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Opinión - ¡Con los jueces hemos topado! Por Esther Palomera

Condenados por corrupción tres cargos públicos del PP a los que la Xunta evitó acusar en el caso Campeón

Dorribo (centro), con Cobián (derecha), en una de las imágenes captadas por la Policía y anexas al sumario

David Reinero

Tráfico de influencias y negociaciones prohibidas a funcionarios. Esos son los dos delitos, considerados corrupción por el Poder Judicial, por los que han sido condenados respectivamente el exdiputado autonómico del PP Pablo Cobián y los exdirectivos del Instituto Galego de Promoción Económica (Igape) Joaquín Varela de Limia y Carlos Silva en el caso Campeón, el primero que afectó a los gobiernos de Alberto Núñez Feijóo. La sentencia, emitida este jueves por la Audiencia Provincial de Lugo, deja en evidencia la decisión del Gobierno gallego de sólo acusar a los otros nueve condenados, empresarios todos ellos, pero no a los dos cargos autonómicos ni al político popular, como sí hizo la Fiscalía. En su momento el propio presidente Feijóo hizo responsables de esa decisión a los servicios jurídicos de la Xunta pero añadiendo que sólo veía en los cargos públicos “mala gestión” pero no “responsabilidad penal” como la que ahora certifica la sentencia.

El juicio del caso Campeón se celebró hace un mes pero sólo contra uno de los finalmente 12 acusados. Previamente, los otros 11 habían llegado a acuerdos con la Fiscalía para rebajar sus penas y evitar la cárcel. Ahora, la sentencia recoge aquellos acuerdos y la condena en términos similares del acusado pendiente de juicio. Pero la sentencia también relata los hechos probados, en los que constata que la “trama” creada en torno al empresario lucense Jorge Dorribo obtuvo préstamos y subvenciones públicas por varios millones de euros de manera ilegal valiéndose de las gestiones realizadas por los tres cargos públicos. Dorribo, principal acusado, recibe cerca de seis años de prisión y seis millones de multa.

De Cobián, que fue concejal en Oleiros (A Coruña) y diputado autonómico del PP hasta que en octubre de 2011 renunció tras conocerse el caso, la sentencia dice que “realizó, durante un período de tiempo que abarca cuando menos desde principios de octubre de 2010 hasta mayo de 2011, funciones de intermediación entre Jorge Dorribo [...] y el director del Igape, el también acusado Joaquín Varela de Limia, para que este organismo, dependiente de la Xunta de Galicia, concediera un trato de favor y preferente en la tramitación así como en la final concesión” de una subvención y un préstamo, “funciones de intermediación que resultaron determinantes”.

La sentencia también relata que “con anterioridad a estos hechos, Jorge Dorribo era uno de los patrocinadores de la carrera deportiva del hijo de Pablo Cobián, a través del equipo de karting que gestionaba Jorge Dorribo, Pablo Cobián persiguió el cumplimiento del contrato de patrocinio en su día suscrito y el cobro de las cantidades adeudadas en virtud del mismo, que se estima que ascendían a la suma de 60.180 euros”.

La sentencia también indica que “dicha obtención fraudulenta de préstamo no habría podido conseguirse sin la intervención decisiva del director del Igape Joaquín Varela de Limia, del subdirector de Información Especializada del Igape Carlos Silva y de Pablo Cobián”.

Por esos hechos, la sentencia condena a Cobián como autor de un delito de tráfico de influencias a ocho meses de prisión, multa de 45.135 euros y dos años y tres meses de inhabilitación, mientras que a Varela de Limia y Silva, como autores de delitos de negociaciones prohibidas a funcionarios, les imponen multa de 2.200 euros y un año de suspensión de empleo o cargo público. Las penas fueron rebajadas por su pacto con la Fiscalía para evitar el juicio en el que se aceptó el atenuante de dilación: “Se trata de un procedimiento iniciado en el año 2010 y por lo tanto, y pese a la complejidad del mismo tardó siete años en ser enjuiciado, con algunas paralizaciones significativas a lo largo del procedimiento”, dice la sentencia.

El caso Campeón, investigado por el juzgado de Instrucción número 3 de Lugo, con la jueza Estela San José al frente, también fue el origen de la imputación que durante un tiempo pesó sobre el exministro socialista de Fomento José Blanco o la que la magistrada propuso para el portavoz del PP en el Senado, José Manuel Barreiro, rechazada por el Tribunal Supremo. Una pieza separada del caso sigue manteniendo imputado al exconselleiro de Industria del BNG Fernando Blanco.

En junio del año pasado el presidente Feijóo fue preguntado por el hecho de que la Xunta participase en el procedimiento acusando sólo a los empresarios de la trama y no a los cargos públicos. Feijóo respondió que “la Asesoría Jurídica de la Xunta es la que fija los criterios de defensa y representación en juicio”. “Cuando entendemos que alguien atenta contra el dinero público, nos personamos”, dijo, para matizar a continuación que en el caso Campeón a su juicio “quien atenta contra el dinero público son empresarios” y que los cargos públicos habían visto su labor “envuelta” en la trama sin “intencionalidad”. “Una cosa es perder la confianza con un funcionario y resolverle un contrato de trabajo y otra cosa es entender o interpretar que hay responsabilidad penal en su falta de diligencia”, había añadido. La sentencia ahora emitida ratifica esa responsabilidad penal por delitos de corrupción.

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