienen carácter público”. Y añade: “No constan en el registro de actividades las personas físicas o jurídicas a las que presta servicios profesionales el Concejal José Marí Olano en su calidad de abogado en ejercicio”. Ni consta, ni, al parecer, se la han pedido.
En una primera respuesta al Síndic de Greuges, el consistorio argumentó que el concejal no está obligado a decir con qué personas físicas o jurídicas trabaja, sino que el reglamento hace referencia a información sobre la actividad genérica del concejal que le reporte ingresos. Este nuevo informe podría cuestionar ese argumento, algo que deberá valorar el síndic. La cuestión es que si la información tiene carácter público, debe facilitarse.
Al respecto, la concejala del PSPV Elisa Valía señala: “Lo que explica el secretario en su informe es algo que ya sabíamos: que los concejales y concejala del Ayuntamiento de Valencia, debemos declarar qué actividades y qué relaciones con empresas y otras entidades pueden suponer un conflicto de intereses con nuestro funciones como cargo público”. Y añade: “Lo que dice también ese informe es que en la declaración de conflictos de intereses y posibles incompatibilidades del concejal Marí Olano no aparece ninguna información sobre las incompatibilidades que efectivamente se han producido y por las que se ha tenido que abstener en la mesa de contratación del ayuntamiento de Valencia. Esto es lo que venimos denunciando desde el partido socialista”. Su formación lleva meses tratando de que el PP facilite estos dayos.
El Ayuntamiento de PP y Vox, liderado por María José Catalá, reconoció que la información solicitada “no ha sido declarada, comunicada, manifestada o de cualquier otra forma revelada al Ayuntamiento de Valencia” y por tanto, no se le puede proporcionar a la oposición. El consistorio defendió que ni el reglamento ni ninguna otra norma obliga a desvelar “la identidad de las personas físicas o jurídicas con las que se relaciona laboral o profesionalmente, como tampoco le obliga a comunicar, declarar, manifestar o de cualquier otra forma revelar al citado Ayuntamiento los pormenores de la relación laboral o profesional correspondiente, tales como su objeto, contenido, duración, carácter retribuido o no, forma e importe de la retribución, categoría laboral o profesional, o incluso la identidad de su empleador, en caso de que el concejal sea trabajador por cuenta ajena”.
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