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Prohibidos los niños y los animales de compañía: la difícil búsqueda de un alquiler en Ibiza

Un niño acaricia un perro.

Esther Cabezas

Eivissa —

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Por si no había suficiente con el precio de la vivienda en Balears y, en concreto, en Eivissa y Formentera, las cláusulas abusivas de los contratos de arrendamiento están obligando a las personas que quieren permanecer en las Islas, donde tienen sus familias y sus trabajos, a abandonar sus viviendas o a no conseguir casa en las Pitiüses. Cuando, a pesar de ajustarse el cinturón hasta límites insospechados (compartiendo casa, haciendo horas extras, pluriempleándose…), parecía que la cuerda no se podía estirar más, surgen nuevos inconvenientes para que las familias puedan seguir viviendo dignamente: las mascotas, los niños y las niñas no son bienvenidos. El motivo al parecer es que “hacen ruido y, además, producen desperfectos en las viviendas”, según aseguran fuentes del Sindicato de Inquilinas de Eivissa y Formentera. “Además, con niños es más difícil que te puedan echar de una casa y los propietarios intentan evitar este problema dada la situación actual”, puntualizan.

La Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, cuya última modificación se firmó el 6 de marzo de 2019, no dice nada sobre este tipo de condiciones en particular, pero sí concreta que cualquier cláusula que se incluya en el contrato tiene que ser pactada por ambas partes, arrendador y arrendatario. Sin embargo, “en la práctica, cualquier persona que alquila una vivienda, finalmente, acata las condiciones que impone la propiedad para poder optar al arrendamiento, en un contexto en el que falta vivienda para los residentes”, aseveran desde el Sindicato.

El calvario de tener una familia

Muchas personas están padeciendo un viacrucis para poder encontrar una vivienda digna en Eivissa y Formentera, fenómeno que se va extendiendo a todo el archipiélago, y las situaciones en las que se encuentran por la inclusión en los contratos de estas condiciones son casi tantas como personas. Al parecer, en las Pitiüses las familias ya no son bienvenidas. Hemos hablado con algunas de ellas, aunque sus portavoces no han querido dar sus nombres por temor a represalias. Incluso alguna, finalmente, ha decidido que su historia no apareciera en este reportaje. Otras han optado por contarnos su experiencia:

“Llevamos 10 años en la casa, murió el casero y ahora la tienen los hijos. Tengo hasta 2025 por contrato, pero la única forma de renovarlo es si sacamos a la perra de casa que nació en este domicilio hace 8 años, forma parte de nuestra familia. La realidad es que quieren subir el alquiler 2 o 3 veces lo que estaba cobrando el padre, que era un alquiler normal. Él lo que nos dijo es que podíamos quedarnos aquí para siempre”, pero ese siempre ya ha llegado para A. A. y su familia. “Nos hemos dado estos dos años para ver si cambia la política de alquileres. Nos iremos de la isla si la cosa no cambia en Eivissa. Después de 30 años nos tendremos que ir”, lamenta. De la bebé, nacida hace un año, que se oye al otro lado de la línea telefónica, no ha hablado con la propiedad. “Los hijos han heredado además otras 8 viviendas. De los dos edificios que hay solo quedamos nosotros, del resto ya se han desecho”, puntualiza.

Tengo hasta 2025 por contrato, pero la única forma de renovarlo es si sacamos a la perra de casa. La realidad es que los hijos quieren subir el alquiler 2 o 3 veces lo que estaba cobrando el padre, que ha fallecido

Afectada por las cláusulas abusivas de los contratos de alquiler

A M. R. le fue muy difícil hace ya dos años encontrar casa. “Tengo un gato y siempre ha sido un problema. Acabé tan quemada por ese tema que hace dos años lo que hice fue poner una foto de él en todos los grupos de Facebook de gente de Eivissa, diciendo que mi gato y yo buscábamos un hogar y especificando el presupuesto que tenía”. Finalmente, un conocido suyo vio el post y la puso en contacto con su actual casero, que no tuvo problema con Dani, el minino. “Ahora, asegura la mujer, las cosas están mucho peor, ya es imposible encontrar algo, aunque no tengas gatos ni hijos”, concluye.

En la casa de G. E. están preocupadas. Aunque no aparece en ninguna parte del contrato de arrendamiento, la propiedad de la vivienda que comparten 6 personas adultas las avisó “de palabra” de que no quería niños. “Ahora uno de los compañeros ha sido papá y tememos que por esta causa empiecen los problemas con el casero, pero nosotros lo tenemos claro: no lo vamos a echar, es una situación de abuso total”. Por su parte, el papá ya está buscando una nueva casa, pero no es fácil y más en esta época de pretemporada cuando los precios son astronómicos. Su experiencia es como rizar el rizo, en su caso el problema para entrar a vivir con un niño no es con los propietarios. El hombre busca habitación “como cada vez más trabajadores y trabajadoras residentes”, concretan desde el Sindicato de Inquilinas. Pero en este caso, “son los inquilinos los que no quieren compartir su casa con niños”.

Ahora uno de los compañeros ha sido papá y tememos que por esta causa empiecen los problemas con el casero, pero nosotros lo tenemos claro: no lo vamos a echar, es una situación de abuso total

Afectado por las cláusulas abusivas de los contratos de alquiler

Por su parte, Erika (nombre ficticio) estuvo buscando mucho tiempo porque en las agencias siempre le ponían la condición de que tenía que ser sin niños ni perros. “Menos mal que finalmente encontramos un particular que accedió. Tengo pavor de pensar que haré dentro de 2 años cuando se acabe mi contrato”. Además, todas las agencias piden como mínimo un mes de renta, otro mes de fianza y un mes más para la agencia como mínimo porque en la actualidad se solicitan hasta 6 meses de pago anticipado e incluso un año.

“Ya ni decía que tenía perro, pero, ¿cómo ocultar a un niño?”

Para V. C. la experiencia de encontrar una casa está siendo decepcionante, a finales de marzo tiene que dejar la vivienda donde ha vivido durante 6 años y donde ha formado su familia. Después de buscar por cielo y tierra una nueva vivienda durante casi un año y medio no ha podido encontrar nada. La propietaria de la casa donde aún vive con su pareja y su hijo de dos años necesita la vivienda para sus padres. “Le estamos muy agradecidos porque han esperado todo este tiempo para que encontráramos algo, pero no ha sido posible y su familia necesita la casa”.

La mujer, con un trabajo fijo como profesional, nos cuenta cómo ha sido este tiempo de búsqueda frustrado: “Una vez llamé para un piso de dos habitaciones a una particular y cuando me preguntó quién iba a vivir y le dije que una pareja y un niño, me dijo que entonces no, que la segunda habitación era muy pequeña y que prefería parejas solas. Pedía unos 900 euros, creo recordar”.

No ha tenido mejor suerte con las inmobiliarias: “Las agencias te piden todos los datos antes de enseñarte la vivienda, así que cuando les decía que tenía niño y perro me decían que había mucha gente y que le pasarían los datos al propietario para ver si nos quería como inquilinos y ya nunca volvían a ponerse en contacto conmigo, casi todos los pisos van por inmobiliarias. Si volvía a ofertar esa inmobiliaria algún piso interesante y les enviaba un mensaje por el portal inmobiliario donde publicaban su oferta, ellos ni siquiera me llamaban ya. Finalmente, ya ni decía que tenía perro, pero, ¿cómo ocultar a un niño?, ¿en qué sociedad vivimos?” reflexiona la afectada.

“Como no encontramos casa nos hemos tenido que ir a vivir a un estudio de 35 metros cuadrados que compré cuando no había nacido mi hijo. Se da la circunstancia que mis padres vivían en él y me pagaban la hipoteca que era muy baja, ellos son pensionistas y era lo único que se podían permitir en Eivissa”, explica. La pareja estaba pagando 700 euros de alquiler, algo imposible ahora si se miran los precios que están publicados en las ofertas. “Lo más barato eran al principio 1.200, y cuando nos quisimos dar cuenta eran 1.350, 1.500 o 2.000 como piden ahora. Hemos desistido”, asegura con la voz entrecortada. “Viviré en un estudio, no cabemos más. No tengo habitaciones”.

Hemos preguntado a diferentes inmobiliarias con oferta en las Pitiüses sobre estas cláusulas, pero no hemos obtenido ninguna respuesta.

V. C. se queja de las condiciones que estas inmobiliarias establecen para poder optar a un alquiler. “Nos pedían dos nóminas y solo tenemos una, mi pareja se encarga de cuidar a nuestro hijo mientras yo trabajo. El 20 de marzo se van mis padres y ahora nos vamos al estudio a vivir los tres con una perra. A mi pareja le ha salido una oferta de trabajo muy buena, pero mis padres ya no están y, como tenemos horarios inestables, no nos resuelve del todo meter a mi hijo en una guardería”. En septiembre el pequeño comenzará el colegio. Sin embargo, la mujer, visto lo visto, no descarta irse fuera de la isla en un episodio más del éxodo de las personas residentes. “Estoy buscando algo en Málaga para tener cerca a la familia, mi hijo estaba muy unido a sus abuelos y ahora no los verá”, lamenta. “Me he tirado más de un mes llorando por esto, en cierta manera he tenido que 'echar' a mis padres. Es duro, pero bueno, estoy bien, solo tengo un día de bajón”, justifica.

Parece que en lo que se refiere a los animales el fenómeno se extiende por las Balears. Las protectoras de Mallorca alertaron hace unos días a elDiario.es del aumento de perros en sus instalaciones como consecuencia de estas cláusulas en los contratos de alquiler. La presidenta de la Plataforma Balear para la Defensa de los Animales (Baldea), Maxi Lange, aseguraba en unas declaraciones que tanto las familias como los perros están sufriendo mucho por su causa, “porque son animales que han vivido en familia toda su vida y ahora están destinados a vivir en una jaula soportando las inclemencias del tiempo en cualquier época del año”. Como mal menor podrían ser adoptados por otras familias.

Las protectoras de Mallorca alertan del aumento de perros en sus instalaciones como consecuencia de estas clausulas en los contratos de alquiler

Otras cláusulas abusivas

En el caso de G. E., además de que el propietario no quiere niños en la casa, este ha incluido en el contrato algunas condiciones que van totalmente en contra de la LAU. En el punto numero 9 del mismo especifica que “la parte arrendataria se tiene que hacer cargo del cuidado y conservación del inmueble como un buen padre de familia” y, para conseguir este fin, obliga a la familia a hacerse cargo de la reparación de todas las instalaciones, incluidas las instalaciones básicas para el funcionamiento de la casa, extremo que según la LAU corre a cargo siempre del propietario, así como la reparación o reposición de los elementos o instalaciones que por el paso del tiempo sea necesaria.

Sin embargo, tal y como aseguran desde el Sindicato de Inquilinas de Eivissa y Formentera, este tipo de cláusulas y exigencias están a la orden del día y los inquilinos las asumen. “Sin embargo, no son legales y tenemos el derecho de reclamarlas. Lo que pasa es que en la práctica las personas inquilinas no quieren perder sus casas. Aunque sea algo ilegal no tienen ni dinero, ni tiempo, ni ganas de entrar en una disputa judicial, a pesar de que saben que la razón está de su parte”, puntualizan desde la entidad. Asimismo, aseguran que en muchos casos la parte arrendataria está haciéndose cargo del pago de los impuestos de la vivienda, “cuestión que compete a la parte arrendadora”, puntualizan. “La situación está tan al límite que las familias no pueden asumir tanto abuso y, finalmente, muchas de ellas deciden marcharse de la isla”, añaden. Desde la entidad vislumbran un futuro incierto en una isla “donde el tejido social se va desvaneciendo poco a poco”. “Vivir en Eivissa se está convirtiendo para los residentes españoles en una travesía de alto riesgo y no digamos para la población migrante para la que las cosas son todavía más difíciles”, concretan.

Lo que dice la ley

¿Pero, esto es legal? Según Juanjo Ferrer, abogado ibicenco especializado en vivienda, una cláusula que determine que no se aceptan niños “no lo es”. Ferrer ha elaborado un informe en el que habla de este asunto y en el que concluye que estas condiciones son abusivas e incumplen tanto lo reflejado en la Constitución, en el Código Civil, y en los tratados internacionales suscritos por España como la Declaración Universal de Derechos Humanos. Así lo expresa en sus conclusiones:

“Una cláusula contractual en el seno de un contrato de arrendamiento de vivienda que prohibiera en general la convivencia junto con la parte arrendataria de niños y/o niñas es manifiestamente contraria a los pactos internacionales firmados por España, a la Constitución Española y al art. 1255 de Código Civil, por lo que se tendrá por no puesta, manteniendo el resto del contrato en lo que no sea contrario a la ley, la moral o el orden público”.

El abogado afirma a elDiario.es que “la Constitución Española en su artículo 10 refleja que las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España”.  En su articulo 14 determina que “los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”. Además, en los principios rectores, según plasma Ferrer, el punto 2 del artículo 39 dice que los poderes públicos tienen que asegurar la protección integral de los hijos. Asimismo, el punto número 3 se establece que “los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio”. 

El abogado ibicenco expone que, según el Código Civil, “parece evidente que la cláusula atentaría frontalmente contra el orden público, no sólo por su inmoralidad, sino porque la Administración, en particular, y el Estado en general, tienen la obligación de velar porque los principios y derechos fundamentales de las personas y de la infancia sean efectivamente ejercidos”. “Es decir, tiene que promover, no solo normativamente, sino efectivamente su desarrollo y, por otro lado, su protección”, añade. “En este caso concreto, concluye más adelante, la cláusula analizada debería ser sin duda anulada por los tribunales, en el supuesto que la parte arrendadora, por ejemplo, quisiera resolver un contrato por la inobservancia de la misma por parte de la arrendataria”, comenta.

Por otra parte, la Ley de Bienestar Animal, ratificada este jueves por el Congreso de los Diputados, incluye como uno de sus puntos más importantes que “las mascotas deben estar integradas en el núcleo familiar”. Además, dentro de su articulado, incluye la obligatoriedad de “contratar y mantener en vigor durante toda la vida del perro un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros”, que debe ser por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados de cualquier incidente protagonizado por el animal. Además, el Código de Protección y Bienestar Animal establece en su artículo 4, referente a la tenencia, que “toda persona que tenga un animal de compañía o que se ocupe de él deberá procurarle alojamiento, cuidados y atención que tengan en cuenta sus necesidades etológicas, de conformidad con su especie y raza”.

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