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Una jueza aplaza el fallo sobre la legalidad de la ZAL mientras el Puerto de València acelera su apertura

Panel de inicio de obras de acondicionamiento del entorno de la ZAL.

Carlos Navarro Castelló

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El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a través de Sepes, Entidad Estatal de Suelo, inició el pasado mes de julio las obras de acondicionamiento para la recepción municipal de la Zona de Actividades Logísticas (ZAL) del Puerto de València, con una duración de 10 meses y una inversión de 3,3 millones.

Un año antes, el consejo de administración de Valencia Plataforma Intermodal y Logística (VPI Logística) aprobó la adjudicación de cuatro manzanas o parcelas de la ZAL a las empresas Grupo Raminatrans, QA Pimba, MSC y Medlog Iberia.

Unas actuaciones que se han llevado a cabo en medio de la incertidumbre jurídica en una clara política de hechos consumados, puesto que la puesta en marcha del recinto, paralizada durante 23 años por irregularidades urbanísticas, está pendiente de una nueva resolución judicial tras la denuncia presentada por la plataforma 'Horta és Futur, No a la ZAL'.

El pasado 28 de septiembre, se esperaba un primer fallo judicial de la sección 1 de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), cuya magistrada ponente Desamparados Iruela, anuló con el voto particular de un magistrado el Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral (Pativel) tras el recurso de una promotora, al contener defectos de forma en su tramitación. Un fallo que recurrió ante el Tribunal Supremo la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad.

Este es precisamente el motivo que ha alegado la sala para aplazar su pronuncionamiento sobre la ZAL, siguiendo curiosamente la petición realizada por el propio Gobierno valenciano.

Según la providencia a la que ha tenido acceso elDiario.es, “se dispone por la Sala (en línea con lo solicitado por la Administración autonómica en su escrito de fecha 12 de julio de 2021) dejar sin efecto la providencia de señalamiento de los autos para votación y fallo, por considerarse procedente por el Tribunal —por razones de seguridad jurídica— resolver el asunto una vez se haya pronunciado el Tribunal Supremo sobre los motivos en que se fundó esta Sala para declarar nulo de aprobación del Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral de la Comunitat Valenciana, y el Catálogo de Playas de la Comunitat Valenciana (DOGV no 8293, de 11 de mayo de 2018), ello a la vista de que aquellos mismos motivos son asimismo susceptibles de fundar, en su caso, la estimación del presente recurso contencioso-administrativo, como así se planteó por el Tribunal a las partes mediante providencia de 22 de junio de 2021”.

Desde 'Horta és Futur, No a la ZAL', sin embargo, no comparten este argumento y ya han presentado un recurso de reposición contra la providencia, al antender que nada tiene que ver el posible defecto de forma del Pativel con la cuestión que se discute en el caso de la ZAL, en concreto, la legalidad del Plan Especial aprobado en 2018 por la Conselleria de Vertebración del Territorio (ahora Política Territorial) para dar cobertura legal al recinto industrial sobre un suelo que estaba protegido.

Según los denunciantes, este Plan Especial es prácticamente idéntico al que ya fue declarado nulo en 2009 y en 2013 por el TSJCV, una nulidad confirmada en 2015 por el Tribunal Supremo.

La demanda fue interpuesta hace más de dos años y en ella se cuestiona la legalidad de la aprobación autonómica del Plan Especial, una actuación que supuso la recalificación de más de 700.000 metros cuadrados de suelo de especial protección agrícola y que tras quedar anulada por diferentes decisiones judiciales, volvió a su situación original, es decir, de especial protección agrícola.

Según el recurso de reposición presentado “en el caso de la impugnación que se realiza en nuestro recurso del Plan de Acción Territorial de Ordenación y Dinamización de la Huerta de Valencia (PATODHV), no es que no exista la relación; es que la pretensión que se quisiera hacer valer de los motivos invocados por la Sala para declarar su nulidad estarían completamente fuera del debate procesal sustentado entre las partes”.

Además añade que “es evidente en nuestro caso que el recurso de casación contra la Sentencia que declara la nulidad del Pativel no tiene ese carácter preclusivo que pretende la Administración autonómica, ni es inexorablemente la base ni el antecedente lógico necesario para declarar o no la nulidad solicitada en nuestro recurso de otras disposiciones diferentes”.

Sobre el nuevo retraso de la resolución, consideran los denunciantes que su recurso “ha visto ya demorada demasiado tiempo su tramitación, y se generaría a la actora un grave perjuicio si se le obliga a esperar a que se dicten sentencia que afectan a otras disposiciones que no son las impugnadas en él”.

Por este motivo, solicitan que se señale de nuevo “para votación y fallo a la mayor brevedad, en razón del tiempo largo que ha consumido la tramitación de este recurso”.

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