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Trabajo pretende ampliar los permisos por asuntos familiares y que se extiendan a “convivientes”

Padres con sus hijos en la puerta del un colegio en Sevilla. EFE/ Pepo Herrera/Archivo

Laura Olías

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Permisos para ausentarse del trabajo por asuntos familiares más amplios, tanto en motivos que los justifican como probablemente en días, y que estos incluyan también el derecho sobre “convivientes”. Son dos de las claves de un anteproyecto de ley que prepara el Ministerio de Trabajo y para el que acaba de abrir el trámite de consulta pública, que se extenderá hasta el 28 de junio. Como adelantó Cinco Días, y confirman en Trabajo a este medio, una de las principales novedades reside en la intención del departamento que dirige Yolanda Díaz de extender estas ausencias justificadas a “convivientes” dentro de un hogar, más allá de la familia formal.

“Se extiende no sólo los familiares sino también se introduce el término 'convivientes' para adaptar este permiso a las nuevas realidades familiares”, responden a este medio en el Ministerio.

El anteproyecto de ley tendrá como objetivo transponer dos normativas europeas: la directiva 2019/1152, “relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea”, y la directiva 2019/1158, “relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores”, ambas del pasado 20 de junio de 2019.

Ausencias por “fuerza mayor” y días de permiso

La nueva directiva europea de conciliación recoge entre sus elementos más destacados un mínimo de cinco días de permiso para el cuidado de familiares. En España en estos momentos la normativa interna “reconoce dos días tantas veces como concurran las causas” de cuidado, “que también encajaría en la directiva”, consideran en Trabajo.

De todos modos, en el Ministerio indican que la directiva reconoce un mínimo (cinco días) y “caben diferentes fórmulas que están en estudio”. El Ministerio de Derechos Sociales, que dirige Ione Belarra, ya propuso a comienzos de febrero en la Ley de Familias que todos los trabajadores cuenten con siete días pagados al año para cuidar a familiares.

En cuanto a las causas de los permisos, hay otra novedad que sí podría ampliar las posibilidades de ausentarse del trabajo de manera justificada ante situaciones de “fuerza mayor”. La directiva recoge “que todas las personas trabajadoras deben conservar su derecho a ausentarse del trabajo, sin menoscabo de sus derechos laborales, por causa de fuerza mayor por motivos familiares urgentes o inesperados”, recuerda el Ministerio de Trabajo en la consulta pública.

En tercer lugar, el Ministerio destaca también “la posibilidad de que las personas trabajadoras que sean progenitores y cuidadores puedan adaptar su calendario de trabajo –en sus distintos elementos– a sus necesidades y preferencias personales”. Esto puede traducirse en un aumento de la flexibilidad de la jornada y el calendario de trabajo en beneficio del trabajador para garantizar la conciliación.

La consulta pública del anteproyecto de ley recuerda que la conciliación de la vida familiar y la vida profesional “sigue constituyendo un reto considerable”, en especial “debido a la creciente prevalencia del horario laboral ampliado y de los cambios en los calendarios de trabajo, lo que repercute negativamente en el empleo femenino”. Por ello, Trabajo destaca que “es necesario reforzar la conexión entre el derecho a la conciliación y corresponsabilidad y el derecho a la no discriminación por razón de sexo”.

Para más adelante, la vicepresidenta Yolanda Díaz ha destacado su intención de reformar la jornada de trabajo, en lo que antes llamaba la Ley de Trabajo Corresponsable y ahora la Ley de Usos del Tiempo. Esta revisión se plantea en profundidad, en una reforma “ambiciosa” de cara al futuro Estatuto del Trabajo y en la que la flexibilidad del tiempo de trabajo no esté solo vinculada al cuidado sino también a la conciliación de la vida personal.

Contratos y pluriempleo

La segunda directiva que quiere transponerse en el mismo anteproyecto de ley, “relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea”, pretende actualizar y adaptar la lista de elementos esenciales que deben aparecer en el contrato de trabajo.

También garantizar un “conjunto de derechos básicos como el derecho a la previsibilidad, al empleo en paralelo”, sin que ningún empleador pueda “prohibir a una persona trabajadora aceptar trabajo de otros empleadores fuera del calendario de trabajo establecido con dicho empleador, ni someter a una persona trabajadora a un trato desfavorable por ese motivo”, recuerda Trabajo.

La directiva europea también reconoce el derecho “a la transición a otras formas de empleo más estables y a la formación para el trabajo para el cual ha sido contratado”.

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